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IRIS GLOBAL seguro de viaje ocio: el condicionado completo

Seguro de asistencia en viaje para viajes de ocio dentro de España, con gastos médicos, traslado sanitario, repatriación, equipaje, responsabilidad civil y anulación según condiciones particulares.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 66 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos y ámbito

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Límite de prestación por siniestro (ilimitado o importe máximo)según las condiciones particulares„Gastos médicos que superen el límite, en las condiciones particulares.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Ámbito mundial (excepto país de residencia)no„Se garantizan los eventos asegurados producidos dentro del ámbito territorial de España, contratado específicamente en las condiciones particulares.“¿Dónde estoy cubierto?, página 3
EE. UU. y Canadá incluidos sin recargo ni regla especialno„Se garantizan los eventos asegurados producidos dentro del ámbito territorial de España“¿Dónde estoy cubierto?, página 3
Cobertura también en el propio país fuera de la localidad de residenciasí„Seguro diseñado para particulares mientras viajan por España, cubriendo la asistencia médica y las incidencias de viaje“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Duración máxima por viaje (días o semanas)no regulado
Póliza anual para viajes ilimitados en el añono regulado
Estancias largas de más de un año asegurables (estudios, trabajo, expatriación)no regulado
Edad máxima de contratación o límite de edadsí„Asegurados mayores de 70 años, salvo que se disponga lo contrario en las condiciones particulares y especiales.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Residencia habitual en el país como requisitono regulado
Contratación posible una vez iniciado el viajesí„Si el seguro se contrata una vez iniciado el viaje, la cobertura sólo podrá utilizarse cuando hayan pasado 72 horas.“¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 3
Prórroga de la cobertura si no se puede viajar por motivos médicosno regulado
Tarifa familiar (pareja e hijos en una póliza)no regulado

Asistencia médica y hospitalaria

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Asistencia médica ambulatoriasí, hasta la suma asegurada„Gastos médicos, farmacéuticos o de hospitalización.“¿Qué se asegura?, página 1
Hospitalizaciónsí, hasta la suma asegurada„Gastos médicos, farmacéuticos o de hospitalización.“¿Qué se asegura?, página 1
Libre elección de hospital y médico en destinono regulado
Médico privado o jefe de servicio, habitación individualno regulado
Medicamentos y material de curas prescritossí, hasta la suma asegurada„Gastos médicos, farmacéuticos o de hospitalización.“¿Qué se asegura?, página 1
Material ortopédico tras accidente o enfermedad (muletas, vendajes, férulas)no„Adquisición, implantación, sustitución, extracción y/o reparación de prótesis de cualquier tipo.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Fisioterapia, masajes y radioterapiano regulado
Tratamiento dental de urgencia para el dolorsí, hasta la suma asegurada„Gastos odontológicos de urgencia“¿Qué se asegura?, página 1
Empastes sencillosno„Tratamientos odontológicos, oftalmológicos u otorrinolaringológicos.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Reparación de prótesis dentales y provisionalesno„Adquisición, implantación, sustitución, extracción y/o reparación de prótesis de cualquier tipo.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Complicaciones del embarazo y parto prematurono„Diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Agravación aguda e imprevista de una enfermedad preexistenteno„Enfermedades congénitas, afecciones crónicas o dolencias bajo tratamiento médico anterior al inicio del viaje.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Enfermedad psíquica aguda (primera asistencia, ingreso)no„Tratamiento y rehabilitación de enfermedades mentales o nerviosas.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Traslado al médico u hospital más cercanono regulado
Alojamiento de un progenitor si un menor está hospitalizadono regulado
Indemnización diaria por hospitalización en lugar de gastosno regulado

