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¿Qué debo hacer ante un siniestro de responsabilidad civil?

En resumen

Comunique el siniestro a su aseguradora en un plazo máximo de siete días desde que lo conozca. Guarde fotos, nombres y testigos, pero no reconozca culpa ni pague nada sin hablar antes con el asegurador. Él dirige la defensa, paga lo que usted deba y rechaza lo que no. Si tarda más de tres meses sin causa justificada, debe pagar intereses de demora.

¿Qué debo hacer ante un siniestro de responsabilidad civil?

Cuánto cuesta

Lo que le cuesta un siniestro depende sobre todo de la franquicia. Estas son las primas habituales en España.

EjemploOrientación
RC de particulares o familiasunos 20 a 70 euros al año
RC familiar independiente con más capitalunos 50 a 150 euros al año
Su parte en cada siniestro0 euros o la franquicia pactada
Defensa ante una reclamación injustificada0 euros para usted, los gastos los asume el asegurador

Valores orientativos, septiembre de 2026, tomados de primas publicadas. Los plazos figuran en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro; su póliza puede contener reglas más favorables.

Ejemplo de cálculo

Fuga de la lavadora, techo del vecino mojado

Se suelta la manguera mientras usted está fuera. El agua pasa al piso de abajo y moja techo y suelo. Da parte esa misma tarde.

Secado y pintura en casa del vecino2.200 euros
Tarima de diez años, a valor real900 en vez de 1.600 euros
Daño indemnizable3.100 euros
Su franquicia0 euros
Pago de su seguro de hogar por responsabilidad civil3.100 euros

Usted no paga nada. A menudo el seguro del vecino paga primero y luego recobra de su aseguradora; para usted no cambia nada. Cálculo con valores orientativos.

Los primeros minutos y horas

Primero, evite que el daño crezca: cierre la llave de paso, atienda a quien esté herido, señalice el lugar. La ley obliga al asegurado a limitar las consecuencias del siniestro, y los gastos razonables para ello los paga el asegurador.

Después, reúna pruebas. Fotografíe el daño desde varios ángulos y anote fecha, hora, lugar, nombre y dirección del perjudicado y de los testigos. Guarde las piezas dañadas hasta que el perito las vea.

QuéPor qué importa
Fotos del daño y del entornomuestran cómo ocurrió y qué estaba ya dañado
Nombre y dirección del perjudicadoel asegurador contacta con él directamente
Testigos con teléfonoclaves si luego se discute la culpa
Factura o antigüedad del objeto dañadode ahí sale el valor que se indemniza
Una nota breve de lo ocurridocon las semanas se olvidan detalles

Comunicar: plazo y contenido

El artículo 16 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro fija un plazo máximo de siete días desde que conoce el siniestro, salvo que la póliza dé uno más largo. Si se retrasa, no pierde la cobertura sin más, pero el asegurador puede reclamarle los perjuicios que le cause el retraso.

Cuente los hechos con exactitud y sin omitir nada. Si recibe una demanda o una citación judicial, envíela enseguida a la aseguradora: los plazos procesales son cortos.

Por qué no debe reconocer ni pagar nada

La mayoría de las pólizas prohíben al asegurado reconocer su responsabilidad o pagar al perjudicado sin conformidad del asegurador. Si lo hace, se arriesga a que la aseguradora no le reembolse lo pagado.

Describir con sinceridad lo que pasó sí está permitido. Dé al perjudicado el nombre de su aseguradora y el número de póliza. El perjudicado puede reclamar directamente al asegurador, según el artículo 76 de la misma ley.

Cómo tramita y paga el asegurador

El seguro solo paga si usted es civilmente responsable del daño. Si no lo es, el asegurador rechaza la reclamación y asume la defensa jurídica y sus gastos, según el artículo 74.

Se indemniza el valor real del objeto en el momento del daño, no el precio de uno nuevo. Dentro de los 40 días desde la declaración, el asegurador debe pagar al menos el importe mínimo que conozca; si pasan tres meses sin pagar por causa que no sea justificada, debe intereses de demora.

Daños pequeños y renovación

En España el asegurador no puede anular la póliza a mitad de año solo por un siniestro. Sí puede oponerse a la renovación avisando con dos meses de antelación al vencimiento, y a veces lo hace tras varios partes seguidos.

Si el daño apenas supera su franquicia, pagarlo usted puede tener sentido. Con daños personales, dé siempre parte: el coste real se ve más tarde.

Paso a paso

  1. Limite el daño y pida ayuda si hace falta.
  2. Haga fotos y anote nombres, direcciones y testigos.
  3. No reconozca culpa ni pague, solo describa lo ocurrido.
  4. Dé parte a su aseguradora en un máximo de siete días.
  5. Remita al perjudicado a su aseguradora y responda a todas sus preguntas.
  6. Envíe enseguida cualquier demanda o citación judicial.

Lista de control

  • Número de póliza a mano
  • Fotos del daño y del entorno
  • Nombre, dirección y teléfono del perjudicado
  • Testigos con datos de contacto
  • Factura o antigüedad del objeto dañado
  • Parte enviado en siete días y acuse de recibo guardado

Errores frecuentes

  • Decir en el momento que el seguro lo paga todo
  • Pagar al vecino en efectivo sin consultar al asegurador
  • Esperar a tener una factura para dar parte
  • Tirar piezas dañadas antes de que las vea el perito
  • Ignorar una citación judicial pensando que es cosa del seguro

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para dar parte?

Siete días desde que conoce el siniestro, salvo que su póliza dé más. Un retraso no anula la cobertura sin más, pero puede costarle dinero.

¿Puedo pagar yo el daño directamente?

Consulte antes con su aseguradora. Muchas pólizas no reembolsan pagos hechos sin su conformidad.

¿Puede el perjudicado reclamar directamente a mi seguro?

Sí. La ley le da acción directa contra el asegurador.

¿Por qué no me pagan el valor de nuevo?

La responsabilidad civil indemniza el valor que tenía el objeto al dañarse. Un móvil de cinco años no se paga como nuevo.

¿Qué pasa si no tengo la culpa?

El asegurador rechaza la reclamación y asume su defensa y los gastos, también en juicio.

¿Me pueden dar de baja tras un siniestro?

No a mitad de año por un siniestro. El asegurador puede no renovar avisando con dos meses de antelación.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

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