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Corredor de seguros / Seguro de amortización de préstamos / Archivo de condiciones Amortización de préstamos

Cardif Deutsche Bank España, seguro de protección de pagos para hipotecas: el condicionado completo

Seguro colectivo de protección de pagos de Deutsche Bank para hipotecas con prima única de 10 años, que cubre cuotas de hasta 2.200 euros al mes por incapacidad temporal, desempleo o cese de actividad de autónomos, sin cobertura de fallecimiento.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 67 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Capital asegurado (saldo pendiente o importe del préstamo, máximo por asegurado)sí, hasta 2.200 €„Capital máximo para todas las coberturas: 2.200 euros mensuales.“IPID, restricciones, página 4
El capital sigue el cuadro de amortización (decreciente)no regulado
Préstamos asegurables (personal, hipotecario, leasing, línea de crédito, tarjeta)sí„Seguro de Protección de Pagos db Préstamos Hipotecarios Póliza Colectiva“IPID, página 4
Póliza colectiva a través del prestamista (el banco es tomador)sí„Préstamos Hipotecarios Póliza Colectiva Nº 22205303“IPID, página 4
Prima única financiada con el préstamosí„La prima es única para los 10 años de duración del seguro y se cobra por anticipado.“IPID, pagos, página 5
Prima periódica (mensual) disponibleno„La prima es única para los 10 años de duración del seguro“IPID, pagos, página 5
Coberturas contratables por separado (fallecimiento, incapacidad, desempleo)no regulado
Edad de contratación (mínima y máxima)no regulado
Edad a la que termina la coberturasí„El último día del mes en que el Asegurado cumpla 65 años.“IPID, duración, página 5
Duración máxima de la coberturasí„tendrá una duración de 10 años, con independencia de la duración del préstamo hipotecario al que se asocia“IPID, duración, página 5
Importe máximo de préstamo asegurableno regulado
Residencia o empleo en el país como requisitosí„Cobertura a nivel mundial, siempre que la situación de Incapacidad , Desempleo o CATA sea reconocida por una autoridad española.“IPID, ámbito, página 5
Segundo titular asegurableno regulado

Fallecimiento

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Prestación por fallecimiento (se cancela el saldo pendiente)no„En caso de Fallecimiento del Asegurado.“IPID, duración, página 5
Base de la prestación (saldo según cuadro o saldo real)no regulado
Cuotas impagadas cubiertas en caso de fallecimientono regulado
Exceso sobre el saldo para los beneficiariosno regulado
Solo fallecimiento por accidenteno regulado
Exclusión de suicidio en los primeros añossí„El suicidio o tentativa de suicidio, así como los siniestros provocados voluntariamente por el Asegurado.“IPID, exclusiones, página 4
Anticipo por enfermedad terminalno regulado
Cancelación del saldo por incapacidad permanente o invalidezno„y en caso de Incapacidad Permanente Absoluta del Asegurado.“IPID, duración, página 5

Incapacidad temporal

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Pago de cuotas por incapacidad temporalsí, hasta 2.200 €„El objeto del seguro es cubrir las cuotas mensuales del préstamo asegurado que venzan durante el periodo en que el Asegurado se encuentre en Incapacidad Temporal (IT)“IPID, página 4
Periodo de franquicia hasta la primera prestaciónsí„Franquicia retroactiva: 30 días consecutivos, de forma que, si el siniestro tiene una duración inferior a 30 días, el Asegurado no tendrá derecho a indemnización para PE y CATA.“IPID, restricciones, página 4
Prestación retroactiva al primer día tras la franquiciano regulado
Número máximo de cuotas por siniestrosí„Límite de mensualidades: máx. 12 cuotas consecutivas o máx. 24 alternas durante toda la vida del seguro para IT y CATA“IPID, restricciones, página 4
Número máximo de cuotas durante toda la duraciónsí„máx. 24 alternas durante toda la vida del seguro para IT y CATA“IPID, restricciones, página 4
Importe máximo por cuota mensualsí, hasta 2.200 €„Capital máximo para todas las coberturas: 2.200 euros mensuales.“IPID, restricciones, página 4
Autónomos cubiertos por incapacidadsí„Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos (CATA)“IPID, página 4
Recaída por la misma causasí„Carencia entre siniestros: 30 días en caso de enfermedad distinta a la acaecida en el siniestro anterior y 180 días consecutivos para misma patología para IT.“IPID, restricciones, página 4
Definición de incapacidad (profesión habitual o cualquier actividad)sí„determinante de la total ineptitud del mismo para el mantenimiento transitorio de toda actividad laboral o profesional“IPID, página 4
Prestación por hospitalizaciónno regulado
Prestación por enfermedad grave (diagnóstico)no regulado

