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Corredor de seguros / Seguro de responsabilidad civil de productos / Archivo de condiciones RC de productos

Santalucía Responsabilidad Civil General: el condicionado completo

Documento de información previa del seguro de responsabilidad civil general de Santalucía con RC de explotación y productos entregados como garantía básica u opcional y RC post trabajos contratable, con ámbito en la Unión Europea.

Listo en dos minutos: bastan sus datos, del resto nos ocupamos nosotros.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 60 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Suma asegurada por siniestro para daños personales y materiales causados por productossegún las condiciones particulares„El límite máximo de indemnización por daño corresponderá con la suma asegurada. Sublímite de 150.000€ por víctima.“¿Existen restricciones?, página 1
Límite agregado anual (máximo por anualidad de seguro)sí, hasta la suma asegurada„se establece un límite de indemnización por daño y anualidad que figura en las Condiciones Particulares.“¿Existen restricciones?, página 1
Franquicia en siniestros de responsabilidad civil de productossí, hasta la suma asegurada„En función de la actividad asegurada, se pueden establecer cantidades a cargo del asegurado cuando se produzca el daño.“¿Existen restricciones?, página 1
Forma del contrato: póliza autónoma de RC de productos o garantía dentro de la RC generalno„Responsabilidad Civil de Explotación y Productos Entregados.“¿Qué se asegura?, página 1
Condiciones aseguradas: fabricante, cuasi fabricante (marca propia), distribuidor, importadorno regulado
Hecho generador: ocurrencia, acto o reclamación (claims made)no regulado
Ámbito territorial de los productos suministrados (nacional, Europa, mundial)sí„Las garantías contratadas serán de aplicación a hechos ocurridos en el espacio comunitario de los estados miembros de la Unión Europea“¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Suministros a EE. UU. y Canadá (directos o indirectos) cubiertosno regulado

RC de productos convencional

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Daños personales y materiales causados por productos fabricados o suministradossí, hasta la suma asegurada„Responsabilidad Civil de Explotación y Productos Entregados.“¿Qué se asegura?, página 1
Responsabilidad objetiva legal por productos defectuosos (Texto refundido de consumidores) sin culpano regulado
Defectos de diseño, fabricación e información (instrucciones, advertencias)no regulado
Riesgo de desarrollo: defectos no detectables según el estado de la técnica al ponerse en circulaciónno regulado
Mercancía de reventa y piezas compradas a otros fabricantesno regulado
Marcas propias (cuasi fabricante) e importación desde fuera de la UEno regulado
Daños por trabajos y servicios terminados (montaje, mantenimiento, reparación)sí, hasta la suma asegurada„Ocasionados por los productos, materias y animales entregados por el Asegurado, así como los trabajos y servicios prestados por el mismo, después de su recepción, salvo que contrate la Responsabilidad Civil Post-Trabajos.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Venta a distancia y online, también en marketplacesno regulado
Defensa frente a reclamaciones infundadas y costes fuera de la suma aseguradano„Para daños personales y materiales conjuntamente, defensa jurídica e imposición de fianzas judiciales, se establece un límite de indemnización por daño y anualidad“¿Existen restricciones?, página 1

RC de productos ampliada (perjuicios económicos)

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
RC de productos ampliada para perjuicios económicos puros de los clientes cubiertano regulado
Falta de cualidades pactadas (sin necesidad de daño personal o material)no regulado
Daños por unión, mezcla o transformación (producto defectuoso combinado con otros)no regulado
Daños por transformación o elaboración posterior en el clienteno regulado
Gastos de desmontaje y montaje (retirar productos defectuosos e instalar productos sin defecto)no regulado
Gastos de desmontaje y montaje que el vendedor debe al comprador (subsanación según el art. 439.3 BGB o norma equivalente)no regulado
Gastos de transporte de productos defectuosos y sin defecto en el desmontaje y montajeno regulado
Gastos de comprobación y selección (revisar productos en busca de defectos)no regulado
Daños por productos fabricados con máquinas suministradas por el tomadorno regulado
Lucro cesante y paralización de la producción del clienteno regulado
Franquicia en la RC de productos ampliadano regulado

Retirada de productos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Gastos de retirada de productos cubiertos (garantía propia o módulo)no regulado
Retirada frente a consumidores para evitar daños personalesno regulado
Retirada ordenada por la autoridad (vigilancia del mercado) y retirada voluntariano regulado
Retirada frente a clientes empresariales y distribuidores de la cadenano regulado
Gastos de avisos de retirada (medios, cartas, línea de atención) y destrucciónno regulado
Gastos de consultores de crisis y comunicación en una retiradano regulado
Retirada tras manipulación maliciosa del producto y extorsiónno regulado
Exclusión: retirada de piezas y accesorios de vehículos (requiere cobertura propia de automoción)no regulado

