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Santalucía Seguro Combinado del Cazador: el condicionado completo

Seguro combinado del cazador con RC obligatoria, garantía complementaria con daños materiales y tiro deportivo, defensa, fianzas y reclamación de daños, y como opciones daños al arma, accidentes y daños a los perros propios, válido en España.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 69 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos y sumas aseguradas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada por daños personalessí, hasta la suma asegurada„Se cubre, conforme a los límites fijados en el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria, y en las Condiciones Particulares de esta póliza“Cuadro extractado de garantías, página 3
Suma asegurada por daños materialessí, hasta la suma asegurada„Se cubre el pago de las indemnizaciones exigidas por un tercero al cazador asegurado, por los daños personales y/o materiales, así como por los perjuicios económicos derivados de dichos daños“Cuadro extractado de garantías, página 3
Suma asegurada por perjuicios patrimonialesno„Los perjuicios o pérdidas indirectas de cualquier clase que se produzcan con ocasión de un daño o pérdida.“Exclusiones, página 1
Límite por víctima dentro de la suma globalno regulado
Límite anual agregadosí, hasta la suma asegurada„límite máximo de indemnización por daño y anualidad corresponderá con la suma asegurada.“Restricciones, página 1
Cumple el mínimo legal para la licencia de cazasí„Responsabilidad civil del cazador de suscripción obligatoria.“Garantías básicas, página 1
Franquicia por siniestrono„No hay cantidades que en caso de ocurrencia de un daño objeto de cobertura por las garantías del seguro tenga que ser asumido por el asegurado.“Restricciones, página 1
Ámbito mundial (caza en el extranjero, viajes de caza)no„Las coberturas de este seguro serán de aplicación solamente a los hechos ocurridos en el territorio español“Dónde estoy cubierto, página 1
Límite temporal de la cobertura en el extranjerono regulado
Defensa frente a reclamaciones infundadas y costas fuera de la sumasí„La dirección jurídica y defensa del Asegurado frente a las reclamaciones de responsabilidad civil amparadas por esta póliza, incluso las infundadas.“Artículo 2.2, página 9
Fianzas judiciales civiles y penalessí, hasta la suma asegurada„Fianzas Judiciales: Se cubre el importe de las fianzas requeridas al Asegurado como consecuencia de un siniestro amparado por la garantía complementaria“Cuadro extractado de garantías, página 3

Personas y actividades aseguradas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Caza como titular de licencia válidasí„La persona que esté en posesión de la pertinente licencia de caza en período de validez“Definiciones 6, página 6
Arrendatario o titular del cotono regulado
Cazador invitadono regulado
Guarda de caza voluntariono regulado
Ojeadores, perreros y auxiliares incluidosno regulado
Aspirantes y formación de cazadoresno regulado
Organizador o director de monterías y ganchosno regulado
Reclamaciones entre participantes cubiertasno regulado
Cetrería y tenencia de aves rapacesno regulado
Cazador profesional o guía remunerado cubiertono regulado

Armas y munición

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Tenencia y uso legal de armas fuera de la cazasí„la responsabilidad civil derivada de la posesión o uso, con fines lícitos y el correspondiente permiso, de armas destinadas al tiro deportivo“Artículo 2.2, página 9
Tiro deportivo, prácticas y campos de tirosí„Queda incluida dentro de esta garantía la responsabilidad civil derivada de la posesión o uso, con fines lícitos y el correspondiente permiso, de armas destinadas al tiro deportivo“Artículo 2.2, página 10
Uso del arma en legítima defensano regulado
Daños por armas del asegurado perdidas o usadas por tercerosno regulado
Recarga de munición para uso propiono regulado
Armas de señales, remate y rastreono regulado

Perros de caza y otros animales

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Número de perros de caza incluidosno regulado
Perros cubiertos también fuera de la cazano„Los daños causados por los perros fuera de las actividades de la caza.“Artículo 2.2 exclusiones, página 10
Cachorros y perros en adiestramientono regulado
Manejo de perros ajenosno regulado
Renuncia a la concurrencia de culpa del perrono regulado
Daños de perros en la vía pública durante la cazano regulado
Hurones, aves y caballos usados en la cazano regulado

Coto, instalaciones y medio ambiente

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Puestos elevados, comederos e instalacionesno regulado
Refugio o casa de cazano regulado
Caza con trampas autorizadasno regulado
Daños de la fauna cinegética a cultivos excluidosno regulado
Responsabilidad por accidentes de tráfico con especies cinegéticasno regulado
Responsabilidad medioambientalno regulado
Daños por contaminación de aguasno regulado
Control de especies invasoras y batidas ordenadasno regulado
Drones para rescate de crías o búsquedano regulado
Vehículos no matriculados y embarcaciones en el cotono„Los hechos que deban ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio.“Artículo 2.2 exclusiones, página 10
Venta de carne de caza propiano regulado
Daños a alojamientos alquiladosno„Daños a bienes o animales que se encuentren en poder del Asegurado, bajo cualquier título.“Artículo 2.2 exclusiones, página 11
Daños a bienes prestados o alquiladosno„Daños a bienes o animales que se encuentren en poder del Asegurado, bajo cualquier título.“Artículo 2.2 exclusiones, página 11

Coberturas complementarias

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Accidentes personales del cazadorsí, hasta la suma asegurada„La muerte o invalidez permanente del Asegurado con motivo de la acción de cazar.“Cuadro extractado de garantías, página 3
Seguro de las armas y ópticas propiassí, hasta la suma asegurada„Daños al arma: La pérdida total del arma por robo o explosión.“Cuadro extractado de garantías, página 3
Accidente, muerte o veterinario del perro propiosí, hasta la suma asegurada„Daños a los perros propios: Los daños como consecuencia de accidente sufrido por el animal asegurado en el ejercicio de la caza“Cuadro extractado de garantías, página 3
Reclamación de daños y defensa jurídicasí, hasta 3.000 €„Reclamación de daños: Los gastos necesarios para la reclamación amistosa o judicial ante los Tribunales españoles“Cuadro extractado de garantías, página 3
RC obligatoria según RD 63/1994sí, hasta la suma asegurada„Responsabilidad civil del cazador de suscripción obligatoria.“Garantías básicas, página 1
RC voluntaria complementariasí, hasta la suma asegurada„Garantía complementaria al seguro de responsabilidad civil del cazador de suscripción obligatoria.“Garantías básicas, página 1

Exclusiones y obligaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Sin cobertura sin licencia o permiso válidosí„Causados no estando el asegurado en posesión de las correspondientes licencias de caza y tenencia de armas.“Exclusiones RC, página 1
Exclusión por alcohol o drogasno regulado
Exclusión por infringir normas de armas o seguridadsí„Derivados de la infracción de Leyes, Reglamentos, Ordenanzas u otras disposiciones legales vigentes.“Exclusiones, página 1
Exclusión de reclamaciones de familiaressí„Los cónyuges, ascendientes y descendientes de cualquier grado, del Tomador del seguro y del Asegurado.“Definiciones 20, página 7
Exclusión o reducción por culpa gravesí„Los producidos cuando el daño se origine por dolo o culpa grave del contratante del seguro.“Exclusiones, página 1
Exclusión por culpa exclusiva del perjudicadosí„Los hechos debidos únicamente a culpa o negligencia del perjudicado o a fuerza mayor.“Artículo 2.2 exclusiones, página 10
Subsidiaria frente a otros segurosno regulado
Plazo para comunicar el siniestrosí„Comunicar el acaecimiento del daño/accidente dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido.“Obligaciones, página 2
Garantía de mejores condicionesno regulado
Cláusula de actualización automáticano regulado

Contrato y acreditación

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Certificado para la administraciónno regulado
Duración mínima del contratosí„El presente seguro se contrata por el período de un año.“Cómo se puede finalizar el contrato, página 2
Cancelable diaria o anualmentesí„dicha notificación debe ser efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión de la anualidad de seguro en curso.“Cómo se puede finalizar el contrato, página 2
Cobertura temporal por días o viajes de cazano regulado
Cobertura provisional de nuevos riesgosno regulado
Continuación para herederos o tras la licenciano regulado

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Condicionados y aseguradora

Entidad
SANTA LUCIA, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown) Santalucía Seguro Combinado del Cazador