Repatriación y asistencia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Repatriación cuando sea médicamente aconsejablesí, hasta la suma asegurada„Traslado sanitario o repatriación médica.“¿Qué se asegura?, página 1
Repatriación solo si es médicamente necesariano regulado
Límite de gastos de repatriaciónno regulado
Gastos de búsqueda, rescate y salvamentosí, hasta la suma asegurada„Gastos de búsqueda y rescate.“¿Qué se asegura?, página 1
Traslado de restos mortalessí, hasta la suma asegurada„Traslado o repatriación de restos mortales.“¿Qué se asegura?, página 1
Inhumación en el lugar de fallecimientono„Gastos de entierro y ceremonia, coste del ataúd.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Central de asistencia 24 horassí„Consulta o asesoramiento médico a distancia.“¿Qué se asegura?, página 1
Garantía de pago al hospital (pago directo)no regulado
Desplazamiento de un familiar por hospitalización prolongadasí, hasta la suma asegurada„Gastos de desplazamiento de un acompañante.“¿Qué se asegura?, página 1
Regreso de los hijos menores acompañantessí, hasta la suma asegurada„Retorno de menores.“¿Qué se asegura?, página 1
Gastos adicionales de regreso tras enfermedadsí, hasta la suma asegurada„Gastos de regreso por alta hospitalaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Envío de medicamentos al lugar de estanciano regulado
Gastos de intérprete y traducciónno regulado

Exclusiones y limitaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exclusión: el tratamiento como motivo del viajesí„Viajes para recibir tratamiento médico.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Exclusión: tratamiento previsible al iniciar el viajesí„Enfermedades congénitas, afecciones crónicas o dolencias bajo tratamiento médico anterior al inicio del viaje.“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Riesgo de guerra pasivo y terrorismo cubiertos (estallido imprevisto)no„Hechos ocurridos en situaciones de guerra, terrorismo, revoluciones o situaciones similares“¿Qué no está asegurado?, página 1
Enfermedad en caso de epidemia o pandemia cubiertasí, hasta la suma asegurada„Asesoramiento médico individualizado para Covid 19 orientado al viaje.“¿Qué se asegura?, página 1
Exclusión o reducción si existe aviso del Ministerio de Exterioresno regulado
Exclusión de deportes de riesgosí„Práctica como profesional de cualquier deporte, deportes en competición, deportes de invierno.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión de competiciones de motorsí„Práctica como profesional de cualquier deporte, deportes en competición“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión bajo los efectos del alcohol o drogassí„embriaguez o bajo los efectos de drogas.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión de balnearios, sanatorios y rehabilitaciónno regulado
Exclusión por dependencia o custodiano regulado
Exclusión de enfermedades y accidentes provocados intencionadamentesí„así como el suicidio o su intento.“¿Qué no está asegurado?, página 1

Franquicia y reglas de prestación

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Franquicia por siniestro o viajeno regulado
Carácter subsidiario frente a la sanidad pública u otros segurosno regulado
Periodo de carencia tras la contrataciónno regulado
Obligación de avisar antes del ingreso, si no reducciónsí„Gastos por hechos no comunicados previamente.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Prestación solo a través de la central de asistencia, sin reembolsosí„Gastos por hechos no comunicados previamente.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Plazo para presentar justificantessí„Comunicar al Asegurador que ha ocurrido el evento dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 3
Facturas en idioma extranjero sin traducción juradano regulado
Cobertura posterior al vencimiento durante una hospitalizaciónno regulado

Contrato y duración

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Renovación tácita de la póliza anualno regulado
Devolución de prima por regreso anticipado (larga estancia)no regulado
Prórroga de la póliza desde el extranjerono regulado
Prima según tramos de edadno regulado
Derecho del asegurador a rescindir tras un siniestrono regulado
Cumple los requisitos del visado Schengen (mínimo 30.000 euros, sin franquicia)no„Se garantizan los eventos asegurados producidos dentro del ámbito territorial de España“¿Dónde estoy cubierto?, página 3

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído;

jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza.

