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MetLife Incapacidad Absoluta y Permanente: el condicionado completo

Seguro de accidentes que paga una indemnización si se declara oficialmente una incapacidad absoluta y permanente por accidente, con capitales mayores por accidente de circulación y coberturas complementarias como gran invalidez y hospitalización.

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Todo sobre esta póliza

Qué cubre la póliza: 68 puntos, cada uno con su cláusula

Aspectos básicos

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Renta mensual o capital asegurado por incapacidadsí, hasta 250.000 €„Incapacidad Absoluta y Permanente por accidente (máx. 250.000€).“¿Qué se asegura?, página 1
Forma del producto: seguro independiente o garantía complementariasí„Es un seguro de accidentes por el cual, en función de las coberturas contratadas“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Incapacidad si se puede trabajar menos de tres horas al día en el mercado laboral generalno regulado
Incapacidad definida como imposibilidad para cualquier trabajo (criterio estricto, incapacidad absoluta)no regulado
Prestación por incapacidad parcial (de tres a menos de seis horas)no regulado
Periodo de pronóstico (al menos seis meses o permanente)no regulado
Se considera incapacidad tras seis meses ininterrumpidosno regulado
No se tiene en cuenta la situación del mercado laboralno regulado
El reconocimiento oficial (INSS, Seguridad Social) basta como pruebasí„si al Asegurado le fuera declarada oficialmente una incapacidad absoluta y permanente“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Prestación retroactiva en caso de comunicación tardía (plazo)no regulado
Cobertura mundialsí„surtirán efecto en cualquier país del mundo“¿Dónde estoy cubierto?, página 2
Edad máxima de fin de la coberturasí„Las garantías finalizarán cuando el Asegurado alcance la edad de 67 años.“¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2
Edad máxima de fin de la prestaciónno regulado

Diferencias con la incapacidad profesional

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
La profesión anterior y el nivel de vida no cuentanno regulado
Opción de pasar a un seguro de incapacidad profesional sin nueva declaración de saludno regulado
Plazos y condiciones de la opción de cambio (edad, formación, renta máxima)no regulado
Asegurable para estudiantes y aprendicesno regulado
Disponible para profesiones de riesgo o rechazadas en incapacidad profesionalno„no podrán contratar los profesionales de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado“¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2
Cuestionario de salud simplificadono regulado
Prestación adicional por pérdida de capacidades básicas (vista, caminar, manos)no regulado

Dependencia, baja laboral, enfermedades

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Prestación por dependencia con independencia de la incapacidadno regulado
Criterio de dependencia (puntos, grado, actividades básicas)no regulado
Prestación por demenciano regulado
Prestación durante una baja laboral prolongadano regulado
Duración máxima de la prestación por bajano regulado
Capital por enfermedades gravesno regulado
Cobertura inmediata en caso de dependencia o accidenteno regulado

Ajustes y opciones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Garantía de aumento sin nueva declaración de saludno regulado
Motivos del aumento garantizado (matrimonio, nacimiento, ingresos)no regulado
Importes máximos del aumento garantizadono regulado
Revalorización de la primano regulado
Revalorización garantizada de la renta en prestaciónno regulado
Opción de prolongar la duraciónno regulado
Aplazamiento de primas (desempleo, permiso parental, tramitación)no regulado
Rehabilitación de la póliza sin nueva declaración de saludno regulado

Siniestro y revisión

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exoneración de primas durante la prestaciónno regulado
Periodo de carencia o esperano regulado
Plazo de comunicación con pérdida de prestación si se retrasano regulado
Reconocimiento por médicos del aseguradorno regulado
Obligación de tratamiento u operaciónno regulado
Plazo de decisión del aseguradorno regulado
Reconocimiento temporal posibleno regulado
Revisión: alcance e intervalosno regulado
Acuerdo individual sobre la prestación posibleno regulado
Ayuda a la reincorporación al fin de la prestaciónno regulado

