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Corredor de seguros / Seguro de impago de alquiler / Archivo de condiciones Impago de alquiler

ARAG Alquiler de Temporada: el condicionado completo

Seguro de defensa jurídica del arrendador de ARAG para alquiler de temporada con adelanto de rentas impagadas tras la demanda de desahucio hasta las mensualidades contratadas, suministros, limpieza y actos vandálicos.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 67 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Indemnización máxima por siniestro (impago de rentas)según las condiciones particulares„hasta el 100% de la Suma Asegurada vigente en el momento de producirse el siniestro“3.8.1, página 12
Número de mensualidades indemnizadas por siniestrosí„sin que pueda superarse el límite máximo de mensualidades de renta aseguradas indicada en las Condiciones Particulares de la póliza“3.8.1, página 12
Importe máximo por mensualidadno regulado
Límite anual por todos los siniestros de una anualidadno regulado
Forma del contrato: póliza propia o garantía dentro de defensa jurídica o del seguro de hogarsí„El objeto principal de este seguro es prestar al Asegurado la defensa jurídica de sus derechos e intereses, tanto en relación con el contrato de alquiler de temporada“1, página 9
Solo arrendamientos de vivienda asegurablessí„a) De locales. b) De naves industriales. c) Rústicos.“4.8, página 17
Alquiler de locales comerciales asegurableno„a) De locales. b) De naves industriales.“4.8, página 17
Garajes y plazas de aparcamiento incluidos, también con contrato propiono regulado
Varias viviendas en una póliza (por vivienda o global)no regulado
Alquiler amueblado, de temporada y vacacional asegurablesí„De temporada efectuados en fraude de ley.“4.8 e), página 17

Impago de rentas

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Renta base impagada indemnizadasí, hasta la suma asegurada„el impago del alquiler por parte del inquilino y /o aquellas cuantías asimiladas a rentas que el Asegurado deja de percibir“3.8.1, página 12
Gastos de comunidad e IBI repercutidos impagados indemnizadossí, hasta la suma asegurada„aquellas cuantías asimiladas a rentas que el Asegurado deja de percibir, reclamables al inquilino“3.8.1, página 12
Impago de suministros (luz, gas, agua) y liquidaciones de gastos indemnizadossí, hasta la suma asegurada„en lo que se refiere al pago de suministros de agua, luz o gas, uno de los siguientes importes, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares“3.8.2, página 13
Indemnización por ocupación tras la resolución hasta el desalojosí, hasta la suma asegurada„en los casos en que, finalizado el contrato de arrendamiento, éste no abandone la vivienda“3.8.1, página 12
Pérdida de rentas tras el desalojo hasta un nuevo alquiler, por ejemplo por reparacionesno„Cuando el Asegurado recupere la posesión del inmueble, mediante la entrega de las llaves por parte del arrendatario o mediante acto de lanzamiento“3.8.1, Cuándo finaliza, página 12
La fianza se descuenta de la indemnizaciónsí„se compromete a ejecutar dicho aval con el fin de recuperar las rentas debidas para reintegrarlas a ARAG“17, página 25
Franquicia temporal: no se indemnizan los primeros meses de impagono regulado
Impago por insolvencia o concurso del inquilino cubiertono regulado
Impago tras fallecimiento del inquilino cubiertono regulado
Impago por reducción injustificada de la renta por el inquilino cubiertono regulado
Intereses de demora y gastos de reclamación indemnizadosno regulado

Inquilinos morosos, daños y desalojo

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños a la vivienda causados por el inquilino (actos vandálicos)sí, hasta la suma asegurada„los deterioros inmobiliarios y/o el robo del continente de la vivienda asegurada, causados por“3.10.1, página 15
Daños solo indemnizados si hay a la vez impago cubiertosí„Siempre que el siniestro de lugar a un procedimiento de desahucio con cargo a las garantías“3.10.1, página 15
Gastos de desalojo (lanzamiento, mudanza)no regulado
Retirada y depósito de enseres abandonados por el inquilinono„Los gastos de mudanza o de guardamuebles.“4.14, página 18
Cambio de cerradura tras el desalojosí, hasta la suma asegurada„ARAG asumirá tanto el importe de la cerradura como los gastos de la mano de obra derivados del cambio de la misma“3.1, página 10
Limpieza y desinfección de la vivienda tras el desalojosí, hasta la suma asegurada„los gastos de limpieza para la puesta a punto de la vivienda que estaba alquilada y cuya posesión ha recuperado“3.8.3, página 14
Ocupación ilegal por terceros (okupación) cubiertano regulado

Defensa jurídica del arrendador

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Defensa jurídica del arrendador en conflictos del alquiler incluidasí„en los conflictos directamente relacionados con el contrato de arrendamiento“3.1, página 9
Suma asegurada de defensa jurídicasí, hasta la suma asegurada„hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares, la defensa o reclamación de los derechos del Asegurado“3.1, página 9
Gastos de la reclamación de rentas al inquilinosí, hasta la suma asegurada„Esta cobertura comprende la reclamación de las rentas debidas“3.1, página 9
Gastos del juicio de desahuciosí, hasta la suma asegurada„se garantizan los juicios de desahucio por falta de pago, por finalización el contrato o por obras no consentidas cuando el Asegurado sea demandante.“3.1, página 9
Gastos de ejecución de la sentencia (número de intentos literal)no regulado
Libre elección de abogadosí„El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle“15, página 24
Asesoramiento jurídico telefónico y revisión del contratosí„ARAG pondrá a disposición del Asegurado un abogado, para que le informe telefónicamente“3.7, página 11
Franquicia en defensa jurídicano regulado

Requisitos y obligaciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Estudio de solvencia del inquilino exigido antes de contratarno regulado
Límite de la relación entre renta e ingresos del inquilinono regulado
Contratos ya vigentes asegurables, no solo nuevosno regulado
Sin impagos al inicio y periodo mínimo de pago regularno regulado
Contrato escrito según la ley exigidono regulado
Exige fianza o garantía adicionalno regulado
Plazo para comunicar el impago a la aseguradorasí„Para los supuestos de impago de alquileres, el plazo de la declaración se amplía a un máximo de 60 días de la fecha de inicio del impago.“12, página 21
Obligación de resolver el contrato por impagono regulado
Obligación de iniciar el desahucio en un plazosí„El Adelanto de impago de rentas, sólo podrá ser solicitado por el Asegurado cuando se haya iniciado el procedimiento de desahucio y reclamación de rentas“3.8.1, Cuándo se pagará, página 13
Pago solo tras sentencia o ejecución infructuosasin franquicia„El Adelanto de impago de rentas, sólo podrá ser solicitado por el Asegurado cuando se haya iniciado el procedimiento de desahucio y reclamación de rentas“3.8.1, Cuándo se pagará, página 13
Subrogación de la aseguradora en la reclamación al inquilinosí„ARAG se subroga automáticamente en los derechos y acciones que correspondan al Asegurado“17, página 25

Carencia y exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Periodo de carencia desde el iniciosí„En las garantías de esta póliza, podrá existir un plazo de carencia que vendrá especificado en las condiciones particulares.“10, página 21
Exclusión: alquiler a familiaresno regulado
Exclusión: impagos conocidos o previsibles al contratarsí„Consecuencia de un conflicto entre la arrendadora y el inquilino anterior al efecto del seguro.“3.8.1, Exclusiones específicas d), página 13
Exclusión: disputas por subidas, topes de renta o defectosno regulado
Exclusión: vivienda vacía o sin alquilarno regulado
Exclusión: moratorias legales o administrativas (pandemia)sí„Legitimado por disposición de una autoridad legal.“3.8.1, Exclusiones específicas a), página 13
Exclusión: subarriendo o uso contrario al contratosí„De subarrendamiento parcial de la vivienda.“4.8 h), página 17
Exclusión: dolo o connivencia del arrendadorsí„Hechos voluntariamente causados por el Asegurado o en los que, según sentencia judicial firme, concurra dolo o culpa grave“4.1, página 17

Contrato y franquicia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Franquicia por siniestro en el impagosí, hasta la suma asegurada„En esta garantía, la franquicia será el importe indicado en las condiciones particulares de la póliza.“3.8.1, Franquicia, página 12
Cambio de inquilino cubierto sin nueva póliza (basta comunicarlo)no regulado
Actualización del límite al subir la rentasí„relativa a los incrementos de la renta de alquiler que experimente el contrato de arrendamiento“8, página 19
Duración mínima del contratono regulado
Derecho de la aseguradora a rescindir tras un siniestrono regulado
Transmisión de la póliza al vender la viviendano„En caso de transmisión del inmueble asegurado, el nuevo adquirente no podrá subrogarse en los derechos y obligaciones derivados del contrato de seguro“2, página 9
Ámbito territorial: ubicación de la vivienda (solo España)sí„Las garantías contratadas serán de aplicación a los siniestros producidos dentro del territorio español“19, página 25

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contrato sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos exigidosí„Contrato celebrado en virtud de la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U.)“Definiciones, página 4
Adelanto de rentas antes de la sentenciasí, hasta la suma asegurada„ARAG realizará un primer pago adelantando las rentas impagadas y vencidas“3.8.1, Cuándo se pagará, página 13
Alquiler de temporada asegurablesí„la alquile en virtud de un contrato de alquiler de temporada.“2, página 9
Requerimiento fehaciente (burofax) como requisitono regulado
Estudio de viabilidad del inquilino por la aseguradorano regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído;

jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza.

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Condicionados y aseguradora

Entidad
ARAG SE, Sucursal en España
Distribución
corredores y directo

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes.

Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original.