Mostrar el texto completo: Condiciones generales Seguro Combinado del Cazador
[Seite 1] Combinado del Cazador Bienvenida a santalucía Sofia [Seite 2] CONDICIONES GENERALES Condiciones Generales del contrato Seguro Combinado del Cazador santalucía SEGUROS [Seite 3] Cuadro extractado de garantías CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS GARANTÍAS BÁSICAS Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria: Se cubre, conforme a los límites fijados en el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria, y en las Condiciones Particulares de esta póliza, la obligación de todo cazador con armas de indemnizar los daños corporales causados a las personas con motivo de la acción de cazar. Garantía complementaria al Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria: Se cubre el pago de las indemnizaciones exigidas por un tercero al cazador asegurado, por los daños personales y/o materiales, así como por los perjuicios económicos derivados de dichos daños, ocasionados con motivo de la acción de cazar. Dirección Jurídica para la Defensa del Asegurado: En caso de reclamaciones con motivo de siniestros cubiertos por la cobertura complementaria al Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria. Fianzas Judiciales: Se cubre el importe de las fianzas requeridas al Asegurado como consecuencia de un siniestro amparado por la garantía complementaria al Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria. Reclamación de daños: Los gastos necesarios para la reclamación amistosa o judicial ante los Tribunales españoles, de los daños personales y materiales, así como los perjuicios derivados de éstos, causados por un tercero al Asegurado, por los actos u omisiones cometidos con motivo de la acción de cazar. GARANTÍAS OPCIONALES Daños al arma: La pérdida total del arma por robo o explosión. Accidentes corporales: • La muerte o invalidez permanente del Asegurado con motivo de la acción de cazar. • Los gastos de asistencia médico farmacéutica que se originen con motivo de un accidente garantizado en la póliza. Daños a los perros propios: Los daños como consecuencia de accidente sufrido por el animal asegurado en el ejercicio de la caza: • Gastos de asistencia veterinaria: Honorarios y actuaciones profesionales de un veterinario. • Sacrificio del animal y eliminación de los restos: Coste por el sacrificio necesario del animal y eliminación de sus restos. 17 [Seite 5] Seguro Combinado del Cazador CONDICIONES DISPOSICIONES GENERALESPreliminar GENERALESArtículo DEL CONTRATO - Bases del contrato Artículo 1 - Definiciones DISPOSICIONES GENERALES Asegurador en su caso y esta póliza, Artículo Preliminar constituyen un todo unitario BASES DEL CONTRATO fundamento del seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites 1. La presente póliza ha sido pactados, a los riesgos especificados contratada sobre la base de las en la misma. declaraciones formuladas por el Tomador del seguro en la solicitud- 5. Si el contenido de la póliza difiere cuestionario que le ha sido sometido de la proposición de seguro o de las y que motivan la aceptación del cláusulas acordadas, el Tomador del riesgo por parte del Asegurador, con seguro podrá reclamar a la Entidad la asunción, por su parte, de las aseguradora, en el plazo de un mes a obligaciones derivadas del contrato a contar desde la entrega de la póliza, cambio de la prima correspondiente. para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo 2. El Tomador del seguro tiene el sin efectuar la reclamación, se estará deber, antes de la conclusión del a lo dispuesto en la póliza. contrato, de declarar al Asegurador, de acuerdo con el cuestionario que Artículo 1. éste le someta, todas las DEFINICIONES circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del En este contrato se entiende por: riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el Asegurador no le somete 1. Accidente cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de La lesión corporal que derive de circunstancias que puedan influir en una causa violenta, súbita, externa y la valoración del riesgo y que no ajena a la intencionalidad del estén comprendidas en él. Asegurado, que tenga lugar con 3. La variación de las circunstancias motivo de la acción de cazar y que declaradas debe ser comunicada al produzca fallecimiento o invalidez Asegurador. permanente. 4. La solicitud y el cuestionario Se entiende por invalidez permanente cumplimentados por el Tomador del la pérdida orgánica o funcional de los seguro, así como la proposición del miembros y facultades del Asegurado, 19 [Seite 6] Seguro Combinado del Cazador cuya intensidad se describe en el 7. Daños materiales Artículo 3, y cuya recuperación no se El deterioro, avería o destrucción de estime previsible de acuerdo con el una cosa, así como la lesión, dictamen de los Peritos Médicos enfermedad o muerte de un animal. nombrados conforme el Artículo 104 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, 8. Daños personales de Contrato de Seguro. La lesión corporal, enfermedad o 2. Acción de cazar muerte causadas a personas físicas. La conducta ejercida por las personas 9. Eliminación de los restos mediante el uso de armas con el fin El servicio veterinario destinado a de capturar a las especies declaradas destruir el cadáver del animal. susceptibles de caza. 10. Explosión 3. Asegurado La liberación brusca de energía que La persona física, titular del interés produce un incremento súbito y objeto del seguro y que, en defecto rápido de la presión con rotura del Tomador, asume las obligaciones violenta del arma propiedad del derivadas del contrato. Asegurado. 4. Asegurador 11. Gastos de asistencia veterinaria SANTA LUCIA, S.A., que asume el Los originados por los honorarios y riesgo contractualmente pactado. actuaciones profesionales realizadas 5. Beneficiario por un veterinario, tales como exploraciones, radiografías, La persona física o jurídica, titular del medicamentos, intervenciones derecho a la indemnización. quirúrgicas, curas y estancia en 6. Cazador clínica cuando fueran necesarias. La persona que esté en posesión de la 12. Perjuicio pertinente licencia de caza en período La pérdida económica que es de validez y cumpla los demás consecuencia directa de los daños requisitos exigidos en la legislación en personales y materiales sufridos por el materia de caza. tercero perjudicado. 13. Perros asegurados Los adiestrados para la caza con edad superior a dos años e inferior a diez. 20 [Seite 7] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS 14. Póliza conjunto de reclamaciones formuladas dentro del ámbito El documento que contiene las temporal de la garantía que tengan su condiciones reguladoras del seguro. origen en una misma causa aun Forman parte integrante de la póliza: cuando pueda dar lugar a efectos las Condiciones Generales, las apreciados en diferentes fases, Particulares y Especiales que lugares o fechas. individualizan el riesgo, y los Suplementos y Apéndices que se A efectos del límite de la emitan a la misma para indemnización por anualidad de complementarla o modificarla. seguro, se considerará como fecha de ocurrencia del siniestro el momento 15. Prima en que se produjo el hecho generador El precio del seguro. El recibo de los daños. contendrá, además, los recargos e 19. Suma asegurada impuestos que sean de legal aplicación. La cantidad fijada en las condiciones de esta póliza que representa el límite 16. Robo máximo de la indemnización que El apoderamiento ilegítimo por parte asume el Asegurador. Para la de terceros del arma propiedad del cobertura de Responsabilidad Civil, Asegurado mediante actos que Defensa y Fianzas, puede adoptar las impliquen fuerza en las cosas, siguientes modalidades: violencia o intimidación en las • Límite por siniestro: La cantidad personas. máxima que el Asegurador se 17. Sacrificio necesario compromete a pagar por todos los conceptos correspondientes a un Las actuaciones realizadas por un mismo siniestro, con veterinario para poner fin a un independencia del número de sufrimiento irreversible del animal. perjudicados. 18. Siniestro • Límite por anualidad de seguro: El hecho que, con motivo de la acción La cantidad máxima que el de cazar, haya producido un daño Asegurador se compromete a durante la vigencia de la póliza y que pagar por todos los conceptos, por esté cubierto por la misma. siniestros ocurridos en el curso de la misma anualidad de seguro. La UNIDAD DE SINIESTRO: Tendrá la suma se verá reducida en su consideración de un solo siniestro el cuantía a medida que se consuma 21 [Seite 8] Seguro Combinado del Cazador a lo largo de una anualidad de 21. Tomador del seguro seguro. A estos efectos se entiende La persona física o jurídica que, por anualidad de seguro el juntamente con el Asegurador, período que media entre su fecha suscribe este contrato y al que de iniciación y la de su primer corresponden las obligaciones que del vencimiento anual, o bien entre mismo se deriven, salvo las que por su dos vencimientos anuales naturaleza deban ser cumplidas por el sucesivos o entre el último Asegurado. vencimiento anual y la extinción o cancelación del seguro. 20. Tercero o tercera persona Cualquier persona física o jurídica distinta de: • El Tomador del seguro y del Asegurado. • Los cónyuges, ascendientes y descendientes de cualquier grado, del Tomador del seguro y del Asegurado. • Las que convivan con el Tomador del seguro y/o con el Asegurado. • El causante del siniestro. 