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Corredor de seguros / Seguro de rotura de cristales (hogar) / Archivo de condiciones

Reale Hogar Expats, rotura de cristales: el condicionado completo

Reale Hogar Expatriate, para residencia habitual de propietarios e inquilinos, incluye la garantía de roturas hasta el importe fijado en las Condiciones Particulares.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 69 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada o indemnización máxima por siniestro (si no es ilimitada)según las condiciones particulares„Roturas hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares“¿Qué se asegura?, página 1
Seguro de cristales contratable como póliza independienteno regulado
Cristales del mobiliario asegurados (contenido)no regulado
Cristales del edificio asegurados (ventanas, puertas, cristales fijos)no regulado
Cristales del edificio cubiertos para el inquilinono regulado
Cobertura a tanto alzado según superficie, sin relación de cristalesno regulado
Límite de tamaño por cristal (metros cuadrados)no regulado
Indemnización a valor de reposición (a nuevo)no regulado
Reposición en especie: la aseguradora encarga la sustituciónno regulado
Renuncia a la regla proporcional (infraseguro)no regulado

Cristales asegurados en el hogar

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cristales y lunas de muebles y vitrinasno regulado
Tableros de mesa de cristalno regulado
Espejosno regulado
Placas vitrocerámicasno regulado
Placas de inducción incluida la parte eléctricano regulado
Cristales de hornos, microondas y chimeneasno regulado
Acuarios y terrariosno regulado
Mamparas de duchano regulado
Cristales de plástico (metacrilato, policarbonato)no regulado
Mármoles, granitos y piedra naturalno regulado
Loza sanitaria (lavabos, inodoros, bañeras)no regulado
Cristales de cuadrosno regulado
Lámparas, vajilla y objetos de vidrio incluidosno regulado
Pantallas y displays (televisores, ordenadores, móviles) incluidosno regulado

Acristalamiento del edificio asegurado

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cristales de ventanas y puertas (incluido doble acristalamiento)no regulado
Cristales de galerías e invernaderosno regulado
Ventanas de tejado y claraboyasno regulado
Tejadillos, pérgolas y cubiertas de cristal o plásticono regulado
Cristales de balcones y barandillasno regulado
Pavés y vidrio estructuralno regulado
Cristal de paneles solares y fotovoltaicosno regulado
Invernaderos y cubiertas de estanquesno regulado
Pérdida de estanqueidad del doble acristalamiento (empañamiento)no regulado

Riesgos y gastos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Rotura por cualquier causano regulado
Rotura por vandalismosí, hasta la suma asegurada„Actos de Vandalismo“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 1
Gastos de cerramiento provisionalno regulado
Gastos de andamios y grúasno regulado
Gastos de retirar y reponer obstáculos (rejas, toldos)no regulado
Daños en marcos, herrajes y perfilesno regulado
Pinturas, rótulos, decoraciones y láminas en el cristalno regulado
Alarmas y dispositivos de seguridad en el cristalno regulado
Gastos de retirada y eliminación de restosno regulado
Recargos por trabajos urgentes, nocturnos o festivosno regulado
Sobrecostes de cristales especiales o a medidano regulado
Sobrecostes por acristalamiento más eficiente exigido por normativano regulado

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exclusión de arañazos y desconchadosno regulado
Exclusión de rotura por incendio, rayo o explosiónno regulado
Exclusión de rotura por tormenta, granizo u otros fenómenos naturalesno regulado
Exclusión de daños durante trabajos, montaje o desmontajeno regulado
Exclusión de rotura por asentamiento o movimiento del edificiono regulado
Exclusión o limitación por vivienda deshabitadano regulado
Exclusión de guerra, disturbios y energía nuclearno regulado
Reducción por culpa graveno regulado

Franquicia, obligaciones y contrato

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Franquicia por siniestrono regulado
Periodo de carenciano regulado
Comunicación del siniestro: plazo y formasí„Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Obligación de denuncia policialno regulado
Autorización previa de la aseguradora para la reparaciónno regulado
Obligación de conservar los restos hasta la peritaciónno regulado
Cobertura en caso de cambio de domiciliono regulado
Agravación del riesgo: qué debe comunicarsesí„Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2
Duración del contrato y prórroga tácitasí„Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.“¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2
Derecho de rescisión tras un siniestrono regulado
Garantía de mejores condiciones frente al modelo o tarifa anteriorno regulado

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Porcentaje de cobertura de rotura para continente y contenidono regulado
Cobertura a primer riesgono regulado
La modalidad básica solo cubre la rotura por vandalismo o causas tasadassin franquicia„Roturas hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares“¿Qué se asegura?, página 1
Referencia al Consorcio de Compensación de Seguros (riesgos extraordinarios)no regulado
Reparación a través de la red de la aseguradorano regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído;

jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza.

Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes. Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original. Como texto (Markdown) Reale Hogar Expats, rotura de cristales

Mostrar el texto completo: Reale Hogar Expatriate (producto 817), Documento de información (IPID)
[Seite 1] REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR EXPATRIATE DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613) PRODUCTO: Contrato Reale Hogar Expatriate (817) El presente documento contiene informacion general previa resumida sobre el producto de seguro. La informacion precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitara al cliente en otros documentos. Si desea mas informacion, puede consultarla en nuestra pagina www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Seguro dirigido a la residencia habitual de propietarios e inquilinos, para cualquier tipo de vivienda. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Principales garantías aseguradas (suma asegurada según lo Los principales riesgos excluidos son: acordado en condiciones contractuales): Incendio, explosión, caída de rayo, gastos hasta el importe establecido en Dolo o mala fe del Asegurado o del (Contratante). las Condiciones Particulares Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o en ella se Extensivos y Meteorológicos hasta el importe establecido en las ejerza otra actividad que no haya sido declarada. Condiciones Particulares Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad de acuerdo Daños Eléctricos hasta el importe establecido en las Condiciones con la legislación vigente para viviendas. Particulares Daños Estéticos (Opciones: 1500€, 3000€, 6000€, 12.000€) Roturas hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares Daños por agua incluido localización y reparación: (hasta 10% Inmueble asegurado) ¿Existen restricciones en lo que Robo, Daños por robo, Hurto hasta el importe establecido en las respecta a la cobertura? Condiciones Particulares Las principales restricciones son: Bienes Refrigerados: (Opciones: 300€, 600€, 900€, 1.800€, 3.600€) Actos de Vandalismo Responsabilidad Civil (opciones: 150.000€, 300.000€, 450.000€, 600.000€, Lluvia: Ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 90 km/h. 750.000€) Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de Servihogar hasta el importe establecido la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de Servicio Manitas: 2 servicios / año conservación de las instalaciones. Las principales garantías opcionales son: Trasteros y Jardines (hasta 5% mobiliario y objetos asegurados, máx. 1.500€ ampliación hasta 4.500€) Animales de compañía (hasta límite 900€) RC Perros peligrosos (hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares) Ampliación Todo Riesgo Accidental (hasta 6.000€ hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares) Rotura/Avería de equipos informáticos (opciones: 1.000€, 2.000€, 3.000€) [Seite 2] ¿Dónde estoy cubierto? Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España. Para la garantía de 'Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas' se extiende a todo el Mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda. ¿Cuáles son mis obligaciones? Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. Firma del contrato. Pago del precio del seguro. Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral. El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato. El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El contrato se perfecciona mediante su firma. El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado. El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado. REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 REALE SEGUROS SEGURO DE HOGAR EXPATRIATE