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exclusión: aeronaves, naves espaciales y sus piezasno regulado
Exclusión: piezas y accesorios de vehículos en la RC de productos ampliadano regulado
Exclusión: medicamentos (cobertura obligatoria) y productos sanitariosno regulado
Exclusión: productos no ensayados según el estado de la técnicano regulado
Exclusión: desviación consciente de leyes, normas o especificaciones del clientesí„Ocasionados por la infracción o incumplimiento voluntario de las normas que regulen la actividad objeto del seguro.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión: daños al propio producto suministrado y pretensiones de cumplimientono regulado
Exclusión: garantías contractuales y ampliaciones de responsabilidad más allá de la leysí„Sobrevenidos por incumplimiento de obligaciones contractuales.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión: daños punitivos y ejemplarizantesno regulado
Exclusión: amianto, organismos modificados genéticamente y sustancias similaresno regulado
Exclusión: errores de software y datos integrados en productosno regulado

Obligaciones del asegurado

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exigencia de un sistema de calidad o control de entrada de mercancíasno regulado
Exigencia de seguimiento del producto y documentación (lotes, trazabilidad)no regulado
Declaración de facturación como base de prima y consecuencias de erroresno regulado
Cobertura provisional de nuevos productos y riesgos tras el iniciono regulado
Acuerdos contractuales de indemnidad, calidad y responsabilidad con clientes cubiertosno„Sobrevenidos por incumplimiento de obligaciones contractuales.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Renuncia a la inspección de entrada por el cliente (deber de examen mercantil) cubiertano regulado
Plazo para comunicar un siniestro o una retirada inminentesí„Comunicar el acaecimiento del daño dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido.“¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2

Contrato y duración

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Cobertura retroactiva de productos entregados antes del iniciono regulado
Cobertura posterior para productos entregados tras el cese o fin del contratono regulado
Duración del contrato y plazos de rescisiónsí„El presente seguro se contrata por el período de un año. A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más“¿Cómo se puede finalizar el contrato?, página 2
Base de la prima (facturación, masa salarial, tanto alzado)no regulado
Derecho del asegurador a rescindir tras un siniestrono regulado
Garantía de cumplir las condiciones modelo de la asociación o mejoresno regulado
Cláusula de actualización (mejoras futuras se aplican automáticamente)no regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído;

jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza.

Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
SANTA LUCIA, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
Distribución
a través de agentes propios

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes.

Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original.