Como texto (Markdown) ARAG Alquiler de Temporada

Mostrar el texto completo: Condiciones Generales ARAG Alquiler de Temporada
[Seite 1] Conozca su seguro ARAG Alquiler de temporada [Seite 2] Guía Condiciones práctica de Generales su seguro Condiciones generales El presente contrato de seguro se rige por lo convenido en estas Condiciones Generales y en las Particulares de la póliza, de conformidad con lo establecido en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. 2 [Seite 4] Condiciones Generales Definiciones que interesa conocer será también el límite máximo de gastos para el conjunto de prestaciones. Asegurador ARAG SE, Sucursal en España que asume el Para las garantías de Impago de Alquileres y riesgo definido en la póliza. Actos Vandálicos regirán respectivamente las sumas aseguradas indicadas en las Condi- Tomador del seguro ciones Particulares, que resultarán aplicables La persona física o jurídica que con el Asegu- de manera independiente. rador suscribe este contrato, con las obliga- ciones y derechos derivados del mismo. Valor a nuevo Es el valor de adquisición en el mercado, en Asegurado estado de nuevo, de los bienes objeto del La persona física o jurídica titular del interés seguro, en el momento en que se produce el asegurado, en su calidad de arrendador de siniestro. una o más viviendas. Regla de equidad Beneficiario Es la reducción proporcional de la prestación La persona física o jurídica a la que corres- o indemnización de la compañía asegura- ponde el derecho a la indemnización, por dora en caso de siniestro, por la diferencia cesión y designación expresa del Asegurado, entre la prima pagada por el riesgo decla- que en su caso constará en las Condiciones rado por el Asegurado y la que se debió Particulares de la póliza. pagar, de haber sido conocida la verdadera entidad del riesgo. Póliza El documento contractual que contiene las Franquicia Condiciones Reguladoras del Seguro, for- La cantidad que se deduce de la indemniza- mado por estas Condiciones Generales, por ción a pagar por ARAG, cuando expresamente las Condiciones Particulares que individuali- se establece en la póliza, como contribución zan el riesgo y por los suplementos o apéndi- del Asegurado. ces que se emitan al contrato para comple- tarlo o modificarlo. Carencia Es el período de tiempo en que, con posterio- Prima ridad a la fecha de inicio de una garantía, si El precio del seguro. se produce un siniestro no está garantizado. Límite de gastos o suma asegurada Mínimo litigioso La cantidad fijada en cada una de las garan- Es la cuantía mínima objeto de litigio, en este tías de la póliza, que constituye el límite seguro, por debajo de la cual no se garantiza máximo de la obligación de pago por parte el trámite judicial de un siniestro. de ARAG en caso de siniestro. Contrato de alquiler de vivienda En las garantías de Defensa Jurídica y en Contrato celebrado en virtud de la Ley de el supuesto de que varias coberturas sean Arrendamientos Urbanos (L.A.U.) por el que el aplicables a un mismo siniestro, la cantidad Asegurado, a cambio del pago de una renta establecida como límite en cada una de ellas y por un tiempo convenido, cede el derecho 4 [Seite 5] Condiciones Generales de uso de una vivienda de la que es legítimo ciones Particulares de la póliza. propietario o usufructuario, a un inquilino para que este último la destine a satisfacer Acto vandálico su necesidad permanente de vivienda. Aquella acción intencional destinada a destruir, dañar o robar con fuerza o violen- Arrendador/a cia, elementos que conforman el continente La persona física o jurídica que cede con- o el contenido de la vivienda asegurada. tractualmente a otra, su derecho al uso de una vivienda por tiempo y precio convenidos. Continente de la Vivienda La construcción destinada a vivienda com- Inquilino/a prendiendo los cimientos, estructuras, muros, La persona física o jurídica que obtiene con- vallas, paredes, cubiertas, techos, suelos, tractualmente la cesión del derecho de uso puertas y ventanas; incluidas las siguientes de una vivienda ajena, a cambio del pago instalaciones fijas: agua, gas, electricidad y de la renta. calefacción. Renta o alquiler Los siguientes elementos incorporados de El ingreso regular que produce una propie- forma fija a la vivienda asegurada: toldos, dad alquilada, incluidos todos los conceptos persianas, rejas, loza sanitaria, muebles de que figuran en el recibo. cocina y los muebles del baño. Renta mensual asegurada Los garajes, trasteros y sótanos situados en Es el importe mensual de la renta indicada la misma finca de la vivienda alquilada y que en las Condiciones Particulares de la póliza, sean propiedad privativa del Asegurado, que esté vigente en el momento de produ- siempre que estén alquilados en el mismo cirse el siniestro por impago de rentas por contrato y al mismo inquilino de la vivienda parte del inquilino. objeto del seguro. Juicio de desahucio Deterioros inmobiliarios al continente El procedimiento judicial dirigido a obte- Daños, destrucciones y alteraciones causa- ner el desalojo de una vivienda por parte das en el continente de la vivienda, anterior- del ocupante o poseedor de la misma. mente definido Enervación la acción Robo del continente Derecho excepcional legal que permite al La sustracción o apoderamiento ilegítimo de inquilino deudor, que resulte demandado por los bienes que integran el continente asegu- impago, evitar el desahucio de la vivienda rado, anteriormente definido, contra la volun- mediante el abono de todas las cantida- tad del Asegurado y mediante actos que des adeudas hasta la fecha del pago. impliquen fuerza o violencia en las cosas, así como los daños materiales causados al conti- Vivienda asegurada nente a consecuencia del robo o de su intento. Vivienda alquilada, en virtud de la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U) y ubicada Hurto en España, destinada a ser el domicilio habi- Sustracción o apoderamiento ilegítimo de los tual del inquilino, identificada en las Condi- bienes que integran el continente asegurado, 5 [Seite 6] Condiciones Generales anteriormente definido, contra la voluntad del Asegurado y llevado a cabo mediante actos que No impliquen fuerza o violencia en las cosas. Contenido Conjunto de bienes que pueden trasladarse de un sitio a otro sin menoscabo del inmue- ble que los contiene, situados dentro de las distintas dependencias o anexos que consti- tuyen la vivienda alquilada y figuren inven- tariados en el contrato de arrendamiento de la vivienda descrita en las Condiciones Par- ticulares de la póliza. En ningún caso se considerarán inclui- dos dentro de la definición de Contenido los animales vivos, los vehículos a motor, las embarcaciones de recreo, los objetos de valor, las joyas, el dinero en efectivo y ves- tuario. Incendio Se considera incendio la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propa- garse, de un objeto u objetos que no esta- ban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce. Explosión Acción súbita y violenta de la presión o depresión del gas o de los vapores. Caída de rayo Descarga violenta producida por una pertur- bación en el campo eléctrico de la atmósfera. 6 [Seite 7] Condiciones Generales Índice Condiciones Generales 1 ¿Cuál es el objeto de este seguro? 3.10.1 Actos vandálicos al continente 2. ¿A quién se asegura por esta póliza? 3.10.2 Actos vandálicos al contenido 4. ¿Qué siniestros no están cubiertos? 3. ¿Qué garantiza el seguro? 3.1 Defensa y reclamación del contrato de 5. ¿Qué alcance tiene el seguro? arrendamiento 3.2 Defensa de otros seguros 6. ¿Cuáles son los límites del seguro? 3.3 Defensa de la responsabilidad penal 7 ¿Qué pagos no están cubiertos? 3.4 Reclamación de daños de origen extra- contractual 8. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué 3.5 Reclamación en contratos de servicios información es necesaria sobre el de reparación o mantenimiento de las insta- riesgo? laciones 3.6 Defensa de derechos relativos a la 9. ¿Cuándo se abonan las primas? vivienda 3.7 Asistencia jurídica telefónica 10. ¿Qué debe entenderse por sinies- tro? 3.8. Impago de alquileres 3.8.1 Pago de la prestación de rentas 11. ¿Cuándo se entenderá producido un siniestro? 3.8.2 Pago de la prestación de suministros 3.8.3 Pago de gastos ocasiona- dos por la 12. ¿Cuándo y cómo debe declararse limpieza de la vivienda el siniestro? 3.9 Pérdida de alquileres por incendio 13. ¿Cómo se tramita el siniestro? 3.10 Actos vandálicos 7 [Seite 8] Condiciones Generales 14. ¿Qué hacer en caso de desave- el Consorcio de Compensación de nencia sobre la tramitación? Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios 15. ¿Cómo se efectúa la elección de acaecidos en España en seguros abogado y procurador? de daños en los bienes y en los de responsabilidad civil en vehículos 16. ¿Cuál es el límite para el pago de terrestres automóviles honorarios profesionales? 25. Quejas y reclamaciones 17. ¿Existe subrogación? 18. ¿Puede el asegurado aceptar transacciones? 19. ¿Cuál es la extensión territorial del seguro? 20. ¿Cuál es la duración del seguro? 21. ¿Cómo se solucionan los posibles conflictos entre las partes? 22. ¿Cómo se efectúan las comunica- ciones entre las partes? 23. ¿Cuándo prescriben las acciones derivadas del seguro? 24. Cláusula de indemnización por 8 [Seite 9] Condiciones Generales Condiciones generales 1. ¿Cuál es el objeto de este seguro? 