Desempleo

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Pago de cuotas por desempleo involuntariosí, hasta 2.200 €„se entiende por desempleo la pérdida de empleo ajena a la voluntad del asegurado y que se comunique al asegurado o sea conocida por el mismo después de la fecha de efecto del seguro.“IPID, página 4
Periodo de carencia desde el inicio para desempleosí„Carencia Inicial: 30 días consecutivos para IT por enfermedad y 60 días consecutivos para PE y CATA.“IPID, restricciones, página 4
Franquicia hasta la primera prestación por desempleosí„Franquicia retroactiva: 30 días consecutivos, de forma que, si el siniestro tiene una duración inferior a 30 días, el Asegurado no tendrá derecho a indemnización para PE y CATA.“IPID, restricciones, página 4
Antigüedad laboral mínima previano regulado
Máximo de cuotas por siniestro de desempleosí„máx 18 cuotas consecutivas o máx. 36 alternas durante toda la vida del seguro para PE.“IPID, restricciones, página 4
Máximo de cuotas por desempleo durante la duraciónsí„máx. 36 alternas durante toda la vida del seguro para PE.“IPID, restricciones, página 4
Periodo de reincorporación entre dos siniestrossí„180 días consecutivos para PE y CATA.“IPID, restricciones, página 4
Exclusión por baja voluntaria o despido pactadosí„la pérdida de empleo ajena a la voluntad del asegurado“IPID, página 4
Exclusión al terminar un contrato temporalno regulado
Funcionarios, autónomos o jubilados excluidos del desempleosin franquicia„Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos (CATA): Se entiende como Cese de actividad la finalización total, ya sea definitiva o temporal, de la actividad que originó su alta como trabajador autónomo“IPID, página 4
Prestación por ERTE o insolvencia del empleadorno regulado

Exclusiones y carencias

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Periodo de carencia general (fallecimiento, incapacidad)sí„Carencia Inicial: 30 días consecutivos para IT por enfermedad“IPID, restricciones, página 4
Exclusión de enfermedades preexistentessí„los siniestros ocurridos como consecuencia directa o indirecta de una de las enfermedades incluidas en el cuestionario de salud, y cuyo diagnóstico se haya realizado con anterioridad a la fecha de efecto del seguro.“IPID, exclusiones, página 4
Periodo retrospectivo y duración de la cláusula de preexistenciasno regulado
Cuestionario o declaración de saludsí„una de las enfermedades incluidas en el cuestionario de salud“IPID, exclusiones, página 4
Exclusión de enfermedades psíquicassí„Enfermedades psiquiátricas, tales como la depresión y el estrés.“IPID, exclusiones, página 4
Exclusión de dolencias de espalda sin hallazgo objetivosí„Las patologías secundarias a las hernias y las lesiones derivadas de alteraciones o defectos musculoesqueléticos, cervicalgias, dorsalgias, lumbalgias y lumbociáticas“IPID, exclusiones, página 4
Exclusión por alcohol, drogas o adicciónsí„Siniestros que sobrevengan por el consumo continuado de alcohol, en estado de embriaguez según límite legal“IPID, exclusiones, página 4
Exclusión de embarazo y permiso parentalno regulado
Exclusión de deportes de riesgo, aviación, motorsí„Los siniestros que resulten de la práctica de cualquier deporte de riesgo“IPID, exclusiones, página 4
Exclusión de guerra, disturbios, terrorismo, nuclearsí„Siniestros cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.“IPID, exclusiones, página 4

