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Corredor de seguros / Seguro de caravana / Archivo de condiciones Seguro de caravana

A.M.A. A.M.A. Seguro de Remolques y Caravanas Modalidad Básica: el condicionado completo

Modalidad básica de A.M.A. para remolques y caravanas, complementaria al seguro del coche en A.M.A.: responsabilidad civil obligatoria, protección jurídica, asistencia en viaje y accidentes de ocupantes. Solo documentada por el IPID.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 64 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Objetos asegurables (caravana, remolque vivienda, remolque plegable, mobil home, tiny house sobre ruedas)sí„Se trata de un seguro complementario al seguro de automóvil que le permite proteger, según la modalidad que escoja, su remolque o caravana.“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Matriculación necesaria o también caravanas dadas de baja asegurablesno regulado
Antigüedad máxima de la caravana al contratar (años desde la primera matriculación)no regulado
Suma de responsabilidad civil del remolque (límite único)sí, hasta la suma asegurada„Este seguro cubre la responsabilidad civil obligatoria del asegurado en todas sus modalidades de contratación.“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
RC del conjunto: regla entre remolque y vehículo tractor (repetición, cobertura a través del tractor)sí„Este seguro es complementario al seguro que Usted contrate para su automóvil con A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora“¿Qué se asegura?, página 1
Cobertura en reposo con baja temporal o fuera de temporada (duración en meses)no regulado
Matrícula de temporada o intercambiable posibleno regulado
Alquiler ocasional a terceros permitidono regulado
Ámbito territorial (Europa, UE con Turquía, países ribereños del Mediterráneo, solo nacional en camping fijo)sí„El ámbito territorial que figuren, en cada una de las coberturas contratadas, en las Condiciones Generales y/o Particulares“¿Dónde estoy cubierto?, página 1

Daños propios de la caravana

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Incendio y explosión, también por la instalación de gasno regulado
Robo de la caravana completa, también desenganchada y estacionadano regulado
Tempestad, granizo, rayo e inundaciónno regulado
Otros riesgos de la naturaleza (peso de nieve, alud, corrimiento, terremoto, caída de árboles)no regulado
Rotura de lunas incluidas ventanas de plástico y claraboyasno regulado
Mordedura de animales en cables y conductos con daños consecuencialesno regulado
Daños por accidente de la caravana, también al maniobrar y desenganchar (todo riesgo)no regulado
Actos vandálicos de tercerosno regulado
Indemnización a valor de nuevo por siniestro total o robo (meses o años desde la matriculación)no regulado
Renuncia a alegar culpa graveno regulado
Humedad, filtraciones y podredumbre de la carrocería excluidasno regulado

Avance, anexos y accesorios

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Avance, toldo de sol y avance de viajeno regulado
Avance fijo asegurado solo si resiste invierno y tormenta (requisito)no regulado
Daños por viento al avance cubiertos (fuerza del viento, exclusión de avances de viaje)no regulado
Toldo enrollableno regulado
Anexos fijos en la parcela (tejado protector, porche de madera, terraza, cochera, valla)no regulado
Equipamiento fijo de vivienda (cocina, nevera, calefacción, sanitarios)no regulado
Accesorios instalados posteriormente (límite sin declarar)no regulado
Mover, antena parabólica y placas solaresno regulado
Bombonas, instalación de gas e inspección como requisitono regulado
Agua de depósitos y conductos y daños por heladano regulado

Contenido y enseres

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contenido personal en la caravana y el avance aseguradono regulado
Suma asegurada del contenidono regulado
Contenido en el avance (límite propio)no regulado
Objetos de valor, dinero y joyas (límite)no regulado
Electrónica (televisor, portátil, cámara)no regulado
Bicicletas y bicicletas eléctricas en la parcela o en el portabicisno regulado
Robo con fuerza de la caravana cerradano regulado
Hurto en el avance o la parcelano regulado
Cláusula nocturna u obligación de aparcar en recinto vigiladono regulado
Contenido en el depósito de invierno aseguradono regulado

Camping fijo y parcela

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Camping fijo en parcela permanente asegurableno regulado
Cobertura solo en camping oficial o finca cercadano regulado
Parcela solo en el país o en países concretosno regulado
Incendio, rayo y explosión en la parcela (tipo vivienda, valor de nuevo)no regulado
Responsabilidad civil como titular de la parcela y de la caravana estacionadano regulado
Conexiones de electricidad, agua y desagüe en la parcelano regulado
Consecuencias de deshabitación prolongada (plazo en días, pausa invernal)no regulado
Gastos de desescombro, demolición y retirada tras un siniestrono regulado