22 [Seite 9] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGUROArtículo 2 - Garantías Básicas OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO PRESTACIONES DEL ASEGURADOR Artículo 2. GARANTÍAS BÁSICAS Hasta el límite establecido en la garantía correrá por cuenta del Dentro de los límites establecidos en Asegurador: las condiciones de esta póliza, el seguro solamente garantiza contra a) El pago de la indemnización a los aquellos riesgos cuya cobertura se perjudicados o a sus especifica a continuación: derechohabientes, en base a una resolución judicial firme o a un 1. SEGURO DE RESPONSABILIDAD acuerdo autorizado por el CIVIL DEL CAZADOR, DE Asegurador. SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA (R.D. 63/1994 – BOE b) El pago del importe de la 16/02/1994) asistencia sanitaria y farmacéutica prestada a los terceros El objeto del presente seguro es perjudicados por el Instituto cubrir, conforme a los límites fijados Nacional de la Salud y las demás en el Reglamento del Seguro de entidades gestoras del Sistema Responsabilidad Civil del Cazador, de Nacional de la Salud. suscripción obligatoria, y en las Condiciones Particulares de esta RESPONSABILIDAD CONCURRENTE póliza, la obligación de todo cazador Si los daños asegurados hubieran sido con armas de indemnizar los daños causados por los integrantes de una corporales causados a las personas partida de caza y no constara el autor con ocasión de la acción de cazar. de los mismos, responderán Quedan asimismo incluidos en el solidariamente los Aseguradores de ámbito de cobertura los daños los miembros de dicha partida. anteriormente descritos ocasionados: A estos efectos, se considerarán a) Por un disparo involuntario del únicamente como miembros de la arma. partida, aquellos cazadores que hayan practicado el ejercicio de la caza en b) En tiempo de descanso dentro de la ocasión y lugar en que el daño los límites del terreno de caza, en haya sido producido, y que hubieran tanto se esté practicando el utilizado armas de la clase que ejercicio de la misma. originó el daño. 23 [Seite 10] Seguro Combinado del Cazador 2. GARANTÍA COMPLEMENTARIA PRESTACIONES DEL ASEGURADOR AL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL • El pago de la indemnización CAZADOR, DE SUSCRIPCIÓN a los perjudicados o a sus OBLIGATORIA derechohabientes, en base a una resolución judicial firme o a un Ampliando las coberturas estipuladas en el apartado 1, relativo al Seguro de acuerdo autorizado por el Responsabilidad Civil del Cazador, de Asegurador. suscripción obligatoria y dentro de los • La dirección jurídica y defensa del límites establecidos en las Asegurado frente a las Condiciones Particulares, el Asegurador toma a su cargo el pago reclamaciones de responsabilidad de las indemnizaciones que civil amparadas por esta póliza, extracontractualmente sean exigidas incluso las infundadas. por un tercero al cazador asegurado, • El pago de las costas, gastos por los daños personales y/o materiales así como por los perjuicios judiciales o extrajudiciales económicos derivados de dichos inherentes al siniestro. daños, ocasionados durante la • La constitución de las fianzas vigencia de esta cobertura, con motivo de la acción de cazar, el judiciales exigidas al Asegurado tiempo de descanso dentro de los para garantizar la responsabilidad límites de los terrenos de caza en civil objeto del seguro. tanto se esté practicando el ejercicio • En procedimientos penales de la misma y a consecuencia de daños por accidentes en el seguidos ante Tribunales desplazamiento a/de los lugares Españoles, la constitución de donde se practique esta actividad. fianzas judiciales exigidas al Asegurado así como la dirección Queda incluida dentro de esta jurídica y defensa del mismo, garantía la responsabilidad civil derivada de la posesión o uso, con derivados de siniestros de fines lícitos y el correspondiente responsabilidad civil amparados permiso, de armas destinadas al tiro por esta póliza. deportivo así como la participación ÁMBITO TEMPORAL del Asegurado en competiciones autorizadas o en los entrenamientos Esta cobertura queda limitada a los de las mismas, en tanto se realicen en hechos generados durante el período recinto adecuado. de vigencia de la póliza y cuya reclamación se haya producido de forma fehaciente durante el citado período de vigencia o en el plazo de un año natural a partir de la fecha de 24 [Seite 11] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS terminación o cancelación del d) Los perjuicios que no sean seguro. consecuencia directa de daños personales o materiales causados a A estos efectos se considera como terceras personas. fecha de la reclamación el momento en que: e) Los daños causados por los perros fuera de las actividades de la caza. • El Asegurador tiene conocimiento de la iniciación de un f) Los hechos que deban ser objeto procedimiento judicial o de cobertura por un seguro obligatorio. administrativo o bien de la presentación de un requerimiento g) Los hechos debidos únicamente a fehaciente contra él mismo, o culpa o negligencia del perjudicado o contra el Asegurado. a fuerza mayor. • El Asegurado tiene conocimiento, 3. RECLAMACIÓN DE DAÑOS por primera vez, de cualquier tipo Mediante esta cobertura, el de circunstancias o Asegurador tomará a su cargo, hasta informaciones, según las cuales el límite que figura en las una reclamación será formulada Condiciones Particulares y con una cuantía mínima litigiosa del 4% de contra él o contra el Asegurador, dicho límite, los gastos necesarios y es comunicado a éste de forma para la reclamación amistosa o fehaciente. judicial ante los Tribunales españoles, SALVO PACTO EN CONTRARIO, de los daños personales y materiales NO QUEDA CUBIERTA LA causados al Asegurado por un tercero, RESPONSABILIDAD CIVIL POR: así como los perjuicios derivados de éstos, por los actos u omisiones a) Daños a bienes o animales que se cometidos con motivo de la acción de encuentren en poder del Asegurado, cazar, pero única y exclusivamente bajo cualquier título. dentro de los límites y en los b) Los daños causados a los perros supuestos en que hubiera quedado participantes en la misma partida de cubierta la responsabilidad civil de caza del Asegurado. dicho tercero, si hubiera tenido la condición de Asegurado en esta c) Los daños causados no estando el póliza en el momento de la Asegurado en posesión de las ocurrencia del siniestro. correspondientes licencias de caza y tenencia de armas, así como El Asegurado tendrá siempre derecho contraviniendo cualquier normativa a elegir libremente el Procurador y sobre estas materias. Abogado que hayan de representarle y defenderle en el procedimiento seguido para la reclamación de los 25 [Seite 12] Seguro Combinado del Cazador daños. El Abogado yArtículoProcurador designación 3 - Garantías de árbitros no podrá Opcionales designados por el Asegurado no hacerse antes de que surja la cuestión estarán sujetos, en ningún caso, a las disputada. instrucciones del Asegurador. Artículo 3. Cuando se produjera algún conflicto GARANTÍAS OPCIONALES entre Asegurado y Asegurador, motivado por tener que sustentar éste Sólo mediante expresa contratación en el siniestro intereses contrarios a la que debe constar en las Condiciones defensa del Asegurado, el Asegurador Particulares de esta póliza, y pago de lo pondrá en conocimiento del la prima correspondiente, pueden Asegurado, sin perjuicio de realizar garantizarse: aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para 1. DAÑOS AL ARMA la defensa. Mediante esta garantía, el Asegurador Si en vía amistosa el Asegurador indemnizará al Asegurado, dentro de llegara a un acuerdo sobre la los límites establecidos en las indemnización a satisfacer por el Condiciones Particulares, los daños tercero presunto responsable, lo directos que, en los días hábiles para pondrá en conocimiento del la caza, se produzcan al arma Asegurado al objeto de que éste debidamente identificada en la póliza manifieste su conformidad. Si el y autorizada para el ejercicio de la Asegurado se mostrara disconforme caza, motivados por: con el acuerdo alcanzado y el • El robo en el campo o en el Asegurador considerase que no es factible obtener mejores resultados interior de un vehículo con motivo formulando una reclamación judicial, de los desplazamientos para el Asegurado quedará en libertad de ejercer de la acción de cazar. iniciar por su cuenta las acciones • La explosión o reventón del arma legales que estime convenientes. El Asegurador vendrá obligado a que la inutilice por completo. resarcirle los gastos judiciales SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO debidamente justificados en que QUEDAN CUBIERTOS: hubiera incurrido en la reclamación, tales como honorarios de Abogado, a) Los daños directos o indirectos Procurador y costas, con el límite producidos durante las operaciones máximo de la suma establecida para de restauración o reparación de las esta garantía. armas. El Asegurado tendrá derecho a b) Las averías o daños parciales. someter a arbitraje cualquier c) El hurto o extravío. diferencia que pueda surgir entre él y el Asegurador sobre esta garantía. La 26 [Seite 13] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS 2. ACCIDENTES CORPORALES de la sanidad pública y privada, suscritos por el Consorcio de FALLECIMIENTO O INVALIDEZ Compensación de Seguros, la Unión PERMANENTE Española de Entidades Aseguradoras El Asegurador garantiza el pago de las (UNESPA) y los correspondientes indemnizaciones convenidas por los representantes de las Entidades accidentes corporales sufridos por el Sanitarias, y con un límite máximo Asegurado con motivo de la acción de del capital indicado en las cazar o de la práctica del tiro Condiciones Particulares para esta deportivo, así como por los que cobertura. pudieran ocasionarse al desplazarse Las indemnizaciones quedan desde su lugar de residencia a las limitadas a los gastos efectuados en zonas de caza o a las competiciones territorio español y que se produzcan para las que haya sido convocado, dentro del año siguiente a la fecha siempre que se efectúe en un día del accidente. hábil para el ejercicio de la misma, se encuentre en posesión de la licencia INDEMNIZACIONES correspondiente y el fallecimiento o GARANTIZADAS POR invalidez permanente ocurra dentro FALLECIMIENTO O INVALIDEZ del plazo de un año contado desde la PERMANENTE fecha en que se produjo el accidente. El límite máximo a indemnizar por el En caso de superar dicho plazo, Asegurador se calculará en base a la corresponderá a los beneficiarios la suma asegurada para esta garantía, prueba de la conexión entre el accidente y el fallecimiento o indicada en las Condiciones Particulares, y de acuerdo con el situación de invalidez. siguiente baremo de porcentajes y GASTOS POR ASISTENCIA MÉDICO- condiciones: FARMACÉUTICA El Asegurador garantiza el pago de los gastos necesarios que se originen con motivo de la asistencia médico quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica que precise el Asegurado a consecuencia de un accidente garantizado por la póliza, hasta el importe que para los correspondientes servicios fijan las tarifas recogidas por los convenios de asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico en los ámbitos 27 [Seite 14] Seguro Combinado del Cazador BAREMO DE PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN EPÍGRAFES PORCENTAJES FALLECIMIENTO (mayores de 14 años) 100 INVALIDEZ PERMANENTE:  Enajenación mental que excluya cualquier trabajo 100  Parálisis completa 100  Ceguera absoluta 100  Pérdida total de un ojo o reducción a la mitad de la visión binocular 40 – Si la visión del otro estaba perdida antes del accidente 50  Sordera completa de los dos oídos 40  Sordera completa de un oído 10 – Si la sordera del otro existía antes del accidente 20  Ablación de la mandíbula inferior 30  Pérdida completa de los movimientos de la columna cervical, con o sin manifestaciones neurológicas 33  Pérdida completa de los movimientos de la columna dorsal, con o sin manifestaciones neurológicas 33  Pérdida completa de los movimientos de la columna lumbar, con o sin manifestaciones neurológicas 33  Pérdida o inutilización de ambos brazos o ambas manos, o de un brazo y una pierna, o de un brazo y un pie, o de ambas piernas o ambos pies 100  Pérdida total de una pierna o un pie 50  Pérdida total del movimiento de una cadera o una rodilla 25  Fractura no consolidada de una rodilla 20  Acortamiento de más de cinco centímetros de un miembro inferior 15  Fractura no consolidada de una pierna o un pie 25  Pérdida del movimiento de un tobillo 15  Amputación parcial de un pie, comprendidos todos los dedos 40  Pérdida del dedo gordo de un pie 10  Pérdida de otro dedo de un pie 5  Parálisis total del nervio radial, cubital o mediano 25  Síndrome de latigazo cervical 11 28 [Seite 15] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS  Vértigos 15  Zumbido de oídos 5  Pérdida del sentido del olfato o del gusto 5  Trastornos graves de las articulaciones de ambos maxilares 15  Fractura de una clavícula o luxación acromioclavicular 10  Pérdida de dientes. Por cada diente 1  Parálisis completa del nervio Ciático-Poplíteo externo 30  Parálisis completa del nervio Ciático-Poplíteo interno 20  Dificultad para la marcha por fractura de astrágalo o calcáneo 20  Lumbalgia 11  Trastornos subjetivos post-conmocionales con resultado clínico neurológico y cocleovestivular negativo 7 DCHO. IZDO.  