Contrato y siniestros

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Contratación separada del préstamo (en Alemania como pronto una semana después)no regulado
Préstamo también sin este seguro o con póliza equivalente de otra aseguradorano regulado
Cancelación en cualquier momento (preaviso)sí„El Asegurado tendrá la facultad de solicitar la terminación anticipada del seguro en cada anualidad“IPID, rescindir, página 5
Extorno de la prima no consumida por cancelación o amortización anticipadasí„se procederá a la cancelación del seguro y a la devolución de la prima bruta no consumida“IPID, duración, página 5
Cobertura en amortización anticipada o refinanciación (fin o continuación)sí„En caso de reembolso total anticipado del préstamo, se procederá a la cancelación del seguro y a la devolución de la prima bruta no consumida, salvo que el Asegurado solicite a la Aseguradora, en el momento del citado reembolso, su deseo de continuar con el seguro“IPID, duración, página 5
Derecho de desistimiento y plazosí„El asegurado tiene derecho a la resolución anticipada del seguro sin coste alguno en el plazo de 30 días a contar desde la fecha en la que se celebró el contrato“Información previa, página 2
Beneficiario el prestamista (pago al banco)sí„se procederá a la devolución al Beneficiario y éste al Asegurado, de la prima bruta no consumida.“IPID, rescindir, página 5
Plazo para comunicar el siniestrosí„Declaración del siniestro en un plazo de 7 días desde que lo conoció“IPID, obligaciones, página 5
Pruebas exigidas (partes médicos, certificado de desempleo, certificado de defunción)sí„aportar la documentación acreditativa del mismo“IPID, obligaciones, página 5
Prestaciones simultáneas de varias coberturas (incapacidad y desempleo)no regulado

Particularidades de Austria y España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Austria: seguro de amortización como seguro de vida con o sin valor de rescateno regulado
España: incapacidad permanente absoluta como garantíano„y en caso de Incapacidad Permanente Absoluta del Asegurado.“IPID, duración, página 5
España: seguro vinculado según Ley 5/2019 (se acepta póliza equivalente de otra aseguradora)no regulado
España: extorno de la prima única por amortización anticipadasí„En caso de reembolso total anticipado del préstamo, se procederá a la cancelación del seguro y a la devolución de la prima bruta no consumida“IPID, duración, página 5

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

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Condicionados y aseguradora

Entidad
CARDIF ASSURANCES RISQUES DIVERS, SUCURSAL EN ESPAÑA, CARDIF ASSURANCE VIE, SUCURSAL EN ESPAÑA
Distribución
desconocido

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes.

Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original.

Como texto (Markdown) Cardif Deutsche Bank España, seguro de protección de pagos para hipotecas Amortización de préstamos

Mostrar el texto completo: Nota informativa seguro de protección de pagos hipotecas (Deutsche Bank)
[Seite 1] NOTA PREVIA INFORMATIVA DEL MEDIADOR En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable de distribución de seguros y reaseguros privados, la entidad mediadora informa al tomador/asegurado de la póliza de los siguientes extremos: Datos del Mediador: DEUTSCHE BANK, Sociedad Anónima Española Unipersonal, Operador de Banca-Seguros Vinculado inscrito con núm. OV-0045 en el Registro de mediadores de la DGSyFP, con NIF A-08000614 y domicilio en Paseo de la Castellana, 18 - 28046 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 28100, libro 0, folio 1, sección 8, hoja M506294, inscripción 2. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y con capacidad financiera según la normativa de distribución de seguros aplicable. El tomador/asegurado podrá comprobar la inscripción del Mediador en el Registro de mediadores en la página web www.dgsfp.mineco.es/Mediadores/Punto_Único_Mediadores.asp y en el Registro Mercantil en la web www.rmc.es. No asesoramiento: El Mediador no ofrece asesoramiento en relación con los productos de seguros comercializados. Instancias de Reclamación: En caso de queja o reclamación respecto a la actuación del Mediador, el Cliente podrá dirigirse al Departamento o Servicio de Atención al Cliente o, en su caso, al Defensor del Cliente de la Entidad Aseguradora con la que vaya a formalizarse el contrato de seguro, cuyos datos constan en la nota previa informativa de la compañía aseguradora que se entrega simultáneamente con esta nota. También podrá formular denuncias o reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones de la DGSyFP del Ministerio de Economía. Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante dicho servicio, el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de la presentación de la reclamación ante el Departamento de Atención al Cliente o, en su caso, ante el Defensor del Cliente de la Entidad Aseguradora sin que haya sido resuelta o que haya sido denegada su admisión o desestimada su petición. Protección de Datos de Carácter Personal El Mediador del seguro actúa como encargado del tratamiento de datos de carácter personal recabados con motivo de la formalización del contrato de seguro, siendo el responsable del tratamiento la entidad aseguradora. Actuación del Mediador El Mediador actúa en nombre y por cuenta de la entidad aseguradora. Participación en o por aseguradoras El Mediador no posee participación directa o indirecta del 10% o superior de los derechos de voto o de capital en ninguna entidad aseguradora y ninguna aseguradora o empresa matriz de la misma posee una participación directa o indirecta del 10% o superior de los derechos de voto o del capital del Mediador. Relación con aseguradoras y finalidad de su actividad: El Mediador, dada su condición de operador de banca-seguros vinculado, no está obligado a realizar actividades de distribución en seguros exclusivamente con una o varias Entidades Aseguradoras y no facilita asesoramiento basándose en un análisis objetivo y personalizado. Las Entidades Aseguradoras para las que el Mediador realiza su actividad de mediación en seguros privados son las siguientes:  Zurich Insurance Europe AG, Sucursal en España  Zurich Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.  Cardif Assurance Vie, Sucursal en España  Cardif Assurances Risques Divers, Sucursal en España  Metlife Europe d.a.c. Sucursal en España  Metlife Europe Insurance d.a.c Sucursal en España  DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española La actividad que realiza el Mediador tiene por finalidad la contratación de un seguro y no de cualquier otro producto que pueda comercializar la propia entidad de crédito Deutsche Bank, S.A. Española Unipersonal. Naturaleza de la remuneración En relación con el contrato de seguro, el Mediador trabaja a cambio de una comisión. En adición, el Mediador puede percibir de Zurich Insurance Europe AG, Sucursal en España y Zurich Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., y puede percibir de Metlife Europe d.a.c. Sucursal en España y Metlife Europe Insurance d.a.c Sucursal en España, así como de Cardif Assurance Vie, Sucursal en España y Cardif Assurances Risques Divers, Sucursal en España, extracomisiones derivadas del resultado técnico de la cuenta de resultados derivada de la comercialización de sus productos. El Mediador no percibe honorarios del tomador/asegurado en relación con el contrato de seguro. Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española Unipersonal, Operador de Banca-Seguros Vinculado inscrito con núm. OV-0045 en el Reg. de mediadores de la DGSyFP - NIF:A-08000614, domicilio Paseo de la Castellana,18 - 28046 Madrid. R.M. Madrid, T.28100, L.0, F.1, S.8, H.M506294, I.2. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil según normativa de distribución de seguros aplicable. [Seite 2] Información previa - Entidad aseguradora ENTIDAD ASEGURADORA Cardif Assurances Risques Divers Sucursal en España (“CARDIF”), con CIF W0012421-D e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid Cardif Assurances Risques Divers Sucursal en España (“CARDIF”), con CIF W0012421-D e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el Tomo 12.199, Sección 8ª, Libro de Sociedades, Folio 78, Inscripción 1ª. Asimismo, se encuentra inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (“DGSFP”), con la clave E-130 y domicilio social en España sito C/Emilio Vargas 4, 3ª Planta, 28043, Madrid. CARDIF está sujeta a la supervisión de la DGSFP en cuanto a prácticas de transparencia de mercado y protección de los derechos de los asegurados, y L’Autorité de Contrôle Prudentiel et de Résolution es el órgano de control francés por el que se rige. El domicilio de la entidad matriz se encuentra en Francia, 1 Boulevard Haussmann, 75009, París. Podrá consultar la información sobre la situación financiera y de solvencia en https://www. bnpparibascardif.com/fr/rapportsdesolvabilite. La Aseguradora ofrece información sobre el seguro comercializado. MEDIADOR DEUTSCHE BANK, Sociedad Anónima Española Unipersonal, Operador de Banca-Seguros Vinculado inscrito con núm OV-0045 en el Registro de mediadores de la DGSFP, con NIF A-08000614 y domicilio en Paseo de la Castellana, 18 - 28046 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 28100, libro 0, folio 1, sección 8, hoja M506294, inscripción 2. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y con capacidad financiera según la normativa de distribución de seguros aplicable. DERECHO DE DESISTIMIENTO El asegurado tiene derecho a la resolución anticipada del seguro sin coste alguno en el plazo de 30 días a contar desde la fecha en la que se celebró el contrato mediante una notificación por escrito a la atención del Mediador, quien lo comunicará a CARDIF. Adicionalmente, el Asegurado tendrá la facultad de solicitar la terminación anticipada del seguro en cada anualidad (entendiendo anualidad como como cada periodo sucesivo de doce meses completos desde la fecha de efecto), siempre y cuando lo notifique expresamente y por escrito a la Aseguradora dentro de los 30 últimos días de cada anualidad. LEGISLACIÓN APLICABLE El presente contrato de seguro se rige fundamentalmente por lo dispuesto en la Ley 50/80, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015 de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras y el Reglamento que la desarrolla y por la normativa de contratación a distancia y de distribución aplicable, así como por cuantas normas sustituyan, desarrollen o complementen los mencionados preceptos. No aplica la normativa española en materia de liquidación de entidades aseguradoras, sino la francesa. INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN Instancias internas: Cualquier queja o reclamación podrá ser dirigida por escrito al Servicio de Defensa del Asegurado de CARDIF, C/ Emilio Vargas, 4 3ª planta 28043 MADRID, o a la dirección de correo electrónico defensaasegurado@cardif.com. Instancias externas: En caso de no obtener respuesta en el plazo de dos meses o si la misma no fuere satisfactoria, se podrá dirigir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP, Paseo de la Castellana, 44, 28046, Madrid o a través de http://www.dgsfp.mineco.es/reclamaciones/index.asp. Sin perjuicio de lo anterior, las partes también podrán someter voluntariamente sus divergencias a decisión arbitral o a mediación y, en todo caso, el Asegurado puede acudir a los Juzgados y Tribunales correspondientes a su domicilio. PROTECCIÓN DE DATOS Responsable Cardif Assurances Risques Divers, Sucursal en España. Finalidad 1. Para gestionar la contratación del seguro, el pleno desenvolvimiento del contrato de seguro y la tramitación de siniestros. 2. Para la gestión de contratos de coaseguro o reaseguro. 3. Para la realización de análisis estadísticos y estudios para la tarificación y selección de riesgos, así como realizar cotizaciones adaptadas y calcular de manera individualizada la prima de seguro. 4. Para cumplir con nuestras obligaciones legales y normativas, incluyendo la prevención y lucha contra el fraude. 5. Para la elaboración de estudios de técnica aseguradora. 6. Para el desarrollo de modelos estadísticos individuales para mejorar la gestión del riesgo o para poder mejorar productos y servicios existentes. 