Como texto (Markdown) Santalucía Responsabilidad Civil General RC de productos

Mostrar el texto completo: Documento de información previa, Responsabilidad Civil General
[Seite 1] SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO Empresa: Santa Lucía, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros Registro: España C-0174 Producto: Seguro de Responsabilidad Civil General La información precontractual y contractual completa relativa al producto se encuentra disponible en la nota informativa facilitada antes de la contratación o en las condiciones generales, particulares y, en su caso, en las especiales, facilitadas en el momento de la contratación. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Es un contrato de seguro que ampara el pago de las indemnizaciones exigidas al Asegurado por un tercero, por los daños personales y/o materiales, así como por los perjuicios económicos derivados de dichos daños, ocasionados involuntariamente y que estén en relación directa con la actividad asegurada, SANTA LUCÍA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros. Plaza de España, 15. 28008 MADRID. Telf.: 915419387. www.santalucia.es - Reg. Merc. Madrid T 679 L 257 – S 3º H 2012 de los cuales el Asegurado resulte civil y extracontractualmente responsable conforme a derecho. ¿Qué se asegura? ¿Existen restricciones en lo que respecta a La suma asegurada está constituida por los capitales contratados. la cobertura? En función de la actividad asegurada, se pueden establecer cantidades a cargo del asegurado cuando se produzca el daño. Garantías Básicas (el riesgo/actividad determinará cuál es la garantía básica que le corresponde): A continuación, se hacen constar los principales límites Responsabilidad Civil de Explotación. de cobertura porcentuales (aplicables sobre las sumas aseguradas), cuantitativos y temporales: Responsabilidad Civil de Explotación y Productos Entregados. Responsabilidad Civil de Explotación y Profesional. Las garantías básicas y las opcionales Responsabilidad Civil Responsabilidad Civil Profesional. de Productos Entregados y Post-Trabajos: Reclamación de Daños. - El límite máximo de indemnización por daño corresponderá con la suma asegurada. Sublímite de 150.000€ por víctima. Garantías Opcionales (garantías contratables para - Responsabilidad Civil Patronal: el límite máximo de ciertos riesgos/actividades específicas): indemnización por daño corresponderá con la suma Responsabilidad Civil Patronal. asegurada. Sublímite de 100.000€ por víctima. Responsabilidad Civil Productos Entregados. Reclamación de Daños: Cuantía máxima garantizada de Responsabilidad Civil Post-Trabajos. 3.200€ y cuantía mínima litigiosa de 180€. Plazo de carencia de tres meses. ¿Qué no está asegurado? Para todas las garantías: Para daños personales y materiales conjuntamente, defensa jurídica e imposición de fianzas Principalmente, los daños: judiciales, se establece un límite de indemnización por daño y anualidad que figura en las Condiciones Particulares. Causados a los bienes muebles o inmuebles propiedad de terceras personas que se hallen en poder del asegurado. Causados a bienes o personas sobre los que esté trabajando el Asegurado. Ocasionados por la infracción o incumplimiento voluntario de las normas que regulen la actividad objeto del seguro. Causados por varios asegurados de esta póliza entre sí, así como los ocasionados al personal empleado, salvo que contrate la Responsabilidad Civil Patronal. Ocasionados por la infidelidad de las personas por las que deba legalmente responder el Asegurado. Producidos en desafíos, peleas y riñas, así como los sobrevenidos por la participación activa en apuestas, carreras, concursos o competiciones de cualquier clase. Como consecuencia de transmisión o contagio de enfermedades. Ocasionados por el transporte, entrega, almacenamiento o utilización de explosivos o cualquier otra materia peligrosa. Ocasionados por haberse omitido las medidas de prevención adecuadas. Derivados de hechos que deban ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio. Sobrevenidos por incumplimiento de obligaciones contractuales. Ocasionados por los productos, materias y animales entregados por el Asegurado, así como los trabajos y servicios prestados por el mismo, después de su recepción, salvo que contrate la Responsabilidad Civil Post-Trabajos. En función de las garantías básicas u opcionales contratadas, ciertas exclusiones, pueden quedar sin efecto, o modificadas. [Seite 2] ¿Dónde estoy cubierto? Las garantías contratadas serán de aplicación a hechos ocurridos en el espacio comunitario de los estados miembros de la Unión Europea, y reconocidos por resolución judicial firme de los Tribunales Españoles. ¿Cuáles son mis obligaciones? El contratante del seguro está obligado a declarar al asegurador: – Antes de la contratación, todas las circunstancias por él conocidas que pueden influir en la valoración del riesgo. – Durante la vigencia del seguro, la alteración de circunstancias inicialmente declaradas en el cuestionario que modifiquen el riesgo. El contratante del seguro o el asegurado deberán: – Comunicar el acaecimiento del daño dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido. SANTA LUCÍA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros. Plaza de España, 15. 28008 MADRID. Telf.: 915419387. www.santalucia.es - Reg. Merc. Madrid T 679 L 257 – S 3º H 2012 – Proporcionar toda clase de información sobre las circunstancias y consecuencias del daño. – Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del daño. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? El Contratante del seguro está obligado al pago del precio de su primera anualidad en el momento de formalización del contrato, pudiéndose pactar el pago en plazos inferiores al año. Los sucesivos pagos deberán abonarse al inicio de cada nueva anualidad, salvo pacto de pago en plazos inferiores. El pago podrá efectuarse en efectivo, cheque, domiciliación bancaria y tarjeta bancaria. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El inicio del seguro será el que figure indicado en las condiciones particulares del contrato. El seguro se perfecciona por el consentimiento manifestado por las partes en el momento de formalización del contrato de seguro. No obstante, el seguro contratado y sus modificaciones no tomarán efecto mientras no haya sido satisfecho su precio. En caso de demora en el cumplimiento del pago del precio del seguro, las obligaciones del asegurador comenzarán a las 24 horas del día en que haya sido efectuado el pago. ¿Cómo se puede finalizar el contrato? El presente seguro se contrata por el período de un año. A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más, y así sucesivamente, salvo que cualquiera de las partes se oponga a la prórroga, mediante una notificación escrita. La prórroga tácita no es aplicable a los seguros contratados por menos de un año, los cuales se extinguen en la fecha indicada en la Condiciones Particulares de esta póliza. Si quien se opone a la prorroga es el contratante del seguro, dicha notificación debe ser efectuada con un plazo de, al menos, un mes de antelación a la conclusión de la anualidad de seguro en curso. Si quién se opone a la prorroga es el asegurador, dicha notificación deberá realizarla con una antelación mínima de dos meses.