Pérdida total del movimiento del hombro 30 25  Pérdida total del brazo o de la mano 70 60  Fractura no consolidada de un brazo 30 25  Pérdida total del movimiento del codo 25 20  Pérdida total del movimiento de la muñeca 25 20  Pérdida total de tres dedos incluidos pulgar o índice 35 30  Pérdida total de tres dedos que no sean pulgar o índice 25 20  Pérdida total del pulgar y del índice 50 40  Pérdida total del pulgar y de otro dedo que no sea el índice 30 25  Pérdida total del índice y de otro dedo que no sea el pulgar 20 17  Pérdida total de dos dedos: medio, anular o meñique 15 12  Pérdida total del pulgar sólo 22 18  Pérdida total del índice sólo 15 12  Pérdida total del medio, anular o meñique 10 8 CONDICIONES: 2. Por cada falange de los dedos sólo se considerará invalidez permanente 1. La impotencia funcional total y la pérdida total, y la indemnización permanente de un miembro es se computará: por la pérdida de una asimilable a la pérdida total del falange del pulgar o del dedo gordo mismo. del pie, la mitad del porcentaje señalado en la tabla por la pérdida 29 [Seite 16] Seguro Combinado del Cazador total de cada uno de dichos dedos; BENEFICIARIO DE ESTA por la pérdida de la falange de COBERTURA cualquier otro dedo, un tercio del Las indemnizaciones para caso de porcentaje establecido para la fallecimiento serán satisfechas al pérdida total del respectivo dedo. Beneficiario designado por el 3. En los casos que no estén Asegurado de esta cobertura. Esta señalados en la tabla de porcentajes, designación se podrá hacer en la el grado de invalidez se fijará en póliza, en una posterior declaración proporción a su gravedad, comparada escrita comunicada al Asegurador o con las invalideces enumeradas. en su testamento. 4. Cuando existan secuelas por las Si en el momento del fallecimiento no que corresponda indemnizar según hubiera beneficiario concretamente distintos epígrafes, la indemnización designado, la indemnización será se fijará sumando los respectivos satisfecha, por orden preferente y porcentajes de ésta, sin que su suma excluyente, a: sus hijos; el cónyuge pueda exceder del 100 por 100 de la del fallecido, siempre que no esté suma asegurada para esta garantía. separado legalmente o de hecho; sus padres; sus hermanos; y a falta de Si existen diferentes secuelas que todos ellos, a sus herederos legales. En afecten a un mismo miembro, la su defecto, la indemnización formará suma de los porcentajes de las parte del patrimonio del Tomador del incapacidades parciales no podrá seguro. exceder del fijado para la pérdida total del miembro afectado. En el supuesto de que el Beneficiario cause dolosamente el siniestro, 5. En el caso de que las quedará nula la designación hecha a consecuencias del accidente sean su favor. agravadas por la acción de una enfermedad, de un estado SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO constitucional o de una incapacidad QUEDAN CUBIERTOS: preexistente, el grado de invalidez a) Los accidentes que sobrevengan será calculado sobre la base de las al Asegurado por enajenación mental, consecuencias que habría tenido en por embriaguez o haciendo uso de una persona enteramente sana. drogas o estupefacientes, así como de 6. Las personas que hubiesen medicamentos no prescritos por el declarado en la solicitud que utilizan médico. A estos efectos se preferentemente la mano izquierda considerará que hay embriaguez percibirán por las lesiones de ese lado cuando el grado de alcohol en la la indemnización que el baremo fija sangre sea superior a 0,80 gramos por para la parte derecha del cuerpo. 1.000 centímetros cúbicos, o el Asegurado sea condenado por esta causa. 30 [Seite 17] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS b) Los daños como consecuencia del 3. DAÑOS A LOS PERROS PROPIOS suicidio y de sus tentativas. Mediante esta garantía y como c) Los hechos que no tengan la consecuencia de accidente sufrido por consideración de accidentes, según la el animal asegurado en el ejercicio de definición que figura en estas la caza, el Asegurador indemnizará al Condiciones Generales. Asegurado, con el límite de la suma asegurada establecida en las d) Las enfermedades de toda clase. Condiciones Particulares: e) Los daños como consecuencia de: a) Los gastos de asistencia hernias; desvanecimientos; síncopes; veterinaria. cardiopatías; infartos de miocardio; ataques de apoplejía o de epilepsia y b) El sacrificio necesario y epileptiformes, así como las lesiones eliminación de los restos. corporales producidas con ocasión de En el caso de sacrificio necesario del esas manifestaciones o de otro estado animal, el Asegurador indemnizará los morboso; las consecuencias de gastos de asistencia veterinaria y los operaciones quirúrgicas, inyecciones ocasionados por el sacrificio del e irradiaciones que no hayan sido animal y eliminación de los restos. motivadas por un accidente garantizado por este seguro; y las En el caso de un accidente que no lesiones consecutivas a operaciones haga preciso el sacrificio del animal: practicadas por la persona asegurada sobre sí mismo. a) El Asegurador abonará los gastos de atención veterinaria si, en f) Los accidentes que tengan su opinión del veterinario, el animal origen en un acto de imprudencia va a tener un restablecimiento que manifiestamente temeraria o culpa le permita seguir desarrollando sus grave del Asegurado. funciones. g) Los daños derivados de la b) Si, en opinión del veterinario, el participación del Asegurado en actos animal va a quedar con delictivos, desafíos, apuestas o riñas. importantes secuelas permanentes, el Asegurado podrá optar entre h) Los accidentes como quedarse o no con el animal: consecuencia de la utilización, como pasajero o tripulante, de helicópteros • Si desea quedarse con él, el y de medios de navegación aéreas no Asegurador cubrirá los gastos autorizados para el transporte de atención veterinaria. público de viajeros, de motocicletas o ciclomotores, avionetas comerciales, • Si no desea quedarse con particulares, deportivas y aviones el animal, el Asegurador militares. indemnizará los gastos de sacrificio y eliminación de los restos, así como los derivados 31 [Seite 18] Seguro Combinado del Cazador de la atención Artículo veterinaria4 - Ámbito geográfico Artículo 5. prestada. Artículo 5 - Exclusiones para todas lasPARA EXCLUSIONES coberturas TODAS Será condición indispensable que LAS COBERTURAS durante toda la vigencia del seguro los animales se encuentren censados SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO e identificados mediante número de QUEDAN CUBIERTOS: chapa, tatuaje o microchip. a) Los siniestros ocurridos con No serán asegurables los perros de rehala o jauría, entendiéndose por anterioridad a la entrada en vigor de tales el conjunto de perros que las coberturas del seguro, así como practican la caza bajo el mandato de los ocurridos a consecuencia de la misma persona. cualquier riesgo cuya cobertura no SALVO PACTO EN CONTRARIO, figure expresamente pactada en las NO QUEDAN CUBIERTOS LOS Condiciones de esta póliza. SIGUIENTES SUPUESTOS: b) Los daños producidos cuando el Los accidentes ocurridos fuera del siniestro se origine por dolo o culpa ejercicio de la caza y en lugares y grave del Tomador del seguro, del días no habilitados para dicha Asegurado o de los familiares de éstos práctica. y/o las personas que con ellos convivan o de ellos dependan, Artículo 4. incluidos los asalariados a su servicio ÁMBITO GEOGRÁFICO e inquilinos, cuando estas personas Las coberturas de este seguro serán hayan intervenido en concepto de de aplicación solamente a los hechos autores, cómplices o encubridores. ocurridos en el territorio español y, c) Los perjuicios o pérdidas para la cobertura de responsabilidad indirectas de cualquier clase que se civil, la reconocida por resolución produzcan con ocasión de un judicial firme de los Tribunales siniestro. españoles. d) Los daños producidos con ocasión o a consecuencia de: • Actos políticos o sociales o sobrevenidos con ocasión de alborotos populares, motines, huelgas, disturbios internos y sabotajes. 32 [Seite 19] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS Artículohaya • Guerra civil o internacional, 6 - Riesgos extraordinarios Artículo 6. o no Artículo 7 - Revalorización mediado declaración oficial, de primasEXTRAORDINARIOS RIESGOS y sumas aseguradas levantamientos populares o militares, insurrección, rebelión, Se indemnizarán por el Consorcio de revolución u operaciones bélicas. Compensación de Seguros los • Erupciones volcánicas, huracanes, siniestros de carácter extraordinario, trombas, terremotos, temblores de conformidad con lo establecido en de tierra, maremotos, embates del el Real Decreto Legislativo 7/2004, de mar en las costas, inundaciones, 29 de octubre, por el que se aprueba hundimientos o cualquier otro el Texto Refundido del Estatuto Legal fenómeno meteorológico o del Consorcio de Compensación de atmosférico que no esté Seguros (B.O.E. de 5 de noviembre), expresamente cubierto. la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (B.O.E. de 17 de • Catástrofe o calamidad nacional, octubre), el Real Decreto 300/2004, calificada así por el Poder de 20 de febrero, por el que se Público. aprueba el Reglamento del Seguro de e) Los daños y pérdidas de valor Riesgos Extraordinarios (B.O.E. de 24 ocasionados directamente por los de febrero) y disposiciones efectos mecánicos, térmicos o complementarias. radiactivos debidos a reacciones o Un Resumen de las normas que transmutaciones nucleares, regulan la Cobertura del Consorcio de cualquiera que sea la causa que las Compensanción de Seguros se produzca. incorpora al final de estas f) Los daños derivados de la Condiciones Generales. infracción de Leyes, Reglamentos, Artículo 7. Ordenanzas u otras disposiciones REVALORIZACIÓN DE legales vigentes. En ningún caso el PRIMAS Y SUMAS Asegurador responderá del pago de ASEGURADAS sanciones o multas, ni de las consecuencias de su impago. 