7. Para la personalización de la oferta de productos propios que puedan resultar del interés del Asegurado. Conservación Los datos del Asegurado se conservarán: - Mientras exista una relación contractual entre el Asegurado y CARDIF. - Mientras el Asegurado no ejercite los derechos de supresión, cancelación, limitación y/u oposición al tratamiento de sus datos. - Mientras no nos comunique su deseo de revocar el consentimiento para aquellos tratamientos en los que sea aplicable. - Posteriormente a la cancelación del seguro, por el tiempo que marquen los plazos legales de conservación. Legitimación Las bases de tratamiento de CARDIF, son las siguientes: - Ejecución del contrato de seguro (Finalidades 1, 2 y 3). - Cumplimiento de obligaciones legales (Finalidad 4). - Interés legítimo (Finalidades 5, 6 y 7). * CARDIF ASSURANCE RISQUES DIVERS Sucursal en España, R.M. Madrid, T. 12.199, S.8ª, L.S., F.78, H.M. 192927. Inscr. 1ª - CIF W0012420-F. Sede Social en C/ Emilio Vargas 4, 3ª Planta - 28043 Madrid. www.bnpparibascardif.es [Seite 3] Destinatarios Los datos del Asegurado podrán ser comunicados a: - Otras Entidades Aseguradoras, en caso de coaseguro o reaseguro. - Ficheros comunes o entidades públicas para el cumplimiento de obligaciones legales. - Registro de Contratos de Seguro con Cobertura de Fallecimiento. Derechos Puede dirigir sus solicitudes de derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento o la portabilidad respecto de sus datos personales: - Por escrito mediante carta dirigida a BNP Paribas Cardif, Equipo DPO, en el domicilio Calle Emilio Vargas 4, piso 3, 28043 Madrid. - Por correo electrónico: es.protecciondedatos@cardif.com. Delegado de protección de datos (DPO) Si tuviera cualquier pregunta en relación con el uso por nuestra parte de sus datos personales, puede ponerse en contacto a través del siguiente correo electrónico: es.protecciondedatos@cardif.com Agencia española de protección de datos (AEPD) El Asegurado tiene derecho a recabar la tutela de la Agencia Española de Protección de datos a través de su página web www.agpd.es Política de privacidad Esta cláusula informativa resume lo establecido en la Política de Privacidad de CARDIF. Para mayor información, puede consultar el texto completo en el siguiente enlace: www.bnpparibascardif.es/privacidad.html CARDIF ASSURANCE RISQUES DIVERS Sucursal en España, R.M. Madrid, T. 12.199, S.8ª, L.S., F.78, H.M. 192927. Inscr. 1ª - CIF W0012420-F. Sede Social en C/ Emilio Vargas 4, 3ª Planta - 28043 Madrid. www.bnpparibascardif.es [Seite 4] Seguro de Protección de Pagos db Préstamos Hipotecarios Póliza Colectiva Nº 22205303 Documento de Información sobre el Producto de Seguro Aseguradora: Cardif Assurances Risques Divers, Suc. En España Clave inscripción DGSFP: E-130 La información precontractual y contractual completa del producto se proporciona en otros documentos. ¿En qué consiste este tipo de seguro? El objeto del seguro es cubrir las cuotas mensuales del préstamo asegurado que venzan durante el periodo en que el Asegurado se encuentre en Incapacidad Temporal (IT), Desempleo (PE) o, Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos (CATA) siempre de acuerdo a las condiciones de seguro. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? COBERTURAS PRINCIPALES EXCLUSIONES  Incapacidad Temporal (IT): Situación física reversible × Los siniestros ocurridos como consecuencia directa o indirecta constatada médicamente por un organismo competente del de un accidente ocurrido antes de la fecha de efecto del seguro. territorio nacional español, provocada por cualquier Asimismo, los siniestros ocurridos como consecuencia directa o enfermedad o accidente, originada independientemente de la indirecta de una de las enfermedades incluidas en el voluntad del Asegurado y determinante de la total ineptitud cuestionario de salud, y cuyo diagnóstico se haya realizado con del mismo para el mantenimiento transitorio de toda actividad anterioridad a la fecha de efecto del seguro. laboral o profesional × El suicidio o tentativa de suicidio, así como los siniestros  Desempleo (PE): A efectos de su cobertura en esta provocados voluntariamente por el Asegurado. póliza, se entiende por desempleo la pérdida de empleo × Siniestros que sobrevengan por el consumo continuado de ajena a la voluntad del asegurado y que se comunique al alcohol, en estado de embriaguez según límite legal, y/o asegurado o sea conocida por el mismo después de la fecha consumo de medicamentos en dosis no prescritas o de efecto del seguro. estupefacientes.  Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos (CATA): Se × Los siniestros que resulten de la práctica de cualquier deporte entiende como Cese de actividad la finalización total, ya sea de riesgo que derive de la participación del Asegurado en definitiva o temporal, de la actividad que originó su alta como competiciones deportivas como profesional o que requieran trabajador autónomo, derivada de una situación ajena a la maquinaria de vuelo, un vehículo a motor o la participación de voluntad del Asegurado. un animal, así como la manipulación de explosivos o armas de fuego. × Las patologías secundarias a las hernias y las lesiones derivadas COBERTURAS COMPLEMENTARIAS de alteraciones o defectos musculoesqueléticos, cervicalgias, - Apoyo en materia laboral: acceso ilimitado a consultas laborales. dorsalgias, lumbalgias y lumbociáticas - Información y gestión de ayudas económicas: acceso a información × Enfermedades psiquiátricas, tales como la depresión y el estrés. sobre ayudas económicas disponibles para trabajadores autónomos, × Siniestros cubiertos por el Consorcio de Compensación de con un máximo de 2 horas por año para la realización de gestiones. Seguros. ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? ! Capital máximo para todas las coberturas: 2.200 euros mensuales. ! Límite de mensualidades: máx. 12 cuotas consecutivas o máx. 24 alternas durante toda la vida del seguro para IT y CATA; máx 18 cuotas consecutivas o máx. 36 alternas durante toda la vida del seguro para PE. ! Carencia Inicial: 30 días consecutivos para IT por enfermedad y 60 días consecutivos para PE y CATA. ! Carencia entre siniestros: 30 días en caso de enfermedad distinta a la acaecida en el siniestro anterior y 180 días consecutivos para misma patología para IT. 180 días consecutivos para PE y CATA. ! Franquicia retroactiva: 30 días consecutivos, de forma que, si el siniestro tiene una duración inferior a 30 días, el Asegurado no tendrá derecho a indemnización para PE y CATA. Cod. De producto: 7054A y 7054B [Seite 5] Seguro de Protección de Pagos db Préstamos Hipotecarios Póliza Colectiva Nº 22205303 Documento de Información sobre el Producto de Seguro Aseguradora: Cardif Assurances Risques Divers, Suc. En España Clave inscripción DGSFP: E-130 ¿Dónde estoy cubierto?  Cobertura a nivel mundial, siempre que la situación de Incapacidad , Desempleo o CATA sea reconocida por una autoridad española. ¿Cuáles son mis obligaciones? – Pago de la prima – Declaración del siniestro en un plazo de 7 días desde que lo conoció y aportar la documentación acreditativa del mismo – Comunicación a la Aseguradora en caso de modificación de sus datos personales ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? La prima es única para los 10 años de duración del seguro y se cobra por anticipado. ¿Cuándo empieza y finaliza la cobertura? El seguro toma efecto en la misma fecha de firma del préstamo, siempre que el Asegurado haya abonado el importe de la prima y tendrá una duración de 10 años, con independencia de la duración del préstamo hipotecario al que se asocia,y quedará extinguido en cualquiera de las siguientes situaciones, se utilizará la que ocurra primero, por orden cronológico: A) El último día del mes en que el Asegurado cumpla 65 años. B) Al finalizar el 10º año a contar desde la fecha de efecto del seguro. C) En la fecha efectiva en la cual se haya reembolsado totalmente el préstamo, salvo que el Asegurado haya solicitado a la Aseguradora la modificación del Beneficiario. D) Por jubilación, prejubilación o interrupción voluntaria de la actividad profesional o funcionarial del Asegurado (incluidas las bajas voluntarias por acogerse a planes de incentivación de prejubilaciones) y en caso de Incapacidad Permanente Absoluta del Asegurado. E) En caso de Fallecimiento del Asegurado. F) En caso de que se abonen las indemnizaciones máximas por el presente seguro. En caso de reembolso total anticipado del préstamo, se procederá a la cancelación del seguro y a la devolución de la prima bruta no consumida, salvo que el Asegurado solicite a la Aseguradora, en el momento del citado reembolso, su deseo de continuar con el seguro, únicamente en ese caso el seguro continuará vigente durante el plazo de duración establecido en el mismo siendo el propio Asegurado el Beneficiario. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? – Sin coste alguno, en el plazo de 30 días a contar desde la fecha en la que se celebró el contrato. – En caso de cancelación total del préstamo con anterioridad a la conclusión del contrato de seguro, siempre que el Asegurado no haya comunicado el deseo de continuar con el seguro en el momento del citado reembolso del préstamo, se procederá a la devolución al Beneficiario y éste al Asegurado, de la prima bruta no consumida. – El Asegurado tendrá la facultad de solicitar la terminación anticipada del seguro en cada anualidad (entendiendo anualidad como cada periodo sucesivo de doce meses completos desde la fecha de efecto), mediante notificación expresa y por escrito al buzón atencioncliente@cardif.com de la Aseguradora dentro de los 30 últimos días de cada anualidad y siempre que no se haya abonado siniestro alguno. Cod. De producto: 7054A y 7054B