3. ¿Qué garantiza el seguro? El objeto principal de este seguro es prestar al Las coberturas de posible contratación se Asegurado la defensa jurídica de sus derechos relacionan y se describen en los artículos e intereses, tanto en relación con el contrato siguientes, siendo únicamente contratadas las de alquiler de temporada en el que ostenta especificadas en las Condiciones Particulares la condición de parte arrendadora, como en de la póliza. relación con la vivienda alquilada mediante dicho contrato y que debe constar designada 3.1. Defensa y reclamación del contrato de en las Condiciones Particulares de la póliza. arrendamiento Por ello, por el presente Contrato de Seguro, ARAG ARAG garantiza, hasta el límite indicado en se obliga, dentro de los límites establecidos las Condiciones Particulares, la defensa o en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de reclamación de los derechos del Asegurado, los gastos en que pueda incurrir el Asegurado tanto en vía amistosa como en vía judicial, en como consecuencia de su intervención en un los conflictos directamente relacionados con procedimiento administrativo, judicial o arbitral, el contrato de arrendamiento, en vigor, de la y a prestarle los servicios de asistencia jurídica vivienda identificada en la póliza. judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro. Esta cobertura comprende la reclamación de las rentas debidas, así como de ARAG Alquiler También podrá ser objeto del seguro la de temporada 11 las cantidades a ellas asimila- prestación de determinados servicios o el pago das (suministros, cuotas comunitarias, etc.), que de los mismos, relacionados con las coberturas figuren en el contrato de alquiler. de la póliza. Asimismo, se garantizan los juicios de desahucio por falta de pago, por finalización el contrato o 2. ¿A quién se asegura por esta póliza? por obras no consentidas cuando el Asegurado sea demandante. Se asegura a la persona arrendadora de la vivienda detallada en las Condiciones Si, en el supuesto de reclamación de rentas Particulares de la póliza que, siendo legítima impagadas, el Asegurado ya hubiera recupe- propietaria o usufructuaria, la alquile en virtud rado la posesión efectiva de la vivienda de su de un contrato de alquiler de temporada. propiedad, pero quisiera cambiar la cerradura de la puerta de entrada a la misma, ARAG asu- En caso de transmisión del inmueble asegurado, mirá el importe de la cerradura hasta el límite el nuevo adquirente no podrá subrogarse en indicado en las Condiciones Particulares de la los derechos y obligaciones derivados del póliza. contrato de seguro suscrito con ARAG, de los que era titular el anterior propietario, salvo En aquellos casos en que para recuperar la pose- autorización expresa del Asegurador. sión efectiva de la vivienda resulte necesario lle- var a cabo la diligencia judicial de lanzamiento, 9 [Seite 10] Condiciones Generales ARAG asumirá tanto el importe de la cerradura Quedan excluidos los hechos voluntariamente como los gastos de la mano de obra derivados causados por el Asegurado o aquellos en que, del cambio de la misma, hasta el límite indicado según sentencia judicial firme, concurra dolo o en las Condiciones Particulares de la póliza. culpa grave por parte de éste. 3.2. Defensa de otros seguros Asimismo, se garantiza la constitución, en los ARAG garantiza, hasta el límite indicado en las procesos penales amparados por la póliza, de Condiciones Particulares, la defensa o recla- las fianzas exigidas al Asegurado, para: mación de los intereses del Asegurado, tanto 1. Obtener su libertad provisional. por vía amistosa como judicial, en caso de 2. Responder del pago de las costas ju diciales, incumplimiento contractual de otras Asegura- con exclusión de indemnizaciones y multas. doras privadas, distintas a ARAG, y del Con- sorcio de Compensación de Seguros, al objeto 3.4. Reclamación de daños de origen extrac- de hacer efectivos los derechos que en gene- ontractual. ral se deriven de las pólizas de seguro en vigor ARAG garantiza, hasta el límite indicado en durante el tiempo de validez del presente con- las Condiciones Particulares, la reclamación trato, que tenga concertadas o de las que sea al tercero responsable identificable, tanto por beneficiario en relación con la vivienda desig- vía amistosa como judicial, de los daños oca- nada en esta póliza. sionados a la vivienda designada en la póliza y a las cosas muebles, ubicadas en su interior, El incumplimiento contractual garantizado se propiedad del Asegurado, incluso los causa- produce no sólo por la actuación expresa de dos dolosamente, siempre que no sean con- la Aseguradora, sino también por la omisión secuencia del incumplimiento de una relación tácita de su obligación de reparar el daño o contractual específica entre el Asegurado y el indemnizar su valor, en el plazo máximo de tres responsable de los daños, sin perjuicio de las meses desde la producción del siniestro. En este garantías “Defensa y reclamación del contrato último supuesto ARAG garantiza también la rec- de arrendamiento”, “Defensa de otros seguros” lamación, previa justificación documental por y “Reclamación en contratos de servicios de el Asegurado de haber declarado el siniestro reparación o mantenimiento de las instalacio- dentro de plazo y haber reclamado, de forma nes”. fehaciente y sin resultado satisfactorio, sus daños. 3.5. Reclamación en contratos de ser- vicios de reparación o mantenimiento de las insta- Incluye esta cobertura el pago de los honora- laciones rios por los peritajes contradictorios previstos ARAG garantiza, hasta el límite indicado en las en dichas pólizas de seguro, en la parte que en Condiciones Particulares, la reclamación por ellas se fije a cargo del Asegurado. incumplimiento de los contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instala- 3.3. Defensa de la responsabilidad penal. ciones de la vivienda alquilada y designada en ARAG garantiza, hasta el límite indicado en la póliza, tanto por vía amistosa como judicial, las Condiciones Particulares, la defensa de cuando el pago de tales servicios corresponda la responsabilidad penal del Asegurado, como íntegramente y haya sido satisfecho por el arrendador de la vivienda descrita en el con- Asegurado. trato. 10 [Seite 11] Condiciones Generales 3.6. Defensa de derechos relativos a la así como de la forma en que mejor puedan vivienda defenderse. ARAG garantiza, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares, la defensa de los Esta información jurídica se prestará a través derechos del Asegurado como propietario o del número de teléfono que, a tal efecto, se usufructuario de la vivienda designada en la facilitará al Asegurado. póliza. La garantía comprende: 3.8. Impago de alquileres: a) La reclamación a sus vecinos, situados Como complemento a las garantías de defensa a distancia no superior a 100 metros, jurídica contempladas en este condicionado por infracción de normas ARAG Alquiler de general, a continuación, se prevén las temporada 13 legales relativas a emanaciones siguientes prestaciones, en concepto de de humos o gases, higiene, ruidos persistentes adelantos, por las pérdidas económicas y actividades molestas, nocivas o peligrosas. sufridas por el arrendador. b) La defensa y reclamación de sus intereses Obligación de reembolso en los conflictos con sus vecinos, situados El Asegurado, una vez percibido de ARAG a distancia no superior a 100 metros, por cualquier prestación garantizada en esta cuestiones de servidumbres de paso, luces, póliza, deberá prestar al mismo toda la vistas, distancias, lindes y medianerías. colaboración necesaria para que ARAG pueda ejercer los derechos y acciones previsto en el c) La defensa y reclamación de sus intereses artículo 43 de la Ley de contrato de Seguro, frente a la comunidad de propietarios del reclamando tal importe al deudor. inmueble en que se halle la vivienda, siempre que esté al corriente de pago de las cuotas A su vez, como quiera que el seguro no puede legalmente acordadas. ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado, éste tiene la obligación de d) La defensa de su responsabilidad penal en devolver a ARAG todas aquellas prestaciones los procesos que se le sigan como miembro de percibidas en virtud de esta garantía si, judicial la junta de copropietarios del inmueble. o extrajudicialmente, le son satisfechos por el inquilino deudor o por cualquier otra persona Quedan excluidos de todas las coberturas en nombre de éste. de este artículo, los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que, También tendrá el Asegurado la misma según sentencia judicial firme, concurra dolo o obligación de devolver a ARAG si éste decidiera culpa grave por parte de éste. desistir unilateralmente de su reclamación frente al arrendatario, sin consentimiento de 3.7. Asistencia jurídica telefónica ARAG, o si recayera sentencia en la que se ARAG pondrá a disposición del Asegurado un desestimara la reclamación de las cuantías abogado, para que le informe telefónicamente, del asegurado adelantadas por ARAG. en prevención de cualquier litigio, en el marco de la legislación y jurisdicción española, sobre 3.8.1 Pago de la prestación de rentas: el alcance de los derechos que, con carácter Teniendo en cuenta el momento de general, le asistan en su calidad de arrendador, comunicación del siniestro, ARAG asumirá, 11 [Seite 12] Condiciones Generales hasta el 100% de la Suma Asegurada vigente devengarse desde el primer mes de impago, en el momento de producirse el siniestro, y salvo en el supuesto en el que exista franquicia, sin que pueda superarse el límite máximo en cuyo caso, la franquicia a cargo del de mensualidades de renta aseguradas asegurado será aplicada a partir del primer indicada en las Condiciones Particulares de mes impagado. la póliza, el impago del alquiler por parte del inquilino y /o aquellas cuantías asimiladas b. Si el impago se comunica a ARAG con más a rentas que el Asegurado deja de percibir, de 60 días, el devengo de la prestación del reclamables al inquilino, en los casos en que, adelanto de impago de rentas empezará el finalizado el contrato de arrendamiento, éste mes en el que se comunicó el siniestro a ARAG, no abandone la vivienda, siempre que el origen salvo en el supuesto en el que exista fran- del incumplimiento tenga lugar durante la quicia, en cuyo caso, ésta será aplicada a los vigencia de la póliza, y de conformidad con las impagos de rentas que se devenguen desde condiciones que se estipulan a continuación la comunicación del siniestro. para el pago de la prestación: En ambos supuestos, el cómputo de los 60 Franquicia: días empezará desde el día siguiente en el que En esta garantía, la franquicia será el importe se entiende incumplida la obligación de pago indicado en las condiciones particulares de la por parte del inquilino. póliza. Si desde la comunicación del siniestro no ¿Cómo se aplica la Franquicia? fuera posible presentar la demanda de De haber sido contratada la póliza con una desahucio en el plazo de 2 meses, por franquicia, ésta será aplicada de la siguiente causas no imputables a ARAG, el derecho manera: a la prestación de adelanto de impago de a. La franquicia será aplicada desde el primer rentas nacerá desde la presentación de la impago. demanda, salvo que exista franquicia. En b. Si desde la comunicación del siniestro a ARAG cuyo caso, la franquicia será aplicada a los y el primer impago han transcurrido más de 60 impagos de rentas que se devenguen desde días, el importe de la franquicia será aplicada a la presentación a la demanda. los impagos de rentas que se devenguen desde la comunicación del siniestro. ¿Cuándo finaliza la prestación de adelanto de impago de rentas? ¿Cuándo nace el derecho a la prestación de Una vez instado el procedimiento de adelanto por impago de rentas? desahucio y reclamación de rentas, la prestación finalizará tan pronto tenga El inicio del devengo de la prestación lugar cualquiera de los tres supuestos que vendrá determinado por el momento de la a continuación se detallan, el que ocurra comunicación, a ARAG, del primer impago primero: ocurrido durante la vigencia de la póliza y de la fecha de presentación de la demanda. Así a. Cuando el Asegurado recupere la posesión pues: del inmueble, mediante la entrega de las a. Si el primer impago se comunica a ARAG llaves por parte del arrendatario o mediante con un máximo de 60 días, la prestación del acto de lanzamiento, dejando la vivienda adelanto de impago de rentas empezará a desocupada y a disposición del Asegurado. 