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¿Cuánto IRPF se paga al cobrar el plan de pