Todo sobre este seguro: Defensa jurídica
¿Mi seguro de hogar o de coche ya incluye defensa jurídica?
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En resumen
Sí, si su póliza incluye la cobertura laboral y la carencia ya había pasado cuando empezó el conflicto. Entonces paga el asesoramiento, la papeleta de conciliación y el juicio ante el Juzgado de lo Social. El dato decisivo es el plazo: tiene 20 días hábiles desde el despido para reclamar, y pasado ese plazo el despido queda consolidado.
Primas y honorarios publicados para España, datos de 2026.
| Ejemplo | Orientación |
|---|---|
| Defensa jurídica básica para particulares | unos 50 a 150 euros al año |
| Póliza completa con más coberturas | unos 150 a 350 euros al año |
| Franquicia por siniestro y límite por siniestro | unos 100 a 250 euros de franquicia con un límite de 12.000 a 30.000 euros |
| Primera consulta con abogado laboralista | unos 50 a 150 euros |
| Encargo de un despido con tarifa fija más variable | parte fija de 100 a 800 euros más un 8 a 25 por ciento del resultado |
| Encargo a cuota litis | entre el 10 y el 30 por ciento de lo que se recupere |
Valores orientativos, septiembre de 2026, tomados de comparativas y tarifas publicadas. La carencia de unos tres meses en la cobertura laboral y los importes del cálculo de ejemplo son valor orientativo de la práctica, porque cada condicionado fija su propio plazo y su propio baremo. Su prima depende de las coberturas y de la franquicia; nosotros pedimos la oferta concreta.
Ejemplo de cálculo
Cálculo de un despido improcedente con contrato firmado después de 2012, con y sin póliza.
| Salario bruto mensual | 2.000 euros |
| Indemnización por despido improcedente | 33 días por año trabajado, unos 8.700 euros |
| Tasas judiciales para el trabajador | 0 euros |
| Abogado con tarifa fija más variable | unos 1.400 a 2.100 euros |
| Abogado a cuota litis del 15 por ciento | unos 1.300 euros |
| Con póliza de defensa jurídica | solo la franquicia, unos 100 a 250 euros |
Sin póliza puede pagar entre unos 1.300 y 2.100 euros de honorarios. Con una póliza de 50 a 150 euros al año le queda la franquicia de 100 a 250 euros, siempre que el despacho acepte el baremo de la aseguradora. Importes orientativos.
Es la cifra más importante de esta página. Desde el día siguiente al despido dispone de 20 días hábiles para reclamar. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el mes de agosto sí es hábil en la jurisdicción social. Si deja pasar el plazo, el despido queda consolidado aunque fuera claramente improcedente, y ninguna póliza puede devolverle ese derecho.
El primer paso no es el juzgado, sino la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de su comunidad, conocido como SMAC. Presentarla suspende el cómputo del plazo hasta que se celebra el acto o hasta que pasan 15 días sin convocatoria. Solo después se presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social. Por eso conviene que busque abogado en los primeros días y no en la tercera semana.
La cobertura laboral suele llevar una carencia de unos tres meses. Los conflictos cuyo origen está dentro de ese periodo no entran, aunque usted acuda al abogado más tarde.
Lo que cuenta no es la fecha de la carta del abogado, sino el primer incumplimiento. Si la empresa le convoca a una reunión para hablar de su salida y usted contrata la póliza al día siguiente, esa póliza no pagará ese despido. Las aseguradoras revisan este punto con detalle en los casos laborales, incluidas advertencias previas y correos anteriores. Revise siempre la fecha de efecto de su contrato antes de contar con la cobertura.
Cubre el asesoramiento, la redacción y presentación de la papeleta de conciliación, el acto de conciliación, la demanda por despido, el juicio, el acuerdo y normalmente el recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
No cubre lo que no tiene origen en la relación laboral o empieza demasiado pronto. Un acuerdo de baja voluntaria negociado sin despido suele quedar solo en asesoramiento, según la póliza. Una discusión únicamente sobre el importe de una indemnización sin despido queda fuera, y un proceso penal por un hecho doloso está excluido. Tampoco se paga la indemnización ni las sanciones, solo la defensa.
| Caso | ¿Cubierto? | Condición |
|---|---|---|
| Demanda por despido improcedente | sí | cobertura laboral y carencia cumplida |
| Demanda por despido disciplinario | sí | el despido llegó después de la carencia |
| Papeleta y acto de conciliación ante el SMAC | sí | forma parte del mismo asunto |
| Acuerdo alcanzado en conciliación o en el juzgado | sí | cierra el procedimiento cubierto |
| Recurso de suplicación | sí | el límite de la póliza es suficiente |
| Baja voluntaria pactada sin despido previo | según la póliza | suele ser solo asesoramiento |
| Discusión solo sobre el importe de la indemnización | no | sin despido no hay siniestro |
| Proceso penal por un hecho doloso | no | el dolo está excluido |
| Conflicto originado durante la carencia | no | el primer incumplimiento es anterior |
En el orden social el trabajador está exento de tasas judiciales, así que el juzgado no le cobra por demandar. El gasto real es el abogado. Los despachos trabajan con tarifa fija, con cuota litis, es decir un porcentaje del resultado, o con una mezcla de las dos cosas.
Aquí hay un límite honesto que conviene conocer: la póliza paga según su propio baremo de honorarios y no asume un pacto de cuota litis. Si su abogado cobra un porcentaje sobre la indemnización, la aseguradora le reembolsará solo la parte que corresponda a su baremo. Pregunte antes de firmar el encargo, para que no haya sorpresas al final.
En la jurisdicción social los trabajadores tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita para defenderse en juicio, y los colegios de abogados ofrecen servicios de orientación jurídica. Si está afiliado a un sindicato, sus servicios jurídicos le asesoran y le representan sin coste adicional.
La póliza no le hace falta si ya cuenta con el sindicato, si su abogado va a cuota litis y acepta ese riesgo, o si el importe en juego es tan bajo que no justifica un procedimiento. Tampoco resuelve el problema de fondo cuando el despido es objetivo y procedente: en ese caso el conflicto se limita al cálculo de la indemnización y del finiquito.
Preguntas y respuestas
Sí, si la póliza incluye cobertura laboral y el conflicto empezó después de la carencia. Cubre asesoramiento, conciliación, juicio y normalmente el recurso, menos la franquicia.
20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC suspende el cómputo hasta el acto o hasta que pasan 15 días sin convocatoria.
No. En el orden social el trabajador está exento de tasas judiciales. El gasto que queda es el abogado.
Sí, la libre elección es la regla en defensa jurídica. La aseguradora paga según su baremo de honorarios, así que conviene acordar el importe antes de firmar el encargo.
Según la póliza, normalmente solo como asesoramiento. Sin despido muchos condicionados no ven un siniestro. Aun así, haga revisar el documento antes de firmarlo.
Para lo laboral casi nunca, porque los servicios jurídicos del sindicato asesoran y representan a sus afiliados. Para vivienda, tráfico o contratos la póliza sigue siendo útil.
No. La defensa jurídica paga la defensa: abogado, procurador y costas. No paga indemnizaciones, multas ni sanciones que usted deba abonar.
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