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Corredor de seguros / Aseguradoras en España

Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora: baja, siniestros y reclamaciones

SANTANDER SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑIA ASEGURADORA, S.A. tiene su sede en Madrid. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) la inscribe con la clave C0037. Aquí verá a dónde enviar la baja, qué plazo fija la ley, cómo comunicar un siniestro y a quién dirigir una reclamación.

Dar de baja una póliza de Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora

La baja se envía a la dirección de su póliza. Si no figura ninguna, la correcta es la sede:

SANTANDER SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑIA ASEGURADORA, S.A.
Av CANTABRIA, S/N
28660 Madrid
España

Las pólizas suelen renovarse solas por un año. Para que no se renueve, debe comunicarlo por escrito a la aseguradora con al menos un mes de antelación al final del periodo en curso; la aseguradora necesita dos meses (artículo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro).

Indique número de póliza, nombre y fecha, y pida acuse de recibo.

Comunicar un siniestro a Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora

  1. La ley obliga a comunicar el siniestro en un plazo máximo de siete días desde que se conoce, salvo que la póliza fije uno más amplio (artículo 16, Ley 50/1980).
  2. Debe emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro (artículo 17, Ley 50/1980).
  3. Reúna fotos, facturas y nombres de testigos; en caso de robo hace falta además la denuncia.
  4. Tenga a mano el número de póliza.

Teléfono y web según el registro; prevalece lo que diga su póliza.

Reclamaciones sobre Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora

La DGSFP publica cada año qué aseguradoras recibieron más reclamaciones en su Servicio de Reclamaciones. Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora figura en estas tablas de la Memoria 2024:

  • Más reclamaciones: puesto 25 de 25, 87 reclamaciones (58 el año anterior)
  • Mayor volumen de primas: puesto 18 de 25
  • Mayor ratio por pólizas: puesto 14 de 25
  • Expedientes resueltos: 53, de ellos 24 a favor del reclamante, allanamientos incluidos
  • Reclamaciones ante el servicio de atención al cliente de la entidad: puesto 16 de 25

El puesto 1 indica más reclamaciones o el ratio más alto. La DGSFP no valora con esta lista la calidad de una aseguradora; las grandes tienen más clientes y por tanto más reclamaciones.

Dónde reclamar

Toda aseguradora debe tener un Servicio de Atención al Cliente para quejas y reclamaciones. Si no responde o la respuesta no le satisface, puede acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP (Orden ECC/2502/2012).

Servicio de Atención al Cliente según el registro

Calle Josefa Varcárcel 30, EDIFICIO MERRIMACK IV 2 PLANTA, 28080 Madrid
912573080
atenclie@gruposantander.com

Primas según la estadística oficial

Según la Memoria Estadística de la DGSFP de 2024: primas de no vida 31,4 millones de euros, cuota de mercado 0,06 por ciento; vida 1.527,4 millones de euros, cuota de mercado 5,19 por ciento.

Qué puede asegurar Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora

Según el registro tiene autorización para 17 ramos:

  • 00 Vida
  • 01 Accidentes
  • 02 Enfermedad
  • 04 Vehículos ferroviarios
  • 05 Vehículos aéreos
  • 06 Vehículos marítimos, lacustres y fluviales
  • 07 Mercancías Transportadas
  • 08 Incendio y elementos naturales
  • 09 Otros daños a los bienes
  • 11 Responsabilidad civil vehículos aéreos
  • 12 Responsabilidad civil vehículos marítimos lacustres y fluviales
  • 13 Responsabilidad civil general
  • 14 Crédito
  • 15 Caución
  • 16 Perdidas pecuniarias diversas
  • 17 Defensa jurídica
  • 19 Decesos

Comparar antes de dar de baja

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Preguntas frecuentes

¿A dónde envío la baja de Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora?

A la dirección de su póliza; si no figura, a la sede: SANTANDER SEGUROS Y REASEGUROS, COMPAÑIA ASEGURADORA, S.A., Av CANTABRIA, S/N, 28660 Madrid.

¿Con cuánta antelación debo comunicar la baja?

Al menos un mes antes del final del periodo en curso, por escrito (artículo 22, Ley 50/1980).

¿Quién supervisa a Santander Seguros y Reaseguros, Compañia Aseguradora?

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Fuentes

Actualizado: 16 de octubre de 2026 · Aseguradoras en España · Aseguradoras alemanas