12 [Seite 13] Condiciones Generales b. Cuando se agote el límite máximo de una vez deducida si procede la franquicia, en mensualidades aseguradas. el momento en que se presente demanda de reclamación de rentas impagadas instada c. Cuando se enerve la acción por parte del contra el inquilino moroso. inquilino o el arrendador. Exclusiones específicas Si el día de la recuperación del inmueble no Se excluye expresamente la aplicación de coincide con el último día del mes natural, el esta garantía cuando el impago de la renta de cálculo del importe del adelanto de rentas alquiler sea: de este último mes se efectuará de manera a) Legitimado por disposición de una autoridad proporcional a una renta asegurada completa. legal. b) Consecutivo a acuerdos de carácter general ¿Cuándo se pagará la prestación? adoptados por una asamblea u organismo El Adelanto de impago de rentas, sólo podrá representativo de los inquilinos. ser solicitado por el Asegurado cuando se c) Consecuencia de un incendio, explosión, haya iniciado el procedimiento de desahucio daños por agua, robo o cualquier daño que y reclamación de rentas, frente al inquilino. afecte a la solidez del inmueble. d) Consecuencia de un conflicto entre la Existen 2 posibles supuestos: arrendadora y el inquilino anterior al efecto del seguro. I. Adelanto de rentas Mensual: e) Las rentas pendientes si la entrega de llaves Una vez presentada la demanda de desahucio, o recuperación de la vivienda es anterior a la ARAG realizará un primer pago adelantando declaración del siniestro. las rentas impagadas y vencidas, desde el momento en el que nació el derecho a la 3.8.2 Pago de la prestación de suministros prestación de adelanto por impago de rentas Siempre que se hubiera tramitado un siniestro y hasta el momento de presentación de con cargo a las garantías “Defensa y demanda. Tras este primer pago, ARAG reclamación del contrato de arrendamiento” procederá a adelantar, mensualmente, las y “Pago de la prestación de rentas” de rentas impagadas y vencidas que se vayan esta póliza y, como consecuencia de ello, el devengando, hasta que concurra uno de los Asegurado hubiera sido indemnizado por ARAG supuestos que determina la finalización de la en concepto de rentas vencidas e impagadas, prestación, anteriormente expuestos. ARAG abonará al Asegurado, en caso de que el inquilino también hubiera incumplido con lo II. Recuperación de la posesión previa a pactado en el contrato de alquiler en lo que se interposición de demanda de desahucio: refiere al pago de suministros de agua, luz o gas, En el caso que, una vez comunicado el siniestro uno de los siguientes importes, hasta el límite a ARAG, y de manera previa a la interposición indicado en las Condiciones Particulares: de la demanda de desahucio, se produjera la recuperación de la posesión de la vivienda - El de la deuda pendiente de los suministros asegurada con la entrega de las llaves por parte impagados por el inquilino. del inquilino, dejando la vivienda desocupada - El que suponga realizar un cambio de y a disposición del Asegurado, ARAG abonará titularidad en el contrato de suministros o una al Asegurado las rentas vencidas e impagadas nueva alta en la compañía de suministros. con un máximo de dos mensualidades de renta, 13 [Seite 14] Condiciones Generales Las indemnizaciones por estos conceptos producido con anterioridad al efecto de la tienen carácter excluyente entre sí, por lo póliza. que si el Asegurado ha sido indemnizado e) Los suministros pendientes, si la entrega de con el importe de la deuda pendiente de los llaves o recuperación de la vivienda es anterior suministros no podrá ser indemnizado también a la declaración del siniestro. con el importe que suponga realizar un cambio de titularidad en el contrato de suministros o 3.8.3 Pago de gastos ocasionados por la lim- una nueva alta en la compañía de suministros, pieza de la vivienda y viceversa. Siempre que se hubiera tramitado un siniestro con cargo a las garantías “Defensa y El Asegurado deberá justificar el perjuicio reclamación del contrato de arrendamiento” sufrido a consecuencia del impago de y “Pago de la prestación de rentas” de suministros por parte del inquilino mediante esta póliza y, como consecuencia de ello, el los documentos y/o recibos que acrediten Asegurado hubiera sido indemnizado por ARAG que se ha hecho cargo de los importes que en concepto de rentas vencidas e impagadas, éste dejó a deber, o de los gastos derivados ARAG reintegrará al Asegurado, hasta el límite del cambio de titularidad en el contrato de indicado en las Condiciones Particulares, los suministros o de la nueva alta en la compañía gastos de limpieza para la puesta a punto de la de suministros. vivienda que estaba alquilada y cuya posesión ha recuperado. Los impagos de suministros causados por un mismo inquilino serán considerados, a los Para que se le reintegren dichos gastos, el efectos de esta garantía, como un siniestro Asegurado deberá acreditar haberlos abon- único, aunque se produzcan en fechas ado a través de las correspondientes facturas distintas. y recibos. El Asegurado, una vez percibida la 3.9. Pérdida de alquileres por incendio. indemnización, deberá prestar a ARAG toda Por esta garantía y como compensación al la colaboración necesaria para que ésta perjuicio económico sufrido por el Asegurado pueda reclamar al inquilino el importe de derivado de haber dejado de percibir las rentas las cantidades satisfechas en virtud de esta mensuales pactadas en el contrato de arren- garantía. damiento al haber tenido que rescindir forzo- samente el mismo como consecuencia directa Exclusiones específicas: de haber sido declarada la vivienda objeto de Se excluye expresamente la aplicación de esta arrendamiento como totalmente inhabitable, a garantía cuando: causa de los daños materiales ocasionados en a) El impago sea de suministros distintos a la misma, por un incendio, por una explosión o agua, luz o gas. por la caída de un rayo, ARAG adelantará medi- b) La obligación del pago de los suministros no ante el abono mensual al Asegurado, hasta el figure a cargo del inquilino en el contrato de límite indicado en las Condiciones Particula- alquiler. res, un importe equivalente al de la renta men- c) El impago de los suministros que se haya sual pactada en el contrato de arrendamiento producido con posterioridad a la recuperación durante el período en que la vivienda esté con- de la vivienda por parte del Asegurado. siderada como totalmente inhabitable, siem- d) El impago de los suministros se haya pre que la restitución de las condiciones de 14 [Seite 15] Condiciones Generales habitabilidad no sean demoradas por causas 3.10. Actos vandálicos imputables al Asegurado. Como complemento a las garantías de defensa jurídica contempladas en este condicionado El Asegurado, una vez percibido de ARAG general, a continuación, se prevén las siguien- la prestación por pérdida de alquileres por tes prestaciones en concepto de adelantos, por incendio, deberá prestar al mismo toda la las pérdidas económicas sufridas por el arren- colaboración necesaria para que ARAG pueda dador. ejercer los derechos y acciones previsto en el artículo 43 de la Ley de contrato de Seguro, El Asegurado, una vez percibido de ARAG pres- reclamando tal importe al deudor y compro- taciones por las garantías de actos vandálicos, metiéndose el Asegurado, a la devolución a deberá prestar al mismo toda la colaboración ARAG de todas aquellas prestaciones percibi- necesaria para que ARAG pueda ejercer los das en virtud de las garantías de esta póliza, si derechos y acciones previsto en el artículo 43 judicial o extrajudicialmente le son satisfechos de la Ley de contrato de Seguro, reclamando por el inquilino deudor o por cualquier otra tal importe al deudor y comprometiéndose el persona en nombre de éste, no pudiendo ser Asegurado, a la devolución a ARAG de todas el presente contrato de seguro objeto de enri- aquellas prestaciones percibidas en virtud de quecimiento injusto para el asegurado. las garantías de esta póliza, si judicial o extra- judicialmente le son satisfechos por el inqui- El grado de inhabitabilidad de la vivienda y el lino deudor o por cualquier otra persona en período de duración de la misma serán deter- nombre de éste, no pudiendo ser el presente minados por el perito de la compañía. contrato de seguro objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado. Las obligaciones asumidas por ARAG en vir- tud de la presente garantía finalizarán en el También tendrá el Asegurado la misma obli- momento en que tenga lugar el primero de los gación de devolver las prestaciones a ARAG si siguientes eventos: éste decidiera desistir unilateralmente de su reclamación frente al arrendatario, sin con- a) Transcurran 12 meses desde que la vivienda sentimiento de ARAG, o si recayera sentencia haya sido declarada por el perito de la com- en la que se desestimara la reclamación de las pañía como totalmente inhabitable. cuantías del asegurado, habiendo sido ade- lantadas por ARAG. b) Se alcance la cuantía máxima total asegu- rada indicada en las condiciones particulares, 3.10.1 Actos vandálicos al continente. en concepto de pagos efectuados al Asegu- Siempre que el siniestro de lugar a un proce- rado, con independencia del número de meses dimiento de desahucio con cargo a las garan- transcurridos desde que la vivienda haya sido tías “Defensa y reclamación del contrato de declarada por el perito de la compañía como arrendamiento” y “Pago de la prestación de totalmente inhabitable y del número de rentas rentas” de esta póliza y, como consecuencia mensuales que dicha cuantía máxima repre- de ello, el Asegurado hubiera sido indemni- sente. zado por ARAG en concepto de rentas venci- das e impagadas, ARAG asumirá hasta el 100% c) El momento en que la vivienda haya sido de la Suma Asegurada, a Valor de Nuevo, los reparada y deje de ser totalmente inhabitable. deterioros inmobiliarios y/o el robo del conti- nente de la vivienda asegurada, causados por 15 [Seite 16] Condiciones Generales el inquilino como consecuencia de actos de 3.10.2 Actos vandálicos al contenido vandalismo o malintencionados y que se cons- Siempre que el siniestro de lugar a un proce- taten tras su desalojo o marcha de la vivienda, dimiento de