1. ALCANCE DE LA GARANTÍA g) Los daños producidos con ocasión Se conviene expresamente que el de la participación del Asegurado en Asegurador anualmente revisará los apuestas, desafíos o riñas. límites de indemnización establecidos en las Condiciones Particulares, de tal forma que en caso de producirse 33 [Seite 20] Seguro Combinado del Cazador variaciones en los costes de los de emisión de la póliza y/o servicios garantizados en esta póliza, suplemento, que ha de éstos se trasladarían a la suma consignarse en las Condiciones asegurada y a la prima resultante, con Particulares. el objeto de mantener los niveles de • Índice Corrector: En caso de no las coberturas de la póliza. existir desviaciones positivas en En caso de no existir desviaciones los honorarios profesionales o en positivas con respecto al Índice de los costes de los servicios Precios al Consumo anual, las sumas garantizados con respecto al aseguradas y su prima Índice de Precios al Consumo correspondiente se modificarán anual, se tomará el último automáticamente en cada publicado por el Instituto vencimiento anual, siguiendo las Nacional de Estadística dos meses fluctuaciones del mencionado Índice antes del vencimiento anual de la de Precios al Consumo publicado por póliza. En caso contrario, se el Instituto Nacional de Estadística en aplicará el que corresponda al su Boletín mensual o del último índice experimentado por estos costes. corregido para las anualidades 3. EFECTOS DE LA sucesivas. REVALORIZACIÓN La revalorización automática será El pago de cada recibo incrementado aplicable a todas las garantías de la significará, a todos los efectos y desde póliza, salvo a las de Responsabilidad el mismo momento de su pago, la Civil y Reclamación de Daños. elevación de la suma asegurada. 2. DETERMINACIÓN DE LA PRIMA Y SUMA ASEGURADA La nueva suma revalorizada, así como la nueva prima anual, serán las resultantes de multiplicar las que figuren en la póliza por el factor que resulte de dividir el Índice Corrector entre el Índice Base. A estos efectos se entiende por: • Índice Base: El que corresponde al último publicado por el Instituto Nacional de Estadística en la fecha 34 [Seite 21] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS PERFECCIÓN, TOMA DE EFECTO Y DURACIÓN DEL SEGUROArtículo PERFECCIÓN, TOMA DE EFECTO Y DURACIÓN DEL 8 - Perfección y efectos del contrato SEGURO Artículo 9 - Duración del seguro Artículo 8. Artículo 9. PERFECCIÓN Y EFECTOS DEL DURACIÓN DEL SEGURO CONTRATO 1. Las garantías de la póliza entran en El contrato se perfecciona por el vigor en la hora y fecha indicada en consentimiento manifestado por la las Condiciones Particulares, siempre suscripción de la póliza, o del que se encuentre perfeccionado el documento provisional de cobertura, contrato en la forma estipulada en el por las partes contratantes. Sin Artículo anterior y satisfecho el recibo embargo, las coberturas contratadas y de prima. sus modificaciones o adiciones no 2. A la expiración del período tomarán efecto mientras no haya sido indicado en las Condiciones satisfecho el recibo de prima. Particulares, se entenderá prorrogado En caso de demora en el el contrato por un plazo de un año y cumplimiento de cualquiera de ambos así sucesivamente a la expiración de requisitos, las obligaciones del cada anualidad. Asegurador comenzarán a las 3. Las partes pueden oponerse a la veinticuatro horas del día en que prórroga del contrato mediante una hayan sido cumplimentados. notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el Tomador del seguro, y de dos meses cuando sea el Asegurador. 35 [Seite 22] Seguro Combinado del Cazador PRIMA DEL SEGUROArtículo 10 - Pago de la prima PRIMA DEL SEGURO Artículo 10. 5. En caso de falta de pago de una de PAGO DE LA PRIMA las primas siguientes, la cobertura del Asegurador queda suspendida un mes 1. El Tomador del seguro está después del día de su vencimiento. Si obligado al pago de la primera prima el Asegurador no reclama el pago en el momento de la perfección del dentro de los seis meses siguientes al contrato. Las primas sucesivas se vencimiento de la prima, se entenderá deberán hacer efectivas en los que el contrato queda extinguido. correspondientes vencimientos. 6. En cualquier caso, el Asegurador, 2. Si en las Condiciones Particulares cuando el contrato esté en suspenso, no se determina ningún lugar para el sólo podrá exigir el pago de la prima pago de la prima, se entenderá que del período en curso. éste ha de hacerse en el domicilio del 7. Si el contrato no hubiere sido Tomador del seguro. resuelto o extinguido conforme a los 3. En el caso de que la póliza no números anteriores, la cobertura deba entrar inmediatamente en vigor, vuelve a tener efecto a las veinticuatro el Tomador del seguro podrá demorar horas del día en que el Tomador del el pago de la prima hasta el momento seguro o Asegurado pagó su prima. en que aquélla deba tomar efecto. 8. Si se determina en las Condiciones 4. Si por culpa del Tomador del Particulares la domiciliación bancaria seguro la primera prima no ha sido de los recibos de prima sucesivos, pagada, o la prima única no lo ha sido serán de aplicación las siguientes a su vencimiento, el Asegurador tiene normas: derecho a resolver el contrato o a • El Tomador del seguro entregará al exigir el pago de la prima debida en Asegurador carta dirigida al vía ejecutiva con base en la póliza. Si establecimiento bancario o caja de la prima no ha sido pagada antes de ahorros dando la orden oportuna que se produzca el siniestro, el al efecto. Asegurador quedará liberado de su • La prima se entenderá satisfecha a obligación. su vencimiento, salvo que, intentado el cobro dentro del plazo de gracia de un mes, no existiesen fondos suficientes en la cuenta del 36 [Seite 23] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS Tomador del seguro. En este caso, 9. El pago de las primas efectuado al el Asegurador notificará al Agente de seguros que medie o haya Tomador del seguro que tiene el mediado en el contrato surtirá los recibo a su disposición en el mismos efectos que si se hubiera domicilio del Asegurador y el Tomador del seguro vendrá realizado directamente al Asegurador. obligado a satisfacer la prima en dicho domicilio. • Si el Asegurador dejase transcurrir el plazo de gracia sin presentar el recibo al cobro y al hacerlo no existiesen fondos suficientes en la cuenta, aquél deberá notificar tal hecho al Tomador del seguro, por carta certificada o un medio indubitado, concediéndole un nuevo plazo de un mes para que comunique al Asegurador la forma en que satisfará su importe. Este plazo se computará desde la recepción de la expresada carta o notificación en el último domicilio comunicado al Asegurador. 37 [Seite 24] Seguro Combinado del Cazador TRAMITACIÓN DE SINIESTROSArtículo 11 - Tramitación de los siniestros TRAMITACIÓN DE SINIESTROS Artículo 11. seguro. Comunicarán al Asegurador, TRAMITACIÓN DE LOS inmediatamente de su recepción y a SINIESTROS más tardar en el plazo de cuarenta y ocho horas, cualquier notificación 1. EN CUALQUIER SINIESTRO que llegue a su conocimiento y que pueda estar relacionada con el a) El Tomador del seguro y/o el siniestro. Asegurado deberán poner los medios a su alcance para aminorar las b) Ni el Tomador del seguro ni el consecuencias del siniestro, así como Asegurado, ni persona alguna en conservar, salvo imposibilidad nombre de ellos, podrán negociar, justificada, los vestigios del mismo. admitir o rechazar reclamación alguna sin la autorización del b) El Tomador del seguro y/o el Asegurador. Asegurado deberán comunicar al Asegurador el acaecimiento del c) El Asegurador tomará la dirección siniestro, sus circunstancias y de todas las gestiones relacionadas consecuencias en el menor plazo con el siniestro, actuando en nombre posible y, como máximo, dentro de del Asegurado para tratar con los los siete días de haberlo conocido. perjudicados, sus derechohabientes o Asimismo, deben comunicar al reclamantes, comprometiéndose el Asegurador si existen otros seguros Asegurado a prestar su colaboración. amparando el mismo riesgo. Si por falta de esta colaboración se perjudicaren o disminuyeren las 2. EN SINIESTROS QUE ORIGINEN posibilidades de defensa del siniestro, RECLAMACIONES DE el Asegurador podrá reclamar al RESPONSABILIDAD CIVIL, Asegurado los daños y perjuicios en DEFENSA Y FIANZAS proporción al perjuicio sufrido. a) El Tomador del seguro y el d) En cualquier procedimiento judicial Asegurado vendrán obligados a que se derive de un siniestro adoptar todas la medidas que amparado por la póliza, el Asegurador favorezcan su defensa frente a las asumirá a sus expensas la dirección reclamaciones de responsabilidad, jurídica frente a la reclamación del debiendo mostrarse tan diligentes en perjudicado, designando los Abogados su cumplimiento como si no existiera 38 [Seite 25] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS y Procuradores que defenderán y la defensa. En este caso, el Asegurado representarán al Asegurado en las podrá optar entre el mantenimiento de actuaciones judiciales que se le la dirección jurídica por el Asegurador siguieren en reclamación de o confiar su propia defensa a otra responsabilidad civil cubierta por esta persona. En este último caso, el póliza y ello aun cuando dichas Asegurador quedará obligado a abonar reclamaciones fueran infundadas. El los gastos de tal dirección jurídica Asegurado deberá prestar la hasta el límite pactado en la póliza. colaboración necesaria a dicha 3. EN SINIESTROS DE DAÑOS AL defensa, comprometiéndose a otorgar ARMA los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. El Tomador del seguro o el Asegurado deberá declarar el hecho, en el plazo e) Sea cual fuere el fallo o resultado más breve posible, ante la del procedimiento judicial, el correspondiente Intervención de Asegurador se reserva la decisión de Armas y Explosivos de la Guardia ejercitar los recursos legales que Civil, indicando fecha y hora del procedieren contra dicho fallo o siniestro, descripción del arma y resultado o el conformarse con el existencia de seguro, remitiendo al mismo. Asegurador un justificante de la f) Si el Asegurador estima declaración. improcedente el recurso, lo 4. EN SINIESTROS DE ACCIDENTES comunicará al Asegurado, quedando CORPORALES éste en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquél obligado a a) En caso de FALLECIMIENTO por reembolsarle