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Condicionados y aseguradora

Entidad
IRIS GLOBAL Soluciones de Protección, Seguros y Reaseguros, S.A. (am Text prüfen)
Distribución
a través de corredores

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown) IRIS GLOBAL seguro de viaje ocio

Mostrar el texto completo: IPID seguro de viaje ocio
[Seite 1] SEGURO ASISTENCIA EN VIAJE DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO Empresa: IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. Registro: España C- 627 Producto: Asistencia en Viaje Ocio España La información precontractual y contractual completa relativa al producto se encuentra disponible en las Condiciones Generales, Particulares y, en su caso, en las Especiales, facilitadas en el momento de la contratación del seguro. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro diseñado para particulares mientras viajan por España, cubriendo la asistencia médica y las incidencias de viaje que pudieran ocurrir durante su desplazamiento. R.M. Madrid, inscripción 9ª, Hoja M-68782, Folio 60, Tomo 4141, Libro 0, Sección 8ª, CIF A-78562246, D.G.S. C-627. Capital social 2.103.680€ (100% desembolsado) ¿Qué se asegura? SERVICIOS DE ASISTENCIA EN VIAJE: Servicio de información al viajero. COBERTURAS DE ASISTENCIA MÉDICA Y DE Consulta o asesoramiento médico a distancia. ASISTENCIA EN VIAJE IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. Julián Camarillo 36, 28037 MADRID (España) • www.irisglobal.es Asesoramiento médico individualizado para Covid 19 orientado Gastos médicos, farmacéuticos o de hospitalización. al viaje. Video consulta médica. Servicio de información asistencial. Gastos odontológicos de urgencia Transmisión de mensajes urgentes. Anticipo de fianzas por hospitalización. Localización de equipajes u objetos personales perdidos. Prolongación de estancia. Prolongación de estancia en hotel por cuarentena médica o declaración de estado de alarma o aviso de cierre de COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA fronteras. Responsabilidad Civil Privada. Prolongación de la vigencia del seguro por cuarentena o restricciones a la movilidad Traslado sanitario o repatriación médica. GASTOS DE ANULACIÓN Gastos de regreso por alta hospitalaria. Gastos de anulación. Gastos de desplazamiento de un acompañante. Gastos de estancia para acompañante de asegurado hospitalizado. ¿Qué no está asegurado? Gastos de regreso de acompañantes. Retorno de menores. Gastos por hechos no comunicados previamente. Traslado o repatriación de restos mortales. Asegurados mayores de 70 años, salvo que se disponga lo Gastos de desplazamiento del acompañante de restos contrario en las condiciones particulares y especiales. mortales. La negativa a ser trasladado o repatriado en función de las Gastos de estancia del acompañante de restos mortales. indicaciones del servicio médico del Asegurador. Retorno de acompañantes del fallecido. Práctica como profesional de cualquier deporte, deportes en Gastos de búsqueda y rescate. competición, deportes de invierno. Cuidado de menores. Utilización de medios no autorizados para el transporte público, así como la utilización de helicópteros. Pérdida de llaves del hotel y de la vivienda. Accidentes ocurridos en montañas, simas, mares, selvas o Envío de objetos olvidados durante el viaje. desiertos, en regiones inexploradas. Asistencia jurídica. Hechos causados por el Asegurado de mala fe, por su participación en actos delictivos, o en duelos, desafíos o riñas, COBERTURAS DE INCIDENCIAS EN VIAJES Y así como el suicidio o su intento. VUELOS: Hechos causados en estado de enajenación mental o Pérdida o robo del equipaje . tratamiento psiquiátrico, embriaguez o bajo los efectos de Demora en la entrega de equipajes facturados en transporte drogas. público. Hechos ocurridos en situaciones de guerra, terrorismo, Demora del medio de transporte. revoluciones o situaciones similares, o causados por Pérdida de conexiones. catástrofes naturales o nucleares, y en todo caso los eventos que atiendan el