desahucio con cargo a las garan- comparando el estado de los mismos con aquel tías “Defensa y reclamación del contrato de en que se encontraba cuando el inquilino for- arrendamiento” y “Pago de la prestación de malizó el contrato de arrendamiento. rentas” de esta póliza y, como consecuencia de ello, el Asegurado hubiera sido indemni- A los efectos de esta garantía, se considerarán zado por ARAG en concepto de rentas venci- como continente, únicamente, aquellos bienes das e impagadas, ARAG asumirá hasta el 100% que consten específicamente detallados en de la suma asegurada, a valor de nuevo los el apartado de definiciones contemplada en daños por actos vandálicos al contenido de la esta póliza. vivienda alquilada, designada en las Condi- ciones Particulares y que figure inventariado Franquicia: Se establece en esta garantía y definido en el contrato de alquiler, causa- una franquicia a cargo del Asegurado de 300 dos por el inquilino como consecuencia de euros por siniestro, siendo por cuenta de ARAG, actos de vandalismo o malintencionados, que hasta el límite garantizado, el exceso sobre tal se constaten tras su desalojo o marcha de la franquicia. vivienda, comparando el estado del conte- nido con aquel en que se encontraba cuando Exclusiones específicas: el inquilino formalizó el contrato de alquiler de Se excluyen expresamente de la garantía los temporada. deterioros inmobiliarios de los bienes asegura- dos, derivados de: Franquicia: Se establece en esta garantía a) Su uso y desgaste paulatino. una franquicia a cargo del Asegurado de 300 b) Defecto propio. euros por siniestro, siendo por cuenta del ARAG, c) Vicio de construcción. hasta el límite garantizado, el exceso sobre tal d) Su defectuosa conservación. franquicia. e) Daños o gastos de cualquier naturaleza ocasionados como consecuencia de pinta- Exclusiones específicas: das accidentales, rascadas, arañazos, raya- a) Daños al contenido que no estén inventa- das, raspaduras, pegado de carteles y hechos riados y detallados en contrato de arrenda- análogos, a excepción de los grafitis, enten- miento. diendo como tal la firma, texto o composición b) Robo y/o apropiación indebida de los obje- pictórica realizados de manera voluntaria, tos inventariados sobre una pared u otra superficie resistente. c) Defecto propio o defectuosa conservación. f) También quedan excluidos los trabajos d) Daños o gastos de cualquier naturaleza habitualmente necesarios para mantener en ocasionados como consecuencia de pinta- uso los bienes. das accidentales, rascadas, arañazos, raya- g) La rotura de cristales, espejos y lunas. das, raspaduras, pegado de carteles y hechos h) El hurto. análogos, a excepción de los grafitis, enten- diendo como tal la firma, texto o composición No se considerarán como continente, aquellos pictórica realizados de manera voluntaria, bienes que no consten específicamente detal- sobre una pared u otra superficie resistente. lados en la definición de continente. e) Los trabajos habitualmente necesarios para mantener en uso los bienes. 16 [Seite 17] Condiciones Generales f) La rotura de cristales, espejos y lunas urbanismo, concentración parcelaria y expro- piación. 4. ¿Qué siniestros no están cubiertos? 7. Hechos que se declaren después de trans- currir dos años desde la fecha de rescisión o Con independencia de las exclusiones especí- extinción de este contrato y aquellos cuyo ori- ficas de cada garantía, no quedan cubiertos gen o primera manifestación se haya produ- por esta póliza los siniestros derivados de: cido antes de la fecha de efecto de la póliza. 1. Hechos voluntariamente causados por el 8. Los contratos de arrendamiento siguientes: Asegurado o en los que, según sentencia judi- a) De locales. cial firme, concurra dolo o culpa grave por b) De naves industriales. parte de éste. c) Rústicos. d) De vivienda cuyo destino primordial sea 2. Guerra civil o internacional, haya o no satisfacer la necesidad permanente de mediado declaración oficial, invasión, fuerza vivienda del arrendatario. militar, sedición, motín o tumulto popular, e) De temporada efectuados en fraude de ley. atentados con fines políticos o sociales, huel- Es decir, cuando el destino real de la vivienda gas, cierres patronales, alborotos populares y alquilada no sea el de satisfacer una nece- terrorismo. sidad concreta y temporal de vivienda del arrendatario sino una necesidad permanente. 3. Erupción volcánica, terremotos, temblor, f) De viviendas secundarias. asentamiento, hundimiento, desprendimiento g) Sobre viviendas que carezcan de las condi- o corrimiento de tierras, huracán, tromba, ciones legales de habitabilidad. marea, oleaje, inundación, contaminación, h) De subarrendamiento parcial de la vivienda. polución o corrosión, deslizamientos o corri- mientos del terreno. 9. Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los Asegurados en esta póliza y la rec- 4. Reacción o radiación nuclear, alteraciones lamación del Asegurado contra ARAG. genéticas, contaminación radiactiva, cual- 10. Hechos cuya cobertura corresponda al quiera que sea la causa que la produzca, y Consorcio de Compensación de Seguros, aun las pérdidas de valor o de aprovechamiento cuando dicho Organismo no admita la efecti- a consecuencia de ello, así como los gastos vidad del derecho del Asegurado por incum- de descontaminación, búsqueda o recupera- plimiento de alguna de las normas estableci- ción de los isótopos radiactivos de cualquier das en el Reglamento y disposiciones vigentes naturaleza y aplicación, a consecuencia de un en la fecha de ocurrencia del siniestro. siniestro amparado por la póliza. 11. Hechos calificados por el Gobierno como 5. El proyecto, construcción, transformación “catástrofe o calamidad nacional”. o derribo del inmueble o instalaciones donde se halle ubicado el riesgo, así como los origi- 12. Posibles diferencias entre los daños pro- nados por canteras, explotaciones mineras e ducidos y las cantidades indemnizadas por el instalaciones fabriles. Consorcio de Compensación de Seguros. 6. Los procedimientos judiciales en materia de 13. Los perjuicios y pérdidas indirectas de 17 [Seite 18] Condiciones Generales cualquier clase que se produzcan con ocasión salvo en el supuesto de que el siniestro haya del siniestro. sido causado por mala fe del Asegurado. 14. Los gastos de mudanza o de guardamue- bles. 6.¿Cuáles son los límites del seguro? ARAG asumirá los gastos reseñados, dentro de 5. ¿Qué alcance tiene el seguro? los límites establecidos y hasta la cantidad máxima contratada para cada caso y que se ARAG garantiza los gastos siguientes: determinan en estas Condiciones Generales y en las Particulares de la póliza. 1. Las tasas, derechos y costas judiciales deri- vadas de la tramitación de los procedimientos Asimismo, y dentro de los límites establecidos cubiertos. en la póliza, ARAG también se hará cargo de los gastos derivados del procedimiento de media- 2. Los gastos en que puedan incurrir los Ase- ción cubierto. En caso de que en el procedi- gurados como consecuencia de su intervención miento de mediación no se llegue a un acuerdo en un procedimiento de mediación, siempre que entre las partes y, debido a ello, el Asegurado dicho procedimiento derive de un hecho garan- acuda a un procedimiento judicial, los gastos tizado en la póliza y se encuentre comprendi- de los profesionales que hayan intervenido en do dentro del ámbito de aplicación de la Ley el procedimiento de mediación se deducirán 5/2012 de 6 de julio, de mediación en asuntos del límite de gastos previsto en las Condicio- civiles y mercantiles. nes Generales y Particulares de este seguro para el resto de los procedimientos cubiertos. 3. Los honorarios y gastos de abogado. 4. Los derechos y suplidos de procurador, 7. ¿Qué pagos no están cubiertos? cuando su intervención sea preceptiva. No están cubiertos por la póliza: 5. Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, 1. Las indemnizaciones e intereses de ellas requerimientos y demás actos necesarios para derivados y las multas o sanciones que se la defensa de los intereses del Asegurado. impusieran al Asegurado. 2. Los impuestos u otros pagos de carácter 6. Los honorarios y gastos de peritos necesarios. fiscal dimanantes de la presentación de docu- mentos públicos o privados ante los Organis- 7. Asimismo, se garantiza la constitución, en los mos oficiales. procesos penales amparados por la póliza, de 3. Los gastos que procedan de una acumula- las fianzas exigidas al Asegurado, para: ción o reconvención judicial, cuando se refie- ran a materias no comprendidas en las cober- • Obtener su libertad provisional. turas garantizadas. • Responder del pago de las costas judiciales, 4. Cualquier gasto que no esté expresamente con exclusión de indemnizaciones y multas. garantizado en la presente la póliza. ARAG estará obligada al pago de la prestación, 18 [Seite 19] Condiciones Generales 8. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué listas que pueda sufrir el contrato de alquiler asegurado; O el hecho de pasar a adquirir información es necesaria sobre el la condición de Gran Tenedor, en virtud de la riesgo? legislación vigente. Esta información puede influir en la valoración del riesgo asumido por El Tomador del seguro y/o el Asegurado tiene el ARAG y, por tanto, puede afectar a la prima: deber de declarar a ARAG, antes de la formal- ización del contrato y de acuerdo con el cues- Renta de alquiler, renta mensual asegurada, y tionario que se le facilite, todas las circunstan- regla de equidad cias por él conocidas que puedan influir en la valo- ración del riesgo. Quedará exonerado de El importe de la renta mensual declarado por tal deber si ARAG no le somete a cuestionario o el Asegurado e indicado en las Condiciones cuando, aun sometiéndolo, se trate de circuns- Particulares de la póliza (renta mensual ase- tancias que puedan influir en la valoración del gurada), es uno de los valores que ARAG utiliza riesgo y que no estén comprendidas en él. para calcular la prima del presente contrato de seguro, y debería coincidir en todo momento Los datos que el Tomador haya facilitado en la con la renta de alquiler real que el Asegurado solicitud de seguro constituyen la base de este esté cobrando al inquilino ARAG, en las presta- contrato. ciones que impliquen un adelanto de rentas, sólo estará obligada a indemnizarle en base Si el contenido de la presente póliza difiere de a la renta mensual asegurada. Por tanto, si la la solicitud del seguro o de las cláusulas acor- renta mensual asegurada fuera inferior a la dadas, el Tomador podrá reclamar a ARAG en el renta de alquiler real que el Asegurado estu- plazo de un mes, a contar desde la entrega de viera cobrando del inquilino, resultará de apli- la póliza, para que subsane la divergencia exis- cación la REGLA DE EQUIDAD, que supondrá tente. Transcurrido este plazo sin efectuar- se la la reducción proporcional de la prestación o reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. indemnización teniendo en cuenta la diferencia entre la prima pagada y la que se debió pagar A su vez, durante la vigencia del contrato, en función de la renta de alquiler real. el Tomador deberá comunicar a ARAG, tan pronto como le sea posible, la alteración de De existir mala fe por parte del Asegurado, los factores y las circunstancias declaradas ARAG no estará obligada a llevar a cabo la en el cuestio- nario al que se hace mención en prestación ni/o a abonar la indemnización. este artículo que agraven el riesgo y sean de tal naturaleza que, si hubieran sido conocidas Cambios en inquilinos y/o avalistas. por ARAG en el momento de la perfección del El Tomador o el Asegurado deberán, a su vez, contrato, no lo habría concluido o lo habría informar a ARAG en caso de que cualquiera de hecho en condi- ciones más gravosas. los inquilinos que figuren en el contrato de alqui- ler y que constan identificados en las Condicio- Mención especial debe llevarse a cabo en nes Particulares de la póliza, se desvincule del relación a la obligación del Asegurado a faci- contrato. litar toda clase de información relativa a los incrementos de la renta de alquiler que expe- Asimismo, en caso de que en el contrato de rimente el contrato de arrendamiento ase- alquiler hubiera un avalista personal y solida- gurado; Los cambios de inquilinos y/o ava- rio, el Tomador o el Asegurado también debe- 19 [Seite 20] Condiciones Generales rán comunicar a ARAG, en caso de producirse, vas a sus vencimientos. su desvinculación del contrato o la modifica- ción de las condiciones en que avala el cumpli- Salvo pacto en contra, el abono de la prima miento de las obligaciones del inquilino. se efectuará en el domicilio del Tomador del seguro. Consecuencias del incumplimiento del deber de información por parte del Asegurado: En caso de impago de la primera prima, no comenzarán los efectos de la cobertura y ARAG En caso de incumplimiento del deber de infor- podrá resolver el contrato o exigir su pago. El mación del Asegurado o conocida la inexacti- impago de las anualidades sucesivas produ- tud de la declaración del Tomador o del Ase- cirá, una vez transcurrido un mes desde su ven- gurado, ARAG podrá rescindir el contrato en el cimiento, la suspensión de las garantías de la plazo de un mes, a contar desde el momento póliza. en que conozca la reserva o inexactitud de la declaración del Tomador, o bien, podrá propo- En todo caso, la cobertura tomará efecto a las ner, en el plazo de dos meses, la modificación 24 horas del día en que el Tomador pague la del contrato, con el oportuno incremento de prima. prima. ARAG puede reclamar el pago de la prima pen- En caso de siniestro, si el Tomador o el Asegu- diente en el plazo de seis meses, a contar desde rado no hubiera declarado el riesgo real o su la fecha de su vencimiento. Transcurrido dicho agravación, será de aplicación la correspon- plazo sin producirse la reclamación, la póliza diente REGLA DE EQUIDAD, que supondrá queda anulada desde la fecha del vencimiento. la reducción proporcional de la prestación o indemnización teniendo en cuenta la diferen- cia entre la prima pagada y la que se debió 10. ¿Qué debe entenderse por siniestro? pagar en función de la renta de alquiler real. De existir mala fe por parte del Tomador o Se entiende por siniestro todo hecho o el Asegurado, ARAG no vendrá obligado a la acontecimiento imprevisto, que cause lesión prestación. en los intereses del Asegurado o modifique su situación jurídica, producido estando en vigor Por el contrario, si se produce una disminución la póliza y que dé lugar al cumplimiento de las del riesgo, el Tomador tiene derecho, a partir prestaciones garantizadas. de la siguiente anualidad, a la reducción del importe de la prima en la proporción corre- Tratándose de hechos que tengan una misma spondiente. causa serán considerados, a los efectos del seguro, como un siniestro único. 9. ¿Cuándo se abonan las primas Los impagos de rentas y suministros, cubiertos y causados por un mismo inquilino, aunque El Tomador del seguro está obligado al pago se produzcan en fechas distintas, serán de la prima en el momento de la perfección del considerados, a los efectos del seguro, como contrato. un siniestro único. Las sucesivas primas deberán hacerse efecti- También se considerará como un solo siniestro, 20 [Seite 21] Condiciones Generales todos los daños por actos vandálicos cubiertos lugar durante la posesión de la vivienda e imputables a un mismo inquilino, con asegura- da por parte del inquilino, se tomará independencia de que hayan podido causarse como fecha de siniestro el momento en el que en fechas distintas. se produjo el primer impago que dio lugar al procedimiento de desahucio, siempre que el En las garantías de Defensa Jurídica de esta Asegurado, al recuperar la disponibilidad de póliza y para los supuestos de reclamación su vivienda, constate la existencia de los daños judicial de daños, en defecto de otra por actos vandálicos causados en el continente estipulación expresa, existe un mínimo litigioso y/o el contenido, por el inquilino. de 150,00 euros por siniestro. • En la garantía de Pérdida de alquileres por En las garantías de esta póliza, podrá existir incendio, se entenderá producido el siniestro un plazo de carencia que vendrá especificado en el momento en que tenga lugar el incendio, en las condiciones particulares. la explosión o la caída del rayo que causen la inhabitabilidad de la vivienda. 11. ¿Cuándo se entenderá producido un siniestro? 12. ¿Cuándo y cómo debe declararse el siniestro? Depende del caso de que se trate. Así: • En las garantías de Defensa Jurídica y en El Tomador del seguro o el Asegurado deberán litigios sobre materia contractual, se entenderá deberán comunicar a ARAG el acaecimiento del producido el siniestro en el momento en siniestro dentro del plazo máximo de 7 días que se inició o se pretende que se inició, el de haberlo conocido. Para los supuestos de incumplimiento de las normas contractuales. impago de alquileres, el plazo de la declaración se amplía a un máximo de 60 días de la fecha • En las infracciones penales y administrativas, de inicio del impago. en el momento en que se haya realizado o se pretenda que se ha realizado el hecho punible En caso de incumplimiento, ARAG podrá reclamar o sancionable. los daños y perjuicios causados por la falta de declaración y tendrá derecho a reducir sus • En los supuestos de reclamación por culpa no prestaciones en la proporción oportuna, por la contractual, en el momento mismo en que el falta de aminoración de las consecuencias del daño haya sido causado. siniestro por parte del Asegurado, teniendo en cuenta la importancia de los daños derivados de • En la garantía relativa al Impago de Alquileres tal omisión y el grado de culpa del Asegurado. (“Pago prestación de rentas”, “Pago prestación Si los riesgos garantizados por el presente de suministros” y “Pago gastos ocasionados contrato estuvieran cubiertos por otro seguro, por la limpieza del inmueble”), se entenderá el Tomador o Asegurado deberán comunicarlo producido el siniestro en el momento en que a ARAG en el momento de declarar el siniestro. se inició el impago de la renta por parte del inquilino. El Tomador del seguro o el Asegurado deberán, además, dar a ARAG toda clase de • En la garantía de Actos Vandálicos, si bien se informaciones sobre las circunstancias y entenderá que los actos vandálicos tuvieron consecuencias del siniestro. 21 [Seite 22] Condiciones Generales En caso de violación de estos deberes, la Asegurado. pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese Si el Asegurado decidiese acudir a la me- concurrido dolo o culpa grave. diación prevista en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles como método alternativo para la resolución 13. ¿Cómo se tramita el siniestro? del conflicto que le afecta, deberá comunicarlo a ARAG con anterioridad a la realización de la Una vez declarado y aceptado el sinies- tro, solicitud de inicio. ARAG prestará las garantías y asumirá, cuando corresponda, el pago de los gastos devengados ARAG se hará cargo de todos los gastos y por el Asegurado, de acuerdo con la naturaleza honorarios debidamente acreditados que y circunstancias del siniestro. deriven de la prestación de las coberturas de Defensa Jurídica contratadas, hasta el límite En cumplimiento de las coberturas de Defensa cuantitativo establecido en las Condiciones Jurídica contratadas en la póliza, siempre que Particulares del seguro, con sujeción, en todo fuera posible, ARAG llevará a cabo la gestión caso, a los límites previstos en el artículo 16 de un arreglo transaccional en vía amistosa o ¿Cuál es el límite para el pago de honorarios ex- trajudicial que reconozca las pretensiones profesionales? para el pago de honorarios o derechos del Asegurado. La reclamación profesionales. por dicha vía amistosa o extrajudicial corresponderá exclusivamente a ARAG. En aquellas garantías en las que resulte necesario llevar a cabo una valoración de Si la vía amistosa o extrajudicial no ofreciese los daños sufridos por el Asegurado, será resultado positivo aceptable por el Asegurado, necesario que éste, en el plazo de cinco días de conformidad con las expresas coberturas posteriores a la notificación del siniestro, contratadas se procederá a la tramitación por comunique la relación de los bienes dañados y vía judicial, siempre que lo solicite el interesado la estimación de los daños materiales sufridos. y no sea temeraria su pretensión, de una de las dos formas siguientes: Con el fin de adoptar cuantas medidas sean razonables para aminorar las consecuencias A) A partir del momento en que el Asegurado del siniestro, se confiere a ARAG el derecho se vea afectado por cualquier procedimiento de acceso a las propiedades en que se haya judicial, administrativo o arbitral, podrá ejercitar producido el siniestro. el derecho a la libre elección de profesionales que le representen y defiendan en el correspon- ARAG se personará, a la mayor brevedad diente litigio, acordando con los mismos las posible, en el lugar del siniestro, por medio de circunstancias de su actuación profesional e persona que designe, para llevar a cabo las informando de todo ello a ARAG. necesarias operaciones de comprobación de las causas y forma de ocurrencia del siniestro, B) En el supuesto de que el Asegurado no de las declaraciones formuladas y contenidas ejercitara su derecho a la libre elección de en la póliza o la declaración del siniestro y de profesionales y el trámite del procedimiento las pérdidas sufridas por los bienes objeto del exigiera su intervención, ARAG los designará seguro. en su lugar, siempre de conformidad con el 22 [Seite 23] Condiciones Generales El Asegurado no podrá hacer abandono total En las coberturas previstas en la presente o parcial de los bienes objeto del seguro, los póliza, cuando las circunstancias del riesgo cuales quedan a su cuenta y riesgo, incluyendo sean distintas de las conocidas por ARAG, el los que quedaron después del siniestro, no pago de los gastos garantizados se reducirá sólo intactos sino también deteriorados, así conforme a la regla de equidad establecida en como sus restos, y cuidando de que no se el artículo 7 ”¿Cómo se formaliza el seguro y produzcan nuevas destrucciones, deterioros qué información es necesaria sobre el riesgo? o desapariciones que, de ocurrir, quedarían a “, 0 siempre que la diferencia entre el importe cargo del Asegurado. real del alquiler de la vivienda asegurada y el que consta en la póliza o recibo del último En las garantías que supongan el pago de vencimiento sea superior al 10%. una prestación, ARAG se obliga a satisfacer la prestación garantizada al término de las Ningún miembro del personal de ARAG que se investigaciones y peritaciones necesarias ocupe de la gestión de siniestros de Defensa para establecer la existencia del siniestro, Jurídica, realizará actividades parecidas en anticipando el pago del importe mínimo dentro otros ramos o en otras Entidades que operen de los cuarenta días siguientes a la declaración. en ramos distintos del de Vida Si no existe acuerdo acerca del importe y forma de la indemnización dentro de los cuarenta días 14. ¿Qué hacer en caso de desavenencia a partir de la recepción de la declaración del siniestro, ambas partes se someterán al juicio sobre la tramitación? arbitral de Peritos en la forma prevista en la Ley, cuyo dictamen podrá ser impugnado Cuando ARAG, por considerar que no existen dentro del plazo de treinta días por ARAG y de posibilidades razonables de éxito, estime ciento ochenta días por el Asegurado. que no procede la iniciación de un pleito o la tramitación de un recurso, deberá comunicarlo Se entenderá que ARAG incurre en mora cuando al Asegurado. no hubiere cumplido su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro En caso de desavenencia, podrán las partes o no hubiere procedido al pago del importe acogerse al arbitraje previsto en el artículo mínimo de lo que pudiera deber dentro de 21“¿Cómo se solucionan los posibles conflictos los cuarenta días a partir de la recepción del entre las partes? “de estas Condiciones siniestro. Generales La indemnización por mora se impondrá de El Asegurado tendrá derecho, dentro de los oficio por el órgano judicial y consistirá en el límites de la cobertura concertada, al reem- pago de un interés anual igual al del interés bolso de los gastos habidos en los pleitos legal del dinero vigente en el momento en que y recursos tramitados en discrepancia con se devengue, incrementado en el 50%; estos ARAG, o incluso con el arbitraje, cuando, por intereses se considerarán producidos por días, su propia cuenta, haya obtenido un resultado sin necesidad de su reclamación judicial. No más beneficioso. obstante, transcurridos dos años desde la producción del siniestro, el interés anual no podrá ser inferior al 20%. 15. ¿Cómo se efectúa la elección de abogado y procurador? 23 [Seite 24] Condiciones Generales El Asegurado tendrá derecho a elegir libre- 16. ¿Cuál es el límite para el pago de mente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle, a partir del honorarios profesionales? momento en que se vea afectado por cualquier Sin perjuicio del límite cuantitativo de las procedimiento judicial, administrativo o arbitral coberturas de Defensa Jurídica de la póliza, amparado por la cobertura del seguro. que se establece en el artículo 5 “¿Cuáles son los límites del seguro?” de estas Condiciones Antes de proceder a su nombramiento, el Generales y expresamente en las Condiciones Asegurado comunicará a ARAG el nombre del Particulares del contrato, ARAG satisfará los abogado y procurador elegidos. ARAG podrá honorarios del abogado que actúe en defensa recusar justificadamente al profesional desig- del Asegurado, con sujeción a los criterios nado, y de subsistir la controversia, se some- orientativos en materia de tasación de costas y terá al arbitraje previsto en el artículo 21 jura de cuentas fijados por el Consejo General “¿Cómo se solucionan los posibles conflictos de la Abogacía Española y de no existir éstos, entre las partes?” por los dispuestos por las de los respectivos colegios. Estos criterios orientativos en materia Si el abogado o procurador elegido por el Ase- de tasación de costas y jura de cuentas gurado no reside en el partido judicial donde serán considerados como límite máximo de haya de sustanciarse el procedimiento, serán la obligación de ARAG. Las discrepancias a cargo del Asegurado los gastos y honora- sobre la interpretación de dichas normas rios por los desplazamientos que el profesional serán sometidas a la comisión competente del incluya en su minuta. Colegio de Abogados correspondiente. El abogado y procurador designados por el En el supuesto de que el siniestro se haya tra- Asegurado gozarán de la más amplia libertad mitado de acuerdo con lo establecido en el en la dirección técnica de los asuntos enco- apartado A) del artículo 13 “¿Cómo se tramita mendados, sin estar sujetos, en ningún caso, a el siniestro?”, ARAG reintegrará al Asegurado las instrucciones de ARAG, el cual no responde los honorarios devengados por el profesio- de la actuación de tales profesionales ni del nal que libremente haya elegido, con el límite resultado del asunto o procedimiento. establecido en las Condiciones Particulares de la póliza, y siempre con sujeción a las nor- Cuando deban intervenir con carácter urgente mas colegiales referidas en el párrafo anterior abogado o procurador antes de la comunica- cuando se trate de honorarios de abogado. ción del siniestro, ARAG satisfará igualmente los honorarios y gastos derivados de su actuación. Si, por elección del Asegurado, interviniera en el siniestro más de un abogado, ARAG satisfará En caso de conflicto de intereses entre las partes como máximo los honorarios equivalentes a la del contrato, ARAG informará inmediatamente intervención de uno solo de ellos, para la com- al Asegurado, a fin de que este pueda decidir pleta defensa de los intereses del Asegurado, sobre la designación del abogado y procurador y ello sujeto siempre a las normas de honora- que estime conveniente para la defensa de sus rios citadas anteriormente. intereses, conforme a la libertad de elección reconocida en este artículo Cuando el profesional haya sido designado por ARAG de conformidad con el Asegurado, 24 [Seite 25] Condiciones Generales de acuerdo con lo establecido en el apartado Las garantías contratadas serán de aplicación B) del artículo 13 “¿Cómo se tramita el sinies- a los siniestros producidos dentro del territorio tro?”, ARAG asumirá los honorarios derivados español, con sujeción al derecho y tribunales de su actuación, satisfaciéndolos directamente españoles. al profesional, sin cargo alguno para el Asegu- rado. 20. ¿Cuál es la duración del seguro? Los derechos del procurador, cuando su inter- vención sea preceptiva, serán abonados con- El seguro entra en vigor en el día y hora indica- forme arancel o baremo. dos en las Condiciones Particulares de la póliza, siempre y cuando se haya satisfecho la prima correspondiente y terminará a la misma hora 17. ¿Existe subrogación? del día en que se cumpla el tiempo estipulado. ARAG se subroga automáticamente en los dere- chos y acciones que correspondan al Asegu- 21. ¿Cómo se solucionan los posibles rado o a sus herederos legales contra terceras conflictos entre las partes? personas, a consecuencia del hecho que ori- ginó la prestación garantizada, para intentar El Asegurado tendrá derecho a someter a arbi- recuperar el importe de los pagos efectuados. traje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y ARAG sobre el presente contrato de En el supuesto de que el Asegurado tuviese seguro. garantizado el pago total o parcial de las rentas La designación de árbitros no podrá hacerse que se le adeudasen mediante un aval bancario antes de que surja la cuestión disputada. establecido o anexado en el contrato de arren- damiento, se compromete a ejecutar dicho aval Si cualquiera de las partes decidiese ejercitar con el fin de recuperar las rentas debidas para sus acciones ante los organismos jurisdiccio- reintegrarlas a ARAG, cuando este último haya nales, deberá acudirse al juez del domicilio del efectuado el adelanto de las mismas de confor- Asegurado, único competente por imperativo midad con la cobertura de la póliza y hasta el legal. En el caso de que el Asegurado resida en límite satisfecho. el extranjero deberá designar un domicilio en España. 18. ¿Puede el asegurado aceptar 22. ¿Cómo se efectúan las comunica- transacciones? ciones entre las partes? El Asegurado puede transigir los asuntos en trá- mite, pero si ello produce obligaciones o pagos Las comunicaciones a ARAG se realizarán en la a cargo de ARAG, ambos deberán actuar siem- dirección de ARAG. pre y previamente de común acuerdo. Las comunicaciones al Tomador del seguro o Asegurado se realizarán en el domicilio que 19. ¿Cuál es la extensión territorial del conste en la póliza. El Tomador deberá notifi- car cualquier cambio de domicilio que se pro- seguro? duzca. 