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Corredor de seguros / Seguro de rotura de cristales (hogar) / Archivo de condiciones

Patria Hispana PH Hogar Exclusivo, rotura de cristales: el condicionado completo

PH Hogar Exclusivo incluye la rotura de cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria al 100 %, según el documento de información del producto.

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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  • 4,98 de 5 estrellas en 5.042 valoraciones
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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 69 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada o indemnización máxima por siniestro (si no es ilimitada)según las condiciones particulares„cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Seguro de cristales contratable como póliza independienteno regulado
Cristales del mobiliario asegurados (contenido)no regulado
Cristales del edificio asegurados (ventanas, puertas, cristales fijos)no regulado
Cristales del edificio cubiertos para el inquilinono regulado
Cobertura a tanto alzado según superficie, sin relación de cristalesno regulado
Límite de tamaño por cristal (metros cuadrados)no regulado
Indemnización a valor de reposición (a nuevo)no regulado
Reposición en especie: la aseguradora encarga la sustituciónno regulado
Renuncia a la regla proporcional (infraseguro)no regulado

Cristales asegurados en el hogar

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cristales y lunas de muebles y vitrinasno regulado
Tableros de mesa de cristalno regulado
Espejossí, hasta la suma asegurada„cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Placas vitrocerámicasno regulado
Placas de inducción incluida la parte eléctricano regulado
Cristales de hornos, microondas y chimeneasno regulado
Acuarios y terrariosno regulado
Mamparas de duchano regulado
Cristales de plástico (metacrilato, policarbonato)no regulado
Mármoles, granitos y piedra naturalsí, hasta la suma asegurada„cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Loza sanitaria (lavabos, inodoros, bañeras)sí, hasta la suma asegurada„cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Cristales de cuadrosno regulado
Lámparas, vajilla y objetos de vidrio incluidosno regulado
Pantallas y displays (televisores, ordenadores, móviles) incluidosno regulado

Acristalamiento del edificio asegurado

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cristales de ventanas y puertas (incluido doble acristalamiento)no regulado
Cristales de galerías e invernaderosno regulado
Ventanas de tejado y claraboyasno regulado
Tejadillos, pérgolas y cubiertas de cristal o plásticono regulado
Cristales de balcones y barandillasno regulado
Pavés y vidrio estructuralno regulado
Cristal de paneles solares y fotovoltaicosno regulado
Invernaderos y cubiertas de estanquesno regulado
Pérdida de estanqueidad del doble acristalamiento (empañamiento)no regulado

Riesgos y gastos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Rotura por cualquier causano regulado
Rotura por vandalismosí, hasta la suma asegurada„de vandalismo o malintencionados.“¿Qué se asegura?, página 1
Gastos de cerramiento provisionalno regulado
Gastos de andamios y grúasno regulado
Gastos de retirar y reponer obstáculos (rejas, toldos)no regulado
Daños en marcos, herrajes y perfilesno regulado
Pinturas, rótulos, decoraciones y láminas en el cristalno regulado
Alarmas y dispositivos de seguridad en el cristalno regulado
Gastos de retirada y eliminación de restosno regulado
Recargos por trabajos urgentes, nocturnos o festivosno regulado
Sobrecostes de cristales especiales o a medidano regulado
Sobrecostes por acristalamiento más eficiente exigido por normativano regulado

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exclusión de arañazos y desconchadosno regulado
Exclusión de rotura por incendio, rayo o explosiónno regulado
Exclusión de rotura por tormenta, granizo u otros fenómenos naturalesno regulado
Exclusión de daños durante trabajos, montaje o desmontajeno regulado
Exclusión de rotura por asentamiento o movimiento del edificiono regulado
Exclusión o limitación por vivienda deshabitadano regulado
Exclusión de guerra, disturbios y energía nuclearsí„Daños derivados de conflictos armados o de hechos calificados como emergencia, catástrofe o calamidad por la autoridad competente.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Reducción por culpa graveno regulado

Franquicia, obligaciones y contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Franquicia por siniestrono regulado
Periodo de carenciano regulado
Comunicación del siniestro: plazo y formasí„Comunicar los siniestros dentro del plazo máximo de 7 días tras su conocimiento.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Obligación de denuncia policialno regulado
Autorización previa de la aseguradora para la reparaciónno regulado
Obligación de conservar los restos hasta la peritaciónno regulado
Cobertura en caso de cambio de domiciliono regulado
Agravación del riesgo: qué debe comunicarsesí„Comunicar cualquier posible agravación del riesgo.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Duración del contrato y prórroga tácitasí„Mediante comunicación escrita efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo del seguro en curso.“¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2
Derecho de rescisión tras un siniestrono regulado
Garantía de mejores condiciones frente al modelo o tarifa anteriorno regulado

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Porcentaje de cobertura de rotura para continente y contenidosí, hasta la suma asegurada„cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Cobertura a primer riesgono regulado
La modalidad básica solo cubre la rotura por vandalismo o causas tasadassin franquicia„cristales, mármoles, espejos y loza sanitaria.“¿Qué se asegura?, página 1
Referencia al Consorcio de Compensación de Seguros (riesgos extraordinarios)sí„Riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Reparación a través de la red de la aseguradorano regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído;

jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza.

Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
PATRIA HISPANA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Distribución
desconocido

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown) Patria Hispana PH Hogar Exclusivo, rotura de cristales

Mostrar el texto completo: PID Seguro de Hogar PH Hogar Exclusivo
[Seite 1] Seguro de HOGAR Documento de Información sobre el producto de seguro Empresa: PATRIA HISPANA, S.A. de Seguros y Reaseguros Registrada en: ESPAÑA - Nº Autorización: C0139 Producto: PH-HOGAR EXCLUSIVO En el presente documento se facilita una breve descripción de este producto y del total de garantías contratables que puede no coincidir por las elegidas por usted en su póliza. La información precontractual y contractual completa se facilita en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza, que son las que regulan la relación entre las partes. ¿En qué consiste este tipo de seguro? En dar cobertura a los daños que pueden afectar a una vivienda y a los bienes que se encuentran en ella, por los distintos riesgos y en las cantidades que se pacten. Se incluyen además la cobertura de responsabilidad civil, protección jurídica, servicio de asistencia y pequeñas reparaciones en el hogar, y asistencia informática tecnológica. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? üSe puede asegurar solo la VIVIENDA, solo los BIENES de la misma o X Daños provocados de forma intencionada por el ambas cosas. asegurado. üIncendio, explosión y caida del rayo. 100% X Daños o pérdidas indirectas. üActos de vandalismo o malintencionados. 100% X Vicios o daños preexistentes. üLluvia, viento, pedrisco o nieve. 100% X Daños derivados de conflictos armados o de hechos üInundación (Incluidos gastos de desembarre y 100% calificados como emergencia, catástrofe o calamidad extracción de lodos). por la autoridad competente. üDaños por Humo. 100% X Daños debidos a falta de mantenimiento y üChoque, impacto y ondas sónicas. 100% conservación. üDaños produccidos por el agua. 100% X Daños que deban de ser cubiertos por seguros üRobo y expoliación. 100% obligatorios. üGastos de salvamento, 100% X Incumplimiento deliberado de las leyes. demolición,desescombros y extinción de X Riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación incendios. de Seguros. üGastos de reconstitución de documentos. 100% üInhabilitación de la vivienda. 100% üPérdida de alquileres. 100% üReconstrucción de Jardín. Máximo 3.000 ¤ üPérdida de equipajes. Máximo 3.000 ¤ üRotura de cristales, mármoles, espejos y loza 100% sanitaria. üDaños a instalaciones y aparatos eléctricos. Máximo 3.000 ¤ üRestauración de daños estéticos. Opción elegida üDeterioro de alimentos refrigerados. Máximo 300 ¤ üResponsabilidad Civil y Fianzas. Opción elegida üAsistencia en el Hogar. Incluido üProtección Jurídica Hogar. Incluido üServicio Manitas (pequeñas reparaciones del Incluido hogar). üAsistencia informática y tecnológica. Incluido üVehículos en Garaje (opcional). Máximo 18.000 ¤ ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? ! Inhabilitación de la vivienda por periodo máximo de 1 año. ! Pérdida de alquileres durante el plazo máximo de 1 año. ! Servicio manitas: 2 servicios de 2 horas de mano de obra por anualidad de seguro. ! Asistencia Informática y tecnológica: Servicio limitado a un máximo de 5 dispositivos por póliza. ¿Dónde estoy cubierto? MOD. 1 (10/18) üLas garantías contratadas serán de aplicación a los siniestros produccidos en España, con sujeción al derecho y tribunales españoles. [Seite 2] ¿Cuáles son mis obligaciones? ® Realizar una declaración exacta del riesgo. ® Pago del precio del Seguro. ® Comunicar los siniestros dentro del plazo máximo de 7 días tras su conocimiento. ® Comunicar cualquier posible agravación del riesgo. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? Al comienzo de cada anualidad y en los periodos de pago pactados en el contrato. Mediante domiciliación bancaria, a través de su mediador o con tarjeta. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? Comienza en la fecha y hora indicada en el contrato, siempre y cuando el Asegurado o el Contratante del seguro haya formalizado el mismo y pagado el recibo pactado. Finalizará en la fecha y hora indicadas en el contrato. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Mediante comunicación escrita efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión del periodo del seguro en curso. MOD. 1 (10/18)