Consorcio de Compensación de Seguros. Demora del medio de transporte por sobreventa. Perjuicios derivados de no seguir el Asegurado las Cancelación del medio de transporte. instrucciones y/o recomendaciones del Asegurador y/o su Servicios V.I.P. por incidencias en el medio de transporte. Servicio Médico. Regreso anticipado del asegurado por fallecimiento de un Las consecuencias de intervenciones quirúrgicas o familiar tratamientos innecesarios, para la curación de un accidente o Regreso anticipado del asegurado por hospitalización de un enfermedad cubierta. familiar. Hechos sucedidos por causa de fuerza mayor que impida al Regreso anticipado del asegurado por hecho grave en la Asegurador su intervención. residencia . Hechos ocurridos en países que se hallen, antes de iniciar el Regreso anticipado por declaración de estado de alarma o viaje, en guerra o conflicto armado. aviso de cierre de fronteras Pagos que puedan suponer para al Asegurador sanciones de organismos internacionales. [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a EXCLUSIONES APLICABLES A LA COBERTURA DE la cobertura? GASTOS DE ANULACION Curas, tratamientos estéticos, la contraindicación o falta EXCLUSIONES APLICABLES A LAS COBERTURAS de vacuna, la contraindicación para volar, la imposibilidad DE INCIDENCIAS EN VIAJES, VUELOS Y SERVICIOS de seguir en el lugar de destino un tratamiento medicinal, DE ASISTENCIA. la interrupción voluntaria del embarazo, el alcoholismo y el consumo ilegal de drogas. Enfermedades mentales, nerviosas o psiquiátricas, El dinero en efectivo, colecciones, documentos en general, depresiones que no conlleven hospitalización. material profesional, USB, gafas y lentes de contacto o billetes Las dolencias previas a la reserva del viaje y sus de viaje. consecuencias, a menos que provoque una hospitalización de El hurto. Sustracción o robo cometida al descuido. más de 24 horas y con fecha de alta médica como mínimo 7 Daños ocasionados por el desgaste, el mal embalaje, a días antes de la fecha inicio del viaje, salvo lo indicado en los equipajes frágiles o los producidos por la acción de la puntos correspondientes. R.M. Madrid, inscripción 9ª, Hoja M-68782, Folio 60, Tomo 4141, Libro 0, Sección 8ª, CIF A-78562246, D.G.S. C-627. Capital social 2.103.680€ (100% desembolsado) interperie. Todas las anulaciones por causas anteriores al momento de Robos ocurridos en campings o en alojamientos que no sean la contratación conocidas por el contratante del Seguro y/o fijos. Asegurado. Daños y pérdidas de objetos no vigilados y pérdidas por el La riñas, delitos, apuestas, concursos, competiciones, o IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. Julián Camarillo 36, 28037 MADRID (España) • www.irisglobal.es extravio u olvido del objeto. incumplimiento consciente de prohibiciones oficiales. Daños por huelgas, terremotos y radioactividad. Restricciones a la movilidad de los Asegurados impuestas por los gobiernos o autoridades sanitarias competentes en Daños causados con intencionalidad, negligencia grave o por situaciones de cuarentena, epidemias o pandemias, tanto en derrame de líquidos. el país de origen de los Asegurados como en los de destino, Los vehículos a motor, así como sus complementos y que imposibiliten el inicio del viaje. accesorios. La no presentación de los documentos indispensables en todo el viaje. Los actos causados voluntariamente, así como autolesiones EXCLUSIONES APLICABLES A LAS COBERTURAS intencionadas, el suicidio o la tentativa de suicidio. DE ASISTENCIA MÉDICA Y DE ASISTENCIA EN VIAJE. EXCLUSIONES APLICABLES A LA COBERTURA DE Gastos médicos que superen el límite, en las condiciones RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA particulares. Enfermedades congénitas, afecciones crónicas o dolencias bajo tratamiento médico anterior al inicio del viaje. La responsabilidad que corresponda al Asegurado por la conducción de vehículos a motor, aeronaves y embarcaciones, Exámenes médicos generales, revisiones periódicas y la así como por el uso de armas de fuego. medicina