Exclusiones

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Exclusión de guerra y disturbiosno regulado
Exclusión de energía nuclear y armas NBQno regulado
Exclusión de terrorismono regulado
Exclusión de deportes peligrosos o aviaciónsí„Los accidentes que sufridos viajando en cualquier aparato aéreo“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión de deportes de motor y carrerassí„peleas, carreras ilegales o apuestas“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión de autolesión o intento de suicidiosí„el suicidio o intento de suicidio“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión de enfermedades psíquicassí„Los accidentes ocurridos bajo un estado de inconsciencia o de enajenación mental.“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión por alcohol, drogas o abuso de medicamentossí„los efectos de alcohol, drogas, medicamentos“¿Qué no está asegurado?, página 1
Exclusión por delito dolososí„Los daños sufridos por la participación en actos delictivos“¿Qué no está asegurado?, página 1

Contrato y declaración

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Periodo del cuestionario de saludno regulado
Plazo del asegurador para rescindir por reticenciano regulado
Renuncia a derechos en reticencia sin culpano regulado
Sin obligación de comunicar cambio de profesión, aficiones o estancia en el extranjerono regulado
Sin derecho ordinario de rescisión del aseguradorno regulado
Si es complementaria: dependencia de la póliza principalno regulado

Particularidades de España

PuntoRegulaciónTexto literalCláusula
Incapacidad permanente absoluta para toda profesión cubiertasí„si al Asegurado le fuera declarada oficialmente una incapacidad absoluta y permanente a causa de un accidente“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Incapacidad permanente total para la profesión habitual también cubiertano regulado
Gran invalidez con prestación adicionalsí, hasta 225.000 €„Gran Invalidez por accidente (máx. 225.000€)“¿Qué se asegura?, página 1
Irreversibilidad como requisito (situación física irreversible)no regulado
Cubierta solo por accidente (no por enfermedad)sí„si al Asegurado le fuera declarada oficialmente una incapacidad absoluta y permanente a causa de un accidente“¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1
Edad final de la cobertura de invalidez (a menudo 65)sí„Las garantías finalizarán cuando el Asegurado alcance la edad de 67 años.“¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2
Prestación en capital o rentasí, hasta 250.000 €„Incapacidad Absoluta y Permanente por accidente (máx. 250.000€).“¿Qué se asegura?, página 1
Riesgos extraordinarios a través del Consorcio de Compensación de Segurosno regulado

Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados.

Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído;

jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza.

Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

Condicionados y aseguradora

Entidad
MetLife Europe d.a.c., Sucursal en España (Rechtsform am Dokument prüfen)
Distribución
desconocido

Texto completo del condicionado

Convertido del PDF de la aseguradora, números de página entre corchetes.

Las tablas pueden haberse desplazado; en caso de duda vale el original.

Como texto (Markdown) MetLife Incapacidad Absoluta y Permanente Incapacidad permanente