25 [Seite 26] Condiciones Generales 23. ¿Cuándo prescriben las acciones b) Que, aun estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones de la entidad ase- derivadas del seguro? guradora no pudieran ser cumplidas por haber sido declarada judicialmente en concurso o Las acciones derivadas de este contrato de por estar sujeta a un procedimiento de liquida- seguro prescriben en el plazo de dos años, a ción intervenida o asumida por el Consorcio de contar desde el momento que pudieron ejerci- Compensación de Seguros. tarse. El Consorcio de Compensación de Seguros 24. Cláusula de indemnización por ajustará su actuación a lo dispuesto en el men- cionado Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de 8 el Consorcio de Compensación de de octubre, de Contrato de Seguro, en el Reg- Seguros de las pérdidas derivadas lamento del seguro de riesgos extraordinarios, de acontecimientos extraordinarios aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y en las disposiciones complemen- acaecidos en España en seguros tarias. de daños en los bienes y en los de responsabilidad civil en vehículos Resumen de las normas legales 1. Acontecimientos extraordinarios cubiertos terrestres automóviles a) Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; De conformidad con lo establecido en el texto inundaciones extraordinarias, incluidas las pro- refundido del Estatuto legal del Consorcio de ducidas por embates de mar; erupciones volcá- Compensación de Seguros, aprobado por el nicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octu- los vientos extraordinarios de rachas superiores bre, el tomador de un contrato de seguro de los a 120 km/h y los tornados); y caídas de cuerpos que deben obligatoriamente incorporar recargo siderales y aerolitos. a favor de la citada entidad pública empresa- b) Los ocasionados violentamente como conse- rial tiene la facultad de convenir la cobertura cuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín de los riesgos extraordinarios con cualquier y tumulto popular. entidad aseguradora que reúna las condicio- c) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Arma- nes exigidas por la legislación vigente. das o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por acontecimientos extraordina- Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de rios acaecidos en España y que afecten a ries- erupciones volcánicas y la caída de cuerpos gos en ella situados, serán pagadas por el Con- siderales se certificarán, a instancia del Con- sorcio de Compensación de Seguros cuando sorcio de Compensación de Seguros, mediante el tomador hubiese satisfecho los correspon- informes expedidos por la Agencia Estatal de dientes recargos a su favor y se produjera Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico alguna de las siguientes situaciones: Nacional y los demás organismos públicos a) Que el riesgo extraordinario cubierto por el competentes en la materia. En los casos de Consorcio de Compensación de Seguros no acontecimientos de carácter político o social, esté amparado por la póliza de seguro contra- así como en el supuesto de daños producidos tada con la entidad aseguradora. por hechos o actuaciones de las Fuerzas Arma- 26 [Seite 27] Condiciones Generales das o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad renos, desprendimiento de rocas y fenómenos en tiempo de paz, el Consorcio de Compensa- similares, salvo que éstos fueran ocasionados ción de Seguros podrá recabar de los órganos manifiestamente por la acción del agua de jurisdiccionales y administrati vos competentes lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la información sobre los hechos acaecidos. zona una situación de inundación extraordi- naria y se produjeran con carácter simultáneo 2. Riesgos excluidos. a dicha inundación. a) Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro. h) Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y mani- b) Los ocasionados en bienes asegurados por festaciones llevadas a cabo conforme a lo contrato de seguro distinto a aquellos en que dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de es obligatorio el recargo a favor del Consorcio julio, reguladora del derecho de reunión, así de Compensación de Seguros. como durante el transcurso de huelgas lega- les, salvo que las citadas actuaciones pudie- c) Los debidos a vicio o defecto propio de la ran ser calificadas como acontecimientos ext- cosa asegurada, o a su manifiesta falta de raordinarios de los señalados en el apartado mantenimiento. 1.b) anterior. d) Los producidos por conflictos armados, i) Los causados por mala fe del asegurado. aunque no haya precedido la declaración ofi- cial de guerra. j) Los derivados de siniestros por fenómenos naturales que causen daños a los bienes o e) Los derivados de la energía nuclear, sin pérdidas pecuniarias cuando la fecha de emi- peruicio de lo establecido en la Ley 12/2011, sión de la póliza o de efecto, si fuera posterior, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por no preceda en siete días naturales a aquél en daños nucleares o producidos por materia- que ha ocurrido el siniestro, salvo que quede les radiactivos. No obstante lo anterior, sí se demostrada la imposibilidad de contratación entenderán incluidos todos los daños direc- anterior del seguro por inexistencia de interés tos ocasionados en una instalación nuclear asegurable. Este período de carencia no se asegurada, cuando sean consecuencia de un aplicará en el caso de reemplazo o sustitución acontecimiento extraordinario que afecte a la de la póliza, en la misma u otra entidad, sin propia instalación. solución de continuidad, salvo en la parte que fuera objeto de aumento o nueva cobertura. f) Los debidos a la mera acción del tiempo, Tampoco se aplicará para la parte de los capi- y en el caso de bienes total o parcialmente tales asegurados que resulte de la revaloriza- sumergidos de forma permanente, los imputa- ción automática prevista en la póliza. bles a la mera acción del oleaje o corrientes ordinarios. k) Los correspondientes a siniestros produ- cidos antes del pago de la primera prima o g) Los producidos por fenómenos de la natu- cuando, de conformidad con lo establecido en raleza distintos a los señalados en el apartado la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del 1.a) anterior y, en particular, los producidos Consorcio de Compensación de Seguros se por elevación del nivel freático, movimiento de halle suspendida o el seguro quede extinguido laderas, deslizamiento o asentamiento de ter- por falta de pago de las primas. 27 [Seite 28] Condiciones Generales l) Los indirectos o pérdidas derivadas de daños de beneficios, por el Consorcio de Compen- directos o indirectos, distintos de las pérdidas sación de Seguros se liquidarán los daños pecuniarias delimitadas como indemnizables materiales con deducción de la franquicia que en el Reglamento del seguro de riesgos ext- corresponda por aplicación de lo previsto en raordinarios. En particular, no quedan com- el apartado a) anterior, y la pérdida de bene- prendidos en esta cobertura los daños o pér- ficios producida con deducción de la franqui- didas sufridas como consecuencia de corte o cia establecida en la póliza para la cobertura alteración en el suministro exterior de energía principal, minorada en la franquicia aplicada eléctrica, gases combustibles, fuel-oil, gasoil, en la liquidación de los daños materiales. u otros fluidos, ni cualesquiera otros daños o pérdidas indirectas distintas de las citadas en 4. Extensión de la cobertura. el párrafo anterior, aunque estas alteraciones se deriven de una causa incluida en la cober- 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios tura de riesgos extraordinarios. alcanzará a los mismos bienes y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido m) Los siniestros que por su magnitud y gra- en las pólizas de seguro a efectos de la cober- vedad sean calificados por el Gobierno de tura de los riesgos ordinarios. la Nación como de «catástrofe o calamidad nacional». 2. No obstante lo anterior: a) En las pólizas que cubran daños propios a los 3. Franquicia. vehículos a motor la cobertura de riesgos extra- La franquicia a cargo del asegurado será: ordinarios por el Consorcio de Compensación a) En el caso de daños directos, en los segu- de Seguros garantizará la totalidad del interés ros contra daños en las cosas, la franquicia asegurable, aunque la póliza ordinaria sólo lo a cargo del asegurado será de un siete por haga parcialmente. ciento de la cuantía de los daños indemniza- bles producidos por el siniestro. No obstante, b) Cuando los vehículos únicamente cuen- no se efectuará deducción al guna por fran- ten con una póliza de responsabilidad civil en quicia a los daños que afecten a viviendas, a vehículos terrestres automóviles, la cobertura comunidades de propietarios de viviendas, ni de riesgos extraordinarios por el Consorcio de a vehículos que estén asegurados por póliza Compensación de Seguros garantizará el valor de seguro de automóviles. del vehículo en el estado en que se encuentre en el momento inmediatamente anterior a la b) En el caso de pérdida de beneficios, la fran- ocurrencia del siniestro según precios de com- quicia a cargo del asegurado será la misma pra de general aceptación en el mercado. prevista en la póliza, en tiempo o en cuantía, para daños que sean consecuencia de sinies- 5. Comunicación de daños al Consorcio de tros ordinarios de pérdida de beneficios. De Compensación de Seguros. existir diversas franquicias para la cobertura de siniestros ordinarios de pérdida de benefi- 1. La solicitud de indemnización de daños cuya cios, se aplicarán las previstas para la cober- cobertura corresponda al Consorcio de Com- tura principal. pensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del c) Cuando en una póliza se establezca una seguro, el asegurado o el beneficiario de la franquicia combinada para daños y pérdida póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre 28 [Seite 29] Condiciones Generales de los anteriores, o por la entidad aseguradora podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de o el mediador de seguros con cuya intervención la Dirección General de Seguros y Fondos de se hubiera gestionado el seguro. Pensiones (Paseo de la Castellana, 44, 28046 - 2. La comunicación de los daños y la obtención Madrid, web: www.dgsfp.mineco.es) de cualquier información relativa al procedi- miento y al estado de tramitación de los sinies- tros podrá realizarse: - Mediante llamada al Centro de Atención Tele- fónica del Consorcio de Compensación de Seguros (952 367 042 o 900 222 665). - A través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros (www.consorsegu- ros.es). 3. Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten indemnizables con arreglo a la legislación de seguros y al contenido de la póliza de seguro se realizará por el Consor- cio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad asegura- dora que cubriese los riesgos ordinarios. 4. Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de la indemnización al beneficiario del seguro mediante transferencia bancaria. 25. Quejas y reclamaciones ARAG S.E., Sucursal en España dispone de un Departamento de Atención al Cliente (c/ Roger de Flor, 16, 08018 - Barcelona, e-mail: dac@ ARAG.es, web: www.ARAG.es) para atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus asegurados les presenten, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconoci- dos, que serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de un mes desde su presentación. En caso de disconformidad con la resolución adoptada por el Departamento de Atención al Cliente, o si ha transcurrido el plazo de un mes sin haber obtenido respuesta, el reclamante 29 [Seite 30] Mod. 04014 (0724) ARAG SE, Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 36.775, Folio 116, Sección 8, Hoja M-658809, Inscripción 2. NIF W0049001A.