¿Qué cubre el seguro de responsabilidad civil del perro?
En resumen
El seguro de responsabilidad civil del perro paga los daños corporales a terceros, con indemnización por lesiones y lucro cesante, los daños materiales y el perjuicio económico que se derive, hasta el capital contratado. Lo habitual son 150.000 a 300.000 euros; el mínimo legal para perros potencialmente peligrosos es de 120.000 euros. Además asume su defensa jurídica y las fianzas.
Primas, capitales y límites publicados para España, datos de 2026.
Ejemplo
Orientación
Perro común, solo responsabilidad civil
unos 25 a 50 euros al año, desde menos de 3 euros al mes
Perro potencialmente peligroso con el capital mínimo exigido
unos 50 a 100 euros al año
Capital de responsabilidad civil habitual
150.000 euros, ampliado 300.000 euros
Capital máximo que ofrecen algunas pólizas
hasta 1.200.000 euros
Capital mínimo legal para PPP
120.000 euros
Sanción por no tener el seguro obligatorio del perro
de 500 a 10.000 euros
Indemnización por día de lesión según el baremo 2026
39,20 euros el día básico, hasta 130,69 euros el muy grave
Valores orientativos, septiembre de 2026, tomados de condiciones y tablas publicadas.
Los importes por día proceden del baremo actualizado para 2026.
Las cifras de secuelas, gastos médicos y lucro cesante del cálculo de ejemplo son valor
orientativo de la práctica.
Su prima depende de la raza, el capital y la aseguradora; nosotros pedimos la oferta concreta.
Ejemplo de cálculo
Una ciclista cae porque el perro iba sin correa
El perro se suelta y sale al carril bici. La ciclista frena, cae y se rompe una mano. La operan y está ocho semanas sin trabajar. Así se calcula lo que usted debe, con los importes por día del baremo de 2026.
2 días de perjuicio grave, hospital, a 98,02 euros
196,04 euros
12 días de perjuicio moderado a 67,96 euros
815,52 euros
40 días de perjuicio básico a 39,20 euros
1.568 euros
Intervención quirúrgica de complejidad media
unos 1.045 euros
Secuela leve de movilidad en la muñeca
unos 3.000 euros
Gastos médicos y rehabilitación
unos 2.800 euros
Lucro cesante de ocho semanas
unos 3.600 euros
Bicicleta, casco y ropa
unos 1.200 euros
En total unos 14.200 euros. La póliza paga la indemnización completa y además lleva la negociación con el abogado de la lesionada, así que usted solo asume la franquicia si la hubiera. Sin seguro responde con su patrimonio, y el capital mínimo de 120.000 euros habría bastado aquí, pero no en un daño corporal grave. Las partidas no tomadas del baremo son valor orientativo de la práctica.
Por qué responde aunque no haya tenido culpa
El artículo 1905 del Código Civil hace responsable al poseedor de un animal de los daños que este cause, aunque se le escape o se extravíe. Solo queda libre si el daño se debió a fuerza mayor o a la culpa de la propia víctima. No hace falta que usted haya sido descuidado: basta con que el animal haya causado el daño.
Por eso un ciclista que se asusta ya resulta caro. Su perro no necesita morder ni tocar a nadie. Si sale al carril bici, el ciclista frena, cae y se rompe una mano, usted debe pagar la asistencia médica, el lucro cesante y la indemnización por las lesiones. Esos son los casos que sostienen todo este seguro.
Qué está cubierto y qué no
Se cubren tres tipos de daño: los corporales a terceros, con indemnización por los días de lesión y por las secuelas, los materiales en bienes ajenos y el perjuicio económico que se derive de ambos, por ejemplo la pérdida de ventas de un local cuyo cristal hay que reponer.
No todos los límites están en la misma línea de la póliza. El capital de responsabilidad civil es el general; la defensa jurídica y las fianzas suelen ir aparte y con su propio tope. Lea con atención las filas marcadas con no: es la parte que casi todos los dueños entienden mal.
Caso
cubierto
límite habitual
El perro muerde a un peatón: asistencia médica e indemnización
sí
hasta el capital, 150.000 a 300.000 euros
Lucro cesante de la persona lesionada durante meses
sí
hasta el capital contratado
El perro rompe un abrigo o raya un coche ajeno
sí
hasta el capital contratado
Reclamación exagerada o infundada contra usted
sí
defensa jurídica aparte del capital, con su propio tope
Fianza que exige el juez tras un siniestro cubierto
sí
según la póliza, normalmente un límite propio
Su perro hiere al perro de otra persona
sí
gastos veterinarios del animal ajeno, hasta el capital
Daños en la vivienda que usted tiene alquilada
limitado
muchas pólizas de perro lo excluyen; suele ir en el seguro de hogar
Daño mientras un amigo o un cuidador pasea al perro
limitado
solo si la póliza incluye a quien tiene la custodia
Monta no deseada y crianza de los cachorros
limitado
cobertura poco frecuente en España, hay que pedirla por escrito
Perro potencialmente peligroso paseado por otra persona
limitado
solo si esa persona tiene licencia PPP
Viaje a Estados Unidos, Canadá o México
no
excluidos en la mayoría de las pólizas
Mordedura a usted, a su pareja o a sus hijos convivientes
no
los daños propios y a convivientes están siempre excluidos
Su perro destroza su propio sofá o su propio coche
no
los daños en bienes propios los paga usted
Gastos veterinarios de su propio perro
no
para eso está el seguro de salud animal
Daño causado a propósito, multas y sanciones
no
siempre excluido
Cría, residencia canina o cualquier actividad profesional
no
necesita una póliza de responsabilidad civil de empresa
PPP sin licencia ni registro municipal
no
la aseguradora puede rechazar el siniestro
La defensa jurídica: la mitad de la póliza que nadie mira
Un seguro de responsabilidad civil hace dos cosas. Si la reclamación es fundada, paga. Si es infundada o exagerada, la rechaza y asume el abogado, el procurador, las costas y el peritaje. En Alemania esa parte se llama protección jurídica pasiva: pasiva porque no demanda usted, sino que le defienden.