Mostrar el texto completo: IPID Incapacidad Absoluta y Permanente
[Seite 1] Seguro de Accidentes Documento de información sobre el producto de seguro Aseguradora: MetLife Europe d.a.c Sucursal en España Producto: Registro: España E-208 Inc. Abs. Perm. + Complementarias Le ofrecemos información pre-contractual y contractual completa en otros documentos. Este documento contiene información genérica del producto de seguro y no toma en consideración sus necesidades y demandas específicas. La información precontractual o contractual completa se facilitará en otros documentos. Lea atentamente todos los documentos que le faciliten. La información facilitada en el presente documento corresponde al Asegurado principal. ¿En qué consiste este tipo de seguro? Es un seguro de accidentes por el cual, en función de las coberturas contratadas, MetLife pagará al Beneficiario la indemnización correspondiente si al Asegurado le fuera declarada oficialmente una incapacidad absoluta y permanente a causa de un accidente. Adicionalmente, y según figure en las Condiciones Particulares, el seguro podrá incluir otras coberturas complementarias tal y como se indica a continuación. ¿Qué se asegura? ¿Qué no está asegurado? Este producto garantiza las siguientes Entre las principales exclusiones se encuentran las coberturas y sumas aseguradas: siguientes, pudiendo consultar el resto en las Incapacidad Absoluta y Permanente por Condiciones Generales y Especiales del Seguro: accidente (máx. 250.000€). De forma complementaria, podrá garantizar Los daños sufridos por la participación en actos las siguientes coberturas y sumas delictivos, peleas, carreras ilegales o apuestas así aseguradas: como los causados intencionadamente, el suicidio Incapacidad Absoluta y Permanente por o intento de suicidio o causados por imprudencia, accidente de circulación (máx. 500.000€). negligencia grave o mala fe. Incapacidad Absoluta y Permanente por accidente de circulación en transporte Los accidentes que sufridos viajando en cualquier público (máx. 750.000€). aparato aéreo (excepto cuando viaje como Reembolso de Gastos de asistencia pasajero en vuelos comerciales regulares y sanitaria por accidente (máx. 6.000€). chárter). Adelanto en caso de coma (máx. Los daños ocurridos por accidentes estando bajo 250.000€). Gran Invalidez por accidente (máx. los efectos de alcohol, drogas, medicamentos y/o 225.000€) tratamiento que no le haya sido recetado por un Gran Invalidez por accidente de circulación Médico. (máx. 550.000€) Los accidentes ocurridos como consecuencia de Renta Diaria por Hospitalización por intervenciones quirúrgicas y tratamientos no accidente (máx. 250€). Esta cobertura necesarios para la curación de lesiones derivadas incluye también una indemnización a tanto alzado en caso de: de un accidente. Hospitalización por accidente como Las consecuencias del Infarto de Miocardio, los ayuda al acompañamiento (máx. 250€). ataques de apoplejía, los accidentes Fallecimiento por accidente como cerebrovasculares, la angina de pecho y cualquier gastos de sepelio (5.000€). afección de la arteria coronaria, así como las Incapacidad Absoluta y Permanente por accidente como ayuda para la anomalías congénitas o sus consecuencias. eliminación de barreras físicas Los accidentes ocurridos bajo un estado de (25.000€). inconsciencia o de enajenación mental. Renta Diaria por Hospitalización por accidente con estancia en UVI-UCI (máx. 500€). Renta Diaria por Hospitalización por accidente en el extranjero con estancia en UVI-UCI (máx. 750€). Indemnización Diaria por recuperación en el Domicilio tras la Hospitalización (máx. 250€). Indemnización por Cirugía por accidente (máx. 15.000€). En las Condiciones Particulares figurarán las coberturas y sumas aseguradas que sean contratadas. [Seite 2] ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura? Entre las principales limitaciones se encuentran las siguientes, pudiendo consultar el resto en las Condiciones Generales y Especiales del Seguro: La edad máxima de contratación es de 66 años. Con carácter general, no podrán contratar los profesionales de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Autonómicos y Locales. ¿Dónde estoy cubierto? Las coberturas indicadas en el presente Contrato de Seguro surtirán efecto en cualquier país del mundo, salvo las coberturas de hospitalización, que surtirán efecto únicamente en cualquiera de los países miembros de la Unión Europea, Reino Unido, Estados Unidos de América, Australia, Suiza, Canadá, Nueva Zelanda, Noruega y Japón. ¿Cuáles son mis obligaciones? • Ser residente en España. • Responder verazmente al cuestionario al que sea sometido, declarando todas aquellas circunstancias que puedan influir en la decisión de MetLife de asegurarle o no. • Comunicar a MetLife, tan pronto como les sea posible, las circunstancias, que según el cuestionario presentado, agraven el riesgo y sean de tal naturaleza que, si hubieran sido conocidas en el momento de la perfección del contrato, no lo habría celebrado o lo habría concluido en condiciones más gravosas. • Pagar la prima. ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos? • La prima podrá pagarse según la periodicidad pactada en las Condiciones Particulares. • La prima será abonada mediante el método de pago que se determine en el contrato. ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura? • La cobertura comienza en la fecha indicada en las Condiciones Particulares. • El contrato tendrá una duración anual, prorrogándose automáticamente por periodos anuales sucesivos, salvo que alguna de las Partes se oponga, mediante la notificación por escrito a la otra. • El contrato se extinguirá: - por el fallecimiento del Tomador, - por la pérdida de la condición de Asegurado, - cuando se abone alguna prestación relativa a incapacidad. • Las garantías finalizarán cuando el Asegurado alcance la edad de 67 años. ¿Cómo puedo rescindir el contrato? Mediante notificación por escrito a MetLife con una antelación mínima de un 1 mes a la conclusión del periodo de cobertura.