los gastos judiciales y los accidente del Asegurado, será de Abogado y Procurador, en el necesario aportar al Asegurador, con supuesto de que dicho recurso las legalizaciones y legitimaciones que prosperase. correspondan: g) Cuando se produjere algún conflicto • Certificado del médico que le haya entre el Asegurado y el Asegurador, asistido o del Juzgado de motivado por tener que sustentar éste Instrucción o del Registro Civil, en el que se detallen la causa y en el siniestro intereses contrarios a la circunstancias del fallecimiento defensa del Asegurado, el Asegurador que acrediten fehacientemente la lo pondrá en conocimiento del muerte por accidente. Asegurado sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para 39 [Seite 26] Seguro Combinado del Cazador • Los documentos que acrediten la 5. EN SINIESTROS DE DAÑOS A condición y personalidad de los LOS PERROS PROPIOS Beneficiarios. El Tomador del seguro o el Asegurado • La documentación legalmente se dirigirá al veterinario más próximo exigible a efectos tributarios. al lugar del suceso, debiendo obtener b) En caso de INVALIDEZ un informe de éste en el que se hará PERMANENTE originada por constar lo siguiente: accidente, será preciso enviar al • Fecha y hora de entrada en la Asegurador: clínica o de asistencia del • Un informe detallado del médico o veterinario. médicos que traten o hayan tratado • Descripción del animal objeto de al accidentado, indicando las atención. características o consecuencias del accidente causante de la invalidez. • Tipo de accidente sufrido. • En tanto no se produzca el alta • Estado del animal a su llegada a la definitiva, certificados médicos clínica. sobre el curso de las lesiones, • Servicios veterinarios prestados. cuantas veces lo pida el Asegurador. • Conclusiones y, en su caso, observaciones sobre el tratamiento La determinación del grado de a seguir. invalidez que se derive del accidente se efectuará después de que el • Firma y número de colegiado del veterinario que atendió al animal. Asegurado presente el certificado médico de incapacidad y el • Datos de la clínica donde fue Asegurador realice las oportunas atendido el animal. comprobaciones a tal efecto. En el caso de un accidente que no El Asegurador notificará por escrito al origine la muerte del animal ni haga Asegurado la cuantía de la preciso el sacrificio del mismo, el indemnización que le corresponda, de informe del veterinario deberá indicar acuerdo con el grado de invalidez que el diagnóstico, tratamiento y secuelas se deduzca del certificado aportado y residuales que puedan quedar al del baremo de porcentajes que figura en estas Condiciones Generales. animal después de su tratamiento. Dichos documentos, junto con la factura satisfecha por la asistencia prestada, se presentarán al Asegurador para su resarcimiento, si procede. 40 [Seite 27] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS VALORACIÓN DE LOS DAÑOSArtículo 12 - Acuerdo entre las partes o VALORACIÓN DE LOS DAÑOS designación de peritos los daños, las demás circunstancias Artículo 12. que influyan en la determinación de la ACUERDO ENTRE LAS indemnización y la propuesta del PARTES O DESIGNACIÓN DE importe líquido de la indemnización. PERITOS 4. Si una de las partes no hubiera 1. ACUERDO ENTRE LAS PARTES hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes El Asegurador se personará, a la mayor a la fecha en que sea requerida por la brevedad posible, en el lugar del que hubiere designado el suyo y, de siniestro por medio de la persona que no hacerlo en este último plazo, se designe para comenzar las entenderá que acepta el dictamen que operaciones de comprobación de las emita el perito de la otra parte, causas y forma de ocurrencia del quedando vinculado por el mismo. siniestro, de las declaraciones contenidas en la póliza y de los daños. 5. Cuando no haya acuerdo entre los peritos, ambas partes designarán un Si las partes se pusiesen de acuerdo en tercer perito de conformidad y, de no cualquier momento sobre el importe y existir ésta, se podrá promover la forma de la indemnización, se expediente en la forma prevista en la estará a lo estipulado en el Artículo 13 Ley de la Jurisdicción Voluntaria o en de estas Condiciones Generales. la legislación notarial. En este caso, el 2. DESIGNACIÓN DE PERITOS dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado por las partes o, en su 1. Si no se lograse el acuerdo defecto, en el de treinta días a partir de mencionado en el número precedente, la aceptación de su nombramiento por dentro del plazo de 40 días a partir de el perito tercero. la recepción de la declaración de siniestro, cada parte designará un 6. El dictamen de los peritos, por perito, debiendo constar por escrito la unanimidad o por mayoría, se aceptación de éstos. notificará a las partes de manera inmediata y en forma indubitada, 2. Una vez designados los peritos y siendo vinculantes para éstas, salvo aceptado el cargo, el cual será que se impugne judicialmente por irrenunciable, darán seguidamente alguna de las partes, dentro del plazo principio a sus trabajos. de treinta días en el caso del Asegurador, y ciento ochenta en el del 3. En caso de que los peritos lleguen a Asegurado, computados ambos desde un acuerdo, se reflejará en un acta la fecha de su notificación. Si no se conjunta en la que se harán constar las interpusiese en dichos plazos la causas del siniestro, la valoración de 41 [Seite 28] Seguro Combinado del Cazador correspondiente acción, el dictamen siniestro, el Asegurador indemnizará el pericial devendrá inatacable. daño efectivamente causado. 7. Cada parte satisfará los honorarios Cuando el sobreseguro previsto en el de su perito. Los del perito tercero y párrafo anterior se debiera a mala fe demás gastos que ocasione la tasación del Asegurado, el contrato será pericial, serán por cuenta y mitad ineficaz. El Asegurador, de buena fe, entre el Asegurado y el Asegurador. podrá, no obstante, retener las primas No obstante, si cualquiera de las vencidas y las del período en curso. partes hubiera hecho necesaria la Las armas se valorarán según el valor peritación por haber mantenido una de nuevo en el momento del siniestro, valoración del daño manifiestamente menos la depreciación por uso, desproporcionada, será ella la única antigüedad, obsolescencia y estado de responsable de dichos gastos. conservación. 3. VALORACIÓN DE LOS DAÑOS En caso de no existir en el mercado Los gastos desembolsados por el armas similares a las siniestradas, se Asegurado y que, en virtud de la tomará como base de valoración otras póliza, deban ser reintegrados por el de similares características y Asegurador, serán evaluados según prestaciones. factura. Para el caso de explosión o reventón, La determinación de los daños al arma se entenderá por pérdida total del se hará teniendo en cuenta el valor del arma cuando la misma quede arma asegurada en el momento totalmente destruida o cuando el inmediatamente anterior a la importe de su reparación exceda de la ocurrencia del siniestro. suma asegurada o del valor atribuido al arma de acuerdo con los criterios REGLA PROPORCIONAL: Si en el aquí expuestos, si éste es inferior. momento de la producción del siniestro la suma asegurada es inferior 4. CÁLCULO DE LA al valor del arma, el Asegurador INDEMNIZACIÓN indemnizará el daño causado en la 1. La suma asegurada representa el misma proporción en que dicha suma límite máximo de la indemnización a cubre el arma asegurada. pagar por el Asegurador en cada SOBRESEGURO: Si la suma asegurada garantía afectada por el siniestro. supera notablemente el valor del arma 2. El seguro no puede ser objeto de asegurada, cualquiera de las partes enriquecimiento injusto para el podrá exigir la reducción de la suma y Asegurado. de la prima, debiendo restituir al Asegurado el exceso de las primas 3. CONCURRENCIA DE SEGUROS: percibidas. Si se produjera un Si existen varios seguros de daños sobre los mismos bienes y riesgos, el 42 [Seite 29] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS Asegurador contribuirá a la indemnización y a los gastos de tasación a prorrata de la suma que asegure. 43 [Seite 30] Seguro Combinado del Cazador PAGO DE LA INDEMNIZACIÓNArtículo 13 - Procedimiento y plazos PAGO14 Artículo DE- Recuperaciones LA INDEMNIZACIÓN en caso de robo Artículo 15 - En siniestros indemnizables por responsabilidad civil Artículo 13. Artículo 14. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS RECUPERACIONES EN CASO DE ROBO 1. El Asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término EN SINIESTROS DE ROBO DEL de las investigaciones y peritaciones ARMA necesarias para establecer la existencia Si el arma es recuperada antes de del siniestro y, en su caso, el importe sesenta días, contados desde la fecha de los daños que resulten del mismo. de la ocurrencia del siniestro, el 2. Si la fijación de los daños se hizo Asegurado deberá recibirla. por acuerdo directo, el Asegurador Si el arma es recuperada transcurrido deberá pagar la suma convenida en el el citado plazo y una vez pagada la plazo máximo de cinco días a contar indemnización, el Asegurado podrá desde la fecha en que ambas partes retener la indemnización percibida firmaron el acuerdo. abandonando al Asegurador la 3. Si la tasación de los daños se hizo propiedad del arma asegurada, o por acuerdo de peritos, el Asegurador readquirirla, restituyendo, en este abonará el importe señalado por caso, la indemnización percibida por aquéllos en un plazo de cinco días a el arma restituida. partir del momento en que ambas partes hayan consentido y aceptado el Artículo 15. acuerdo pericial, con lo que el mismo EN SINIESTROS devendrá inatacable. INDEMNIZABLES POR 4. Si no se hubiera conseguido RESPONSABILIDAD CIVIL acuerdo, el Asegurador deberá pagar al Asegurado, dentro de los cuarenta El Asegurador, dentro de los límites y días, a partir de la recepción de la condiciones de la póliza, abonará la declaración del siniestro, el importe indemnización en el plazo máximo de mínimo de lo que pueda deber, según cinco días a partir de la fecha en que las circunstancias por el Asegurador haya sido determinada por conocidas. reconocimiento de responsabilidad hecho por el Asegurador, o en que éste tenga conocimiento de la sentencia firme que fije la cuantía de la indemnización. 44 [Seite 31] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS DISPOSICIONES FINALESArtículo DISPOSICIONES 16 FINALES - Extinción y nulidad del contrato Artículo 17 - Formas de cancelación del contrato Artículo 18 - Comunicaciones Artículo 16. Asegurador, podrán resolver el EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL contrato después de cada CONTRATO comunicación de siniestro, haya o no dado lugar a pago de indemnización. 