Asistencia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Asistencia por avería y accidente de la caravana (también sin avería del tractor)sí, hasta la suma asegurada„Asistencia en viajes de remolques y caravanas.“¿Qué se asegura?, página 1
Remolque y rescate de la caravana (límite en euros)no regulado
Repatriación de la caravana si falla el vehículo tractorno regulado
Gastos de alojamiento si la caravana queda inutilizableno regulado

Contrato, obligaciones y franquicia

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Franquicia en daños parcialesno regulado
Franquicia en todo riesgono regulado
Franquicia en contenido y camping fijono regulado
Antirrobo obligatorio (candado de enganche, cepo, localizador)no regulado
Obligación de guardar a cubierto o en depósito invernalno regulado
Renuncia a la regla proporcional o suma a valor de nuevo con ajusteno regulado
Bonificación por no siniestralidad para caravanasno regulado
Duración y rescisión (contrato de temporada, rescisión tras siniestro)sí„Si el seguro es de duración anual se renovará anualmente de forma automática, salvo que Usted se oponga a la renovación mediante una notificación escrita dirigida al Asegurador con un mes de antelación“¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2

Particularidades de Austria y España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Austria: remolques de menos de 750 kg a través del tractor e impuesto de segurosno regulado
España: caravana de menos de 750 kg en la póliza del vehículo tractor (deber de comunicar)no regulado
España: responsabilidad civil voluntaria del remolque por encima de la obligatoriano regulado
España: riesgos extraordinarios a través del Consorcio de Compensación de Segurosno regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

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Condicionados y aseguradora

Entidad
A.M.A., AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA
Distribución
desconocido

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes.

Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original.

Como texto (Markdown) A.M.A. A.M.A. Seguro de Remolques y Caravanas Modalidad Básica Seguro de caravana

Mostrar el texto completo: Seguro de Remolques y Caravanas, Documento de información sobre el producto de seguro
[Seite 1] SEGURO DE REMOLQUES Y CARAVANAS Seguro de Remolques y Caravanas Documento de Información sobre el producto de seguro Documento de información sobre el producto de seguro A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, inscrita en el Registro público de aseguradoras A.M.A. y Agrupación mutual Aseguradora, reaseguradoras bajo clave M0328 inscrita en el registro público de aseguradoras y reaseguradoras bajo clave M0328 Producto: Remolques y Caravanas Producto: Remolques y Caravanas Este es un documento normalizado que proporciona, de forma resumida, la descripción básica de las principales garantías de este seguro y las principales exclusiones, así como otros aspectos destacados del mismo. La información precontractual y contractual completa, relativa al producto, y a la que quedarán sujetas las partes en caso de realizarse la contratación, se facilita en otros documentos. El presente documento carece de valor contractual. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Se trata de un seguro complementario al seguro de automóvil que le permite proteger, según la modalidad que escoja, su remolque o caravana. Este seguro cubre la responsabilidad civil obligatoria del asegurado en todas sus modalidades de contratación. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Este seguro es complementario al seguro que Usted contrate para Usted no estará asegurado si se produce alguno de los hechos su automóvil con A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, por lo que se incorporan en el contrato, entre los que podemos que las coberturas descritas son aplicables a su remolque o destacar, los siguientes: caravana. Usted tendrá contratadas las siguientes coberturas básicas si elige Aquellos que se produzcan hallándose el conductor en estado de la MODALIDAD BÁSICA: embriaguez o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Se considerará que existe embriaguez, Responsabilidad civil. cuando el grado de alcohol en sangre o aire expirado, sea superior a los límites establecidos legal o reglamentariamente o el A.M.A. Asistencia: conductor sea condenado por delito contra la seguridad del o Protección jurídica. tráfico, si en la sentencia dictada contra él se recoge la o Asistencia en viajes de remolques y caravanas. circunstancia de embriaguez o la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas como causa Accidentes de ocupantes de vehículos a motor. determinante y/o concurrente del accidente. Usted tendrá contratadas las siguientes coberturas básicas si elige Los daños producidos con ocasión de ser conducido el vehículo la MODALIDAD MEDIA: asegurado por una persona que carezca del correspondiente permiso o licencia o haya quebrantado la resolución de anulación Responsabilidad civil. o retirada del mismo por condena judicial o decisión administrativa, o bien no tenga la autorización del propietario del A.M.A. Asistencia. vehículo. o Protección jurídica. o Asistencia en viajes de remolques y caravanas. Los daños producidos por el conductor del vehículo asegurado, causante del accidente, cuando sea condenado como autor de un Robo. delito de omisión del deber de socorro. Esta exclusión no afectará al propietario del vehículo cuando el conductor sea asalariado del Lunas. mismo, sin perjuicio del derecho de repetición de A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora contra el conductor. Incendios. Usted tendrá contratadas las siguientes coberturas básicas si elige la MODALIDAD SUPERIOR: Responsabilidad civil. ¿Existen restricciones en lo que A.M.A. Asistencia. respecta a la cobertura? o Protección jurídica. o Asistencia en viajes de remolques y caravanas. Usted no podrá presentar una solicitud de indemnización si se encuentra en alguna de las situaciones que se incorporan en el Robo. contrato, entre las que podemos destacar, las siguientes: Lunas. Los capitales máximos y capitales mínimos obligatorios y/o las cuantías económicas límite que figuren en las Condiciones Daños propios del vehículo asegurado e incendio. Generales y/o Particulares. Las restricciones y limitaciones de cada cobertura contratada especificadas en las Condiciones Generales y/o Particulares. La suma asegurada será aquella que se determine en el Contrato de Seguro para cada una de las garantías que Usted elija contratar. El periodo de cobertura y carencias para cada una de las garantías Esta información se facilitará en la documentación contractual que contratadas se ajustará a lo establecido en el Contrato de Seguro. le facilite el Asegurador. Sólo estarán garantizadas aquellas coberturas complementarias que se incluyan en las Condiciones Particulares. [Seite 2] SEGURO DE REMOLQUES Y CARAVANAS Seguro de Remolques y Caravanas Documento de Información sobre el producto de seguro Documento de información sobre el producto de seguro A.M.A. Agrupación mutual Aseguradora, A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, inscrita en elenRegistro inscrita público el registro dede público aseguradoras aseguradorasy y reaseguradoras bajo clave M0328 reaseguradoras bajo clave M0328 Nº de Proyecto: Producto: nully Caravanas Remolques Producto: Remolques y Caravanas ¿Dónde estoy cubierto? España El ámbito territorial que figuren, en cada una de las coberturas contratadas, en las Condiciones Generales y/o Particulares ¿Cuáles son mis obligaciones? Obligaciones al comienzo del contrato: • El pago de la prima del seguro. • Responder el cuestionario al que le someterá la Aseguradora. • Devolver firmadas las Condiciones Particulares. Obligaciones durante la vigencia del contrato: • Comunicar al Asegurador: - La agravación o variación del riesgo sobre el bien o bienes asegurados. - La existencia de otro contrato de seguro que cubra los mismos riesgos asegurados. - La transmisión del bien asegurado en la forma y plazo establecido en las Condiciones Generales. - Cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento y que pueda estar relacionada con el siniestro. • En ningún caso negociar, admitir ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados relativas al siniestro. • Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias de un posible siniestro, cooperando en el salvamento de personas o bienes. Obligaciones en caso de solicitud de indemnización: • La ocurrencia del siniestro en el plazo máximo de 7 días desde que tuvo conocimiento de éste, excepto si se ha pactado un plazo más amplio en las Condiciones Particulares o Especiales de contratación. La comunicación de siniestro y la solicitud de los servicios deben ser solicitados por escrito. • Facilitar a la Aseguradora informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. • Aportar la documentación e información requerida por el Asegurador para determinar y realizar el pago de la indemnización que se establezca en las Condiciones Generales y/o Particulares. • Si ocurre un siniestro en el que se hayan dañado cosas u objetos, comunicar por escrito la relación de objetos existentes en el momento del siniestro y la de los salvados, indicando su valor y estimación de daños. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? Tras la contratación, el recibo del seguro se domiciliará en la cuenta bancaria que Usted nos indique o cualquier otro medio según se indique en las Condiciones Particulares de contratación. El pago es anual, pudiéndose fraccionar con los recargos que pudieran corresponder si así se establece en las Condiciones Particulares de la póliza. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? El contrato comienza y finaliza en las horas y fechas establecidas en las Condiciones Particulares. Si el seguro es de duración anual se renovará anualmente de forma automática, salvo que Usted se oponga a la renovación mediante una notificación escrita dirigida al Asegurador con un mes de antelación a la fecha de finalización establecida en sus Condiciones Particulares, así como en caso de que la entidad Aseguradora se oponga a su prórroga, comunicándoselo a usted con, al menos, dos meses de antelación a la conclusión del periodo en curso. Si Usted solicitase la resolución del contrato antes de su vencimiento, no tendrá derecho al reintegro de la prima. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Para la no renovación del contrato, prevista en el apartado anterior, Usted podrá ponerse en contacto con A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, Mutua de seguros a prima fija, mediante comunicación escrita a la dirección de nuestro domicilio social sito en Vía de los Poblados nº 3, Parque empresarial Cristalia, Edificio 4, Madrid 28033 o en cualquiera de sus oficinas abiertas al público. En caso de contratación a distancia, Usted podrá resolver unilateralmente el contrato de seguro dentro de los catorce días siguientes a la entrega de la documentación precontractual y contractual de acuerdo con la legislación aplicable, poniéndose en contacto con A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, Mutua de seguros a prima fija, tal y como se ha descrito anteriormente.