En la práctica es la mitad más útil. Después de un incidente se reclama más de lo ocurrido: una abolladura antigua en la bicicleta, una lesión que ya existía, una cifra de indemnización sin apoyo en el baremo. Revisar, negociar y, si hace falta, ir a juicio es trabajo de la aseguradora. No necesita contratar además un seguro de defensa jurídica.
Cómo se calcula lo que usted debe pagar
En daños personales fuera del tráfico los tribunales y las aseguradoras se apoyan en el baremo de la Ley 35/2015, actualizado cada año. Para 2026 subió un 2,9 por ciento: el día de perjuicio personal básico son 39,20 euros, el moderado 67,96 euros, el grave 98,02 euros y el muy grave 130,69 euros. Una intervención quirúrgica se indemniza entre 522,76 y 2.091,05 euros.
A eso se suman los gastos médicos y de rehabilitación, el lucro cesante y las secuelas que queden. Por eso un accidente de apariencia menor llega con facilidad a cinco cifras, y por eso el capital mínimo de 120.000 euros que exige la ley para los PPP es un suelo, no una recomendación.
Concepto
Importe 2026
Día de perjuicio personal básico
39,20 euros
Día de perjuicio personal moderado
67,96 euros
Día de perjuicio personal grave
98,02 euros
Día de perjuicio personal muy grave
130,69 euros
Intervención quirúrgica, según complejidad
522,76 a 2.091,05 euros
Subida del baremo respecto a 2025
2,9 por ciento
Cuándo no necesita una póliza específica
Si su seguro de hogar ya incluye la responsabilidad civil familiar con los animales domésticos dentro, y su perro no es PPP, no necesita una segunda póliza. Pida a su aseguradora una confirmación por escrito con la raza y el capital: sirve como prueba ante el ayuntamiento y evita pagar dos veces.
Lo que no debe recortar es el capital. La diferencia entre 120.000 y 300.000 euros cuesta unos pocos euros al año y decide el resultado en un daño corporal grave. Y si tiene un PPP, casi siempre necesitará póliza propia, porque el ayuntamiento exige el certificado para la licencia.
Paso a paso
Revise primero su seguro de hogar: pida por escrito si su perro está incluido y con qué capital.
Fije el capital de responsabilidad civil en 150.000 euros como mínimo, mejor 300.000.
Compruebe que la defensa jurídica y las fianzas van aparte del capital.
Pida que quede cubierta la persona que pasea al perro si no es usted.
Si el perro es PPP, obtenga la licencia y el registro municipal antes de contratar.
Lista de control
Capital de responsabilidad civil de 150.000 euros o más
Defensa jurídica y fianzas judiciales incluidas
Cobertura para quien pasea o custodia al perro
Certificado por escrito con la raza y el capital para el ayuntamiento
Ámbito geográfico acorde con sus viajes
Sin exclusión por raza si su perro figura en la lista de PPP
Errores frecuentes
Quedarse en el capital mínimo de 120.000 euros por unos pocos euros de ahorro
Dar por hecho que el seguro de hogar cubre al perro sin pedirlo por escrito
Esperar que la póliza pague el veterinario de su propio perro
Dejar que pasee al PPP alguien sin licencia, lo que deja el siniestro sin cobertura
Preguntas y respuestas
Preguntas frecuentes
¿Paga el seguro si el perro iba sin correa?
Sí, la responsabilidad civil cubre el daño aunque usted haya incumplido la ordenanza.
La multa municipal por llevarlo sin correa la paga usted,
porque las sanciones nunca entran en la póliza.
¿Qué es la defensa jurídica?
Es la parte que rechaza las reclamaciones infundadas o exageradas contra usted y asume abogado,
procurador, costas y peritos.
Va aparte del capital de responsabilidad civil.
¿Paga si mi perro me muerde a mí o a mi hijo?
No.
Los daños a usted y a las personas que conviven con usted están excluidos.
La asistencia la cubre la sanidad pública o su seguro de salud.
¿Cubre el veterinario de mi propio perro?
Nunca.
Para eso está el seguro de salud animal.
En cambio, si su perro hiere al perro de otra persona,
la responsabilidad civil paga ese veterinario.
¿Cubre los daños en el piso que tengo alquilado?
Casi nunca en la póliza del perro.
Esos daños suelen ir en el seguro de hogar como responsabilidad civil del inquilino,
y el desgaste por uso queda fuera en cualquier caso.
¿Vale el seguro cuando viajo?
Casi todas las pólizas valen en todo el mundo, pero excluyen Estados Unidos, Canadá y México.
Confirme el ámbito antes de un viaje largo.
¿Qué capital necesito si mi perro es PPP?
El mínimo legal es de 120.000 euros, según el Real Decreto 287/2002.
Es un suelo: con 150.000 a 300.000 euros paga unos pocos euros más al año y cubre un daño corporal