1. Si durante la vigencia del seguro La parte que tome la decisión de se produjera la desaparición del resolver el contrato, deberá interés asegurado, desde este notificársela a la otra, por carta momento el contrato de seguro certificada cursada dentro del plazo quedará extinguido y el Asegurador de treinta días desde que se determine tendrá el derecho de hacer suya la que no procede indemnización o prima no consumida. desde la liquidación si hubiere lugar a 2. El contrato será nulo si en el ella. La resolución surtirá efecto una momento de su conclusión no existía vez transcurridos quince días desde la el riesgo, hubiese ocurrido el fecha de la anterior notificación. siniestro, o no existiera un interés del El Asegurador deberá reintegrar al Asegurado a la indemnización del Tomador del seguro la parte de prima daño. correspondiente al período de seguro Artículo 17. no cubierto por la prima satisfecha. FORMAS DE CANCELACIÓN La resolución del contrato efectuada DEL CONTRATO de acuerdo con lo previsto en este número no modificará los respectivos 1. AL VENCIMIENTO ANUAL derechos y obligaciones de las partes El Tomador del seguro o el en relación con los siniestros Asegurador podrán rescindir el declarados. contrato al vencimientoanual del seguro, de acuerdo con lo indicado en Artículo 18. COMUNICACIONES el Artículo 9 de estas Condiciones Generales. 1. Todas las comunicaciones de las 2. DESPUÉS DE UN SINIESTRO partes que intervienen en el contrato deberán efectuarse por escrito. Tanto el Tomador del seguro, con conocimiento expreso del Asegurado 2. Las comunicaciones que efectúe el si son personas distintas, como el Tomador del seguro, o en su caso el 45 [Seite 32] Seguro Combinado del Cazador Asegurado, al Agente de seguros que medie o que haya mediado Artículo en el 19 - Ley aplicable contrato, surtirán los mismos efectos que si se hubiesen realizado directamente al Asegurador. Artículo 19. LEY APLICABLE La Ley española será la aplicable al presente contrato de seguro. 46 [Seite 33] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES SOLO SERÁN VÁLIDAS SI VAN ACOMPAÑADAS DE LAS CONDICIONES PARTICULARES. Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones Particulares. Leído y aceptado: EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO El Asegurador santalucía Director General 47 [Seite 34] Seguro Combinado del Cazador Cláusula de Cláusula de indemnización porindemnización por el C.C.S. el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios en seguros con coberturas combinadas de daños a personas y en bienes y de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (Resolución de 28 de marzo de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. B.O.E. nº 92, de 16 de abril de 2018) De conformidad con lo establecido en a) Que el riesgo extraordinario el texto refundido del Estatuto legal del cubierto por el Consorcio de Consorcio de Compensación de Compensación de Seguros no esté Seguros, aprobado por el Real Decreto amparado por la póliza de seguro Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, contratada con la entidad el tomador de un contrato de seguro aseguradora. de los que deben obligatoriamente incorporar recargo a favor de la citada b) Que, aun estando amparado por entidad pública empresarial tiene la dicha póliza de seguro, las facultad de convenir la cobertura de obligaciones de la entidad los riesgos extraordinarios con aseguradora no pudieran ser cualquier entidad aseguradora que cumplidas por haber sido reúna las condiciones exigidas por la declarada judicialmente en legislación vigente. concurso o por estar sujeta a un procedimiento de liquidación Las indemnizaciones derivadas de intervenida o asumida por el siniestros producidos por Consorcio de Compensación de acontecimientos extraordinarios Seguros. acaecidos en España, y que afecten a riesgos en ella situados y, en el caso de El Consorcio de Compensación de daños a las personas, también los Seguros ajustará su actuación a lo acaecidos en el extranjero cuando el dispuesto en el mencionado Estatuto asegurado tenga su residencia habitual legal, en la Ley 50/1980, de 8 de en España, serán pagadas por el octubre, de Contrato de Seguro, en el Consorcio de Compensación de Reglamento del seguro de riesgos Seguros cuando el tomador hubiese extraordinarios, aprobado por el Real satisfecho los correspondientes Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y recargos a su favor y se produjera en las disposiciones complementarias. alguna de las siguientes situaciones: 48 [Seite 35] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS RESUMEN DE I.NORMAS RESUMEN LEGALES1. DE NORMAS Acontecimientos LEGALES extraordinarios cubiertos 1. Acontecimientos 2. Riesgos excluidos Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz, el extraordinarios cubiertos Consorcio de Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos a) Los siguientes fenómenos de la jurisdiccionales y administrativos naturaleza: terremotos y competentes información sobre los maremotos; inundaciones hechos acaecidos. extraordinarias, incluidas las producidas por embates de mar; erupciones volcánicas; tempestad 2. Riesgos excluidos ciclónica atípica (incluyendo los vientos extraordinarios de rachas a) Los que no den lugar a superiores a 120 km/h y los indemnización según la Ley de tornados); y caídas de cuerpos Contrato de Seguro. siderales y aerolitos. b) Los ocasionados en bienes asegurados por contrato de b) Los ocasionados violentamente seguro distinto a aquellos en que como consecuencia de es obligatorio el recargo a favor terrorismo, rebelión, sedición, del Consorcio de Compensación motín y tumulto popular. de Seguros. c) Los debidos a vicio o defecto propio de la cosa asegurada, o a c) Hechos o actuaciones de las su manifiesta falta de Fuerzas Armadas o de las Fuerzas mantenimiento. y Cuerpos de Seguridad en d) Los producidos por conflictos tiempo de paz. armados, aunque no haya precedido la declaración oficial Los fenómenos atmosféricos y de guerra. sísmicos, de erupciones volcánicas y la e) Los derivados de la energía caída de cuerpos siderales se nuclear, sin perjuicio de lo certificarán, a instancia del Consorcio establecido en la Ley 12/2011, de Compensación de Seguros, de 27 de mayo, sobre mediante informes expedidos por la responsabilidad civil por daños Agencia Estatal de Meteorología nucleares o producidos por (AEMET), el Instituto Geográfico materiales radiactivos. No Nacional y los demás organismos obstante lo anterior, sí se públicos competentes en la materia. entenderán incluidos todos los En los casos de acontecimientos de daños directos ocasionados en carácter político o social, así como en una instalación nuclear el supuesto de daños producidos por asegurada, cuando sean hechos o actuaciones de las Fuerzas consecuencia de un ,  , CP300000007182001 49 [Seite 36] Seguro Combinado del Cazador acontecimiento extraordinario daños a los bienes o pérdidas que afecte a la propia pecuniarias cuando la fecha de instalación. emisión de la póliza o de efecto, f) Los debidos a la mera acción del si fuera posterior, no preceda en tiempo, y en el caso de bienes siete días naturales a aquél en total o parcialmente sumergidos que ha ocurrido el siniestro, de forma permanente, los salvo que quede demostrada la imputables a la mera acción del imposibilidad de contratación oleaje o corrientes ordinarios. anterior del seguro por g) Los producidos por fenómenos inexistencia de interés de la naturaleza distintos a los asegurable. Este período de señalados en el apartado 1.a) carencia no se aplicará en el anterior y, en particular, los caso de reemplazo o sustitución producidos por elevación del de la póliza, en la misma u otra nivel freático, movimiento de entidad, sin solución de laderas, deslizamiento o continuidad, salvo en la parte asentamiento de terrenos, que fuera objeto de aumento o desprendimiento de rocas y nueva cobertura. Tampoco se fenómenos similares, salvo que aplicará para la parte de los éstos fueran ocasionados capitales asegurados que resulte manifiestamente por la acción de la revalorización automática del agua de lluvia que, a su vez, prevista en la póliza. hubiera provocado en la zona k) Los correspondientes a siniestros una situación de inundación producidos antes del pago de la extraordinaria y se produjeran primera prima o cuando, de con carácter simultáneo a dicha conformidad con lo establecido inundación. en la Ley de Contrato de Seguro, h) Los causados por actuaciones la cobertura del Consorcio de tumultuarias producidas en el Compensación de Seguros se curso de reuniones y halle suspendida o el seguro manifestaciones llevadas a cabo quede extinguido por falta de conforme a lo dispuesto en la pago de las primas. Ley Orgánica 9/1983, de 15 de l) En el caso de los daños a los julio, reguladora del derecho de bienes, los indirectos o pérdidas reunión, así como durante el derivadas de daños directos o transcurso de huelgas legales, indirectos, distintos de las salvo que las citadas actuaciones pérdidas pecuniarias delimitadas pudieran ser calificadas como como indemnizables en el acontecimientos extraordinarios Reglamento del seguro de de los señalados en el apartado riesgos extraordinarios. En 1.b) anterior. particular, no quedan i) Los causados por mala fe del comprendidos en esta cobertura asegurado. los daños o pérdidas sufridas j) Los derivados de siniestros por como consecuencia de corte o fenómenos naturales que causen alteración en el suministro 50 [Seite 37] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS exterior de energía eléctrica, póliza, en tiempo o en cuantía, gases combustibles, fuel-oil,3. Franquicia para daños que sean gasoil, u otros fluidos, ni consecuencia de siniestros cualesquiera otros daños o ordinarios de pérdida de pérdidas indirectas distintas de beneficios. De existir diversas las citadas en el párrafo anterior, franquicias para la cobertura de aunque estas alteraciones se siniestros ordinarios de pérdida deriven de una causa incluida en de beneficios, se aplicarán las la cobertura de riesgos previstas para la cobertura extraordinarios. principal. m) Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean c) Cuando en una póliza se calificados por el Gobierno de la establezca una franquicia Nación como de «catástrofe o combinada para daños y pérdida calamidad nacional». de beneficios, por el Consorcio n) En el caso de la responsabilidad de Compensación de Seguros se civil en vehículos terrestres liquidarán los daños materiales automóviles, los daños con deducción de la franquicia personales derivados de esta que corresponda por aplicación cobertura. de lo previsto en el apartado a) anterior, y la pérdida de 3. Franquicia beneficios producida con I. La franquicia a cargo del asegurado deducción de la franquicia será: establecida en la póliza para la cobertura principal, minorada en a) En el caso de daños directos, en la franquicia aplicada en la los seguros contra daños en las liquidación de los daños cosas la franquicia a cargo del materiales. asegurado será de un siete por ciento de la cuantía de los daños II. En los seguros de personas no se indemnizables producidos por el efectuará deducción por franquicia. siniestro. No obstante, no se efectuará deducción alguna por franquicia a los daños que afecten a viviendas, a comunidades de propietarios de viviendas, ni a vehículos que estén asegurados por póliza de seguro de automóviles. b) En el caso de pérdidas pecuniarias diversas, la franquicia a cargo del asegurado será la misma prevista en la 51 [Seite 38] Seguro Combinado del Cazador c) En las pólizas de seguro de 4. Extensión de la cobertura 4. Extensión de la cobertura vida que de acuerdo con lo 1. La cobertura de los riesgos previsto en el contrato, y de extraordinarios alcanzará a los conformidad con la mismos bienes o personas, así normativa reguladora de los como las mismas sumas seguros privados, generen aseguradas que se hayan provisión matemática, la establecido en las pólizas de cobertura del Consorcio de seguro a efectos de la cobertura Compensación de Seguros de los riesgos ordinarios. se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, 2. No obstante lo anterior: es decir, a la diferencia entre a) En las pólizas que cubran la suma asegurada y la daños propios a los provisión matemática que la vehículos a motor la entidad aseguradora que la cobertura de riesgos hubiera emitido deba tener extraordinarios por el constituida. El importe Consorcio de Compensación correspondiente a la de Seguros garantizará la provisión matemática será totalidad del interés satisfecho por la asegurable aunque la póliza mencionada entidad ordinaria sólo lo haga aseguradora. parcialmente. b) Cuando los vehículos únicamente cuenten con una póliza de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles, la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de Compensación de Seguros garantizará el valor del vehículo en el estado en que se encuentre en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro según precios de compra de general aceptación en el mercado. 52 [Seite 39] Condiciones Generales del contrato santalucía SEGUROS Comunicación Comunicación de de daños daños al al Consorcio Consorcio de de Compensación Compensaciónde deSeguros Seguros 1. La solicitud de indemnización de 3. Valoración de los daños: La daños cuya cobertura valoración de los daños que corresponda al Consorcio de resulten indemnizables con Compensación de Seguros, se arreglo a la legislación de seguros efectuará mediante y al contenido de la póliza de comunicación al mismo por el seguro se realizará por el tomador del seguro, el asegurado Consorcio de Compensación de o el beneficiario de la póliza, o Seguros, sin que éste quede por quien actúe por cuenta y vinculado por las valoraciones nombre de los anteriores, o por la que, en su caso, hubiese entidad aseguradora o el realizado la entidad aseguradora mediador de seguros con cuya que cubriese los riesgos intervención se gestionara el ordinarios. seguro. 4. Abono de la indemnización: El 2. La comunicación de los daños y Consorcio de Compensación de la obtención de cualquier Seguros realizará el pago de la información relativa al indemnización al beneficiario del procedimiento y al estado de seguro mediante transferencia tramitación de los siniestros bancaria.» podrá realizarse: - Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de Compensación de Seguros (900 222 665 o 952 367 042). - A través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros (www.consorseguros.es). ,  , CP300000007182001 53 [Seite 41] Seguros Asistencia Hogar Ahorro e Inversión Vida y Accidentes Salud Empresas Comunidades Mascotas Automóvil* Otros Otros Productos Planes de Pensiones *Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros "El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro" Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012 Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid ‘?4:8c-.K.’ 180713115400013001
Mostrar el texto completo: Documento de información sobre el producto Cazador
[Seite 1] SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y DE DAÑOS EN EL EJERCICIO DE LA CAZA DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO Empresa: Santa Lucía, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros Registro: España C-0174 Producto: Seguro Combinado del Cazador La información precontractual y contractual completa relativa al producto se encuentra disponible en la nota informativa facilitada antes de la contratación o en las condiciones generales, particulares y, en su caso, en las especiales, del seguro facilitadas en el momento de la contratación. ¿En qué consiste este tipo de seguro? SANTA LUCÍA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros. Plaza de España, 15. 28008 MADRID. Telf.: 915419387. www.santalucia.es - Reg. Merc. Madrid T 679 L 257 – S 3º H 2012 El seguro combinado del cazador está dirigido a personas que practican la caza y desean disponer del seguro de suscripción obligatoria para el ejercicio de esta actividad, complementar la cobertura de responsabilidad civil por la reclamación de daños de la que pueda ser objeto, su defensa jurídica y la cobertura de los gastos para la reclamación de los daños personales y materiales, así como los perjuicios derivados de éstos, causados por un tercero con motivo de la acción de cazar. Opcionalmente, el tomador puede contratar cobertura para daños al arma y a los perros empleados para el ejercicio de la caza y un seguro de accidentes. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? La suma asegurada está constituida por la cantidad Para todas las coberturas: fijada en las condiciones del contrato de seguro para las Los daños ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor garantías aseguradas, que representa el límite máximo de la del seguro. indemnización a pagar por el asegurador. Los producidos cuando el daño se origine por dolo o culpa grave del contratante del seguro. Garantías Básicas: Los perjuicios o pérdidas indirectas de cualquier clase que Responsabilidad civil del cazador de suscripción obligatoria. se produzcan con ocasión de un daño o pérdida. Garantía complementaria al seguro de responsabilidad civil Derivados de la infracción de Leyes, Reglamentos, del cazador de suscripción obligatoria. Ordenanzas u otras disposiciones legales vigentes. Defensa jurídica del arrendador. Dirección jurídica para la defensa del asegurado. Para la garantía de RC: Fianzas judiciales. Causados no estando el asegurado en posesión de las Reclamación de daños. correspondientes licencias de caza y tenencia de armas. Los daños causados a los perros participantes en la misma partida de caza del asegurado. Garantías Opcionales: Daños al arma: pérdidas por explosión o robo. Daños al arma: Accidentes corporales. Los daños producidos durante la reparación o restauración de Indemnización por fallecimiento o invalidez permanente. las armas, sus averías y el hurto o extravio. Gastos de asistencia médico-farmacéutica. Daños a los perros propios. Daños a los perros propios: Gastos de asistencia veterinaria. Ocurridos fuera del ejercicio de la caza y en lugares y días no Sacrificio del animal y eliminación de los restos. habilitados para dicha práctica. ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? No hay cantidades que en caso de ocurrencia de un daño objeto de cobertura por las garantías del seguro tenga que ser asumido por el asegurado. A continuación, se hacen constar los principales límites máximos de cobertura porcentuales aplicables sobre las suma asegurada, cuantitativos y temporales: Reclamación de daños: Cuantía mínima litigiosa: 4% Suma asegurada: 3000€ Acidentes Corporales: Gastos por asistencia médico-farmacéutica: hasta 3000€. Responsabilidad civil: Garantía complementaria al seguro de responsabilidad civil del cazador de suscripción obligatoria: límite máximo de indemnización por daño y anualidad corresponderá con la suma asegurada. [Seite 2] ¿Dónde estoy cubierto? Las coberturas de este seguro serán de aplicación solamente a los hechos ocurridos en el territorio español y, para la cobertura de responsabilidad civil, la reconocida por resolución judicial firme de los Tribunales españoles. ¿Cuáles son mis obligaciones? El contratante del seguro está obligado a declarar al asegurador: – Declarar al asegurador todas las circunstancias por él conocidas que pueden influir en la valoración del riesgo. – Durante la vigencia del seguro, la alteración de circunstancias inicialmente declaradas en el cuestionario que modifiquen el riesgo. El contratante del seguro o el asegurado deberán: – Comunicar el acaecimiento del daño/accidente dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido. – Proporcionar toda clase de información sobre las circunstancias y consecuencias del daño. SANTA LUCÍA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros. Plaza de España, 15. 28008 MADRID. Telf.: 915419387. www.santalucia.es - Reg. Merc. Madrid T 679 L 257 – S 3º H 2012 – Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del daño/accidente. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? El contratante del seguro está obligado al pago del precio de su primera anualidad en el momento de formalización del contrato, pudiéndose pactar el pago en plazos inferiores al año. En caso de renovación, los sucesivos pagos deberán abonarse al inicio de cada nueva anualidad, salvo pacto de pago en plazos inferiores. El pago podrá efectuarse en efectivo, cheque, domiciliación bancaria y tarjeta bancaria. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El inicio del seguro será el que figure indicado en las condiciones particulares del contrato. El seguro se perfecciona por el consentimiento manifestado por las partes en el momento de formalización del contrato de seguro. No obstante, el seguro contratado y sus modificaciones no tomarán efecto mientras no haya sido satisfecho su precio. En caso de demora en el cumplimiento del pago del precio del seguro, las obligaciones del asegurador comenzarán a las 24 horas del día en que haya sido efectuado el pago. ¿Cómo se puede finalizar el contrato? El presente seguro se contrata por el período de un año. A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más, y así sucesivamente, salvo que cualquiera de ambas partes se oponga a la prórroga, mediante una notificación escrita. Si quien se opone a la prorroga es el contratante del seguro, dicha notificación debe ser efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión de la anualidad de seguro en curso. Si quién se opone a la prorroga es el asegurador, dicha notificación deberá realizarla con una antelación mínima de dos meses.