preventiva. La Responsabilidad Civil derivada de toda actividad Viajes para recibir tratamiento médico. profesional, política o asociativa. Diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, Las multas o sanciones impuestas por Tribunales o interrupción voluntaria del mismo y partos. autoridades de toda clase. Gastos de entierro y ceremonia, coste del ataúd. La responsabilidad derivada de la práctica de deportes como Tratamiento y rehabilitación de enfermedades mentales o profesional y de la práctica de Alpinismo, boxeo, bosleigh, nerviosas. espeleología, judo, paracaidismo, ala delta, vuelo sin motor, Adquisición, implantación, sustitución, extracción y/o polo, rugby, tiro, yachting, artes marciales y los practicados reparación de prótesis de cualquier tipo. con vehículos a motor. Tratamientos odontológicos, oftalmológicos u Los daños a los objetos confiados por cualquier título al otorrinolaringológicos. Asegurado. Tratamientos especiales, cirugías experimentales, cirugía Responsabilidad Civil por la propiedad-posesión de animales, plástica o reparadora y los que no están reconocidos por la de piscinas, de depósitos de combustible, etc. ciencia médica occidental. Responsabilidad Civil derivada de actividades empresariales, sindicales o comunitarias. Responsabilidad Civil derivada de la propiedad y/o tenencia de armas, vehículos a motor. Responsabilidad Civil por el alojamiento temporal de menores, amigos, etc. Responsabilidad Civil por daños a los bienes confiados. [Seite 3] ¿Cuáles son mis ¿Dónde estoy cubierto? obligaciones? Se garantizan los eventos asegurados producidos Antes de la conclusión del contrato, declarar al dentro del ámbito territorial de España, contratado Asegurador todas las circunstancias por él conocidas específicamente en las condiciones particulares. que puedan influir en la valoración del riesgo. • Pagar el precio del seguro indicado en las condiciones del contrato. R.M. Madrid, inscripción 9ª, Hoja M-68782, Folio 60, Tomo 4141, Libro 0, Sección 8ª, CIF A-78562246, D.G.S. C-627. Capital social 2.103.680€ (100% desembolsado) • Comunicar al Asegurador que ha ocurrido el evento dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido. • Dar al Asegurador toda clase de informaciones IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.U. Julián Camarillo 36, 28037 MADRID (España) • www.irisglobal.es sobre las circunstancias y consecuencias del evento. • Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del evento. ¿Cuándo y cómo tengo ¿Cuándo comienza y que efectuar los pagos? finaliza la cobertura? El contratante del seguro está obligado al pago del La cobertura comienza y finaliza en la fecha indicada precio del seguro en las condiciones estipuladas en en las condiciones particulares. Si el seguro se el contrato, pudiéndose pactar el fraccionamiento del contrata una vez iniciado el viaje, la cobertura sólo mismo. podrá utilizarse cuando hayan pasado 72 horas. Si se han pactado pagos periódicos, el primero de En cualquier caso, la cobertura contratada y sus ellos será exigible una vez firmado el contrato. modificaciones o adiciones no tomarán efecto mientras no haya sido satisfecho el pago del seguro, salvo pacto en contrario. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? En el supuesto de seguro individual de duración superior a seis meses puede finalizar el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue el seguro o documento de cobertura provisional. La facultad unilateral de finalización del contrato deberá ejercitarse por el contratante mediante comunicación dirigida al asegurador a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. Esta comunicación deberá hacerse antes de que venza el plazo antes indicado. A partir de esa fecha cesará la cobertura por parte del asegurador y el contratante del seguro tendrá derecho a la devolución del precio que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. El asegurador dispondrá para ello de un plazo de 30 días a contar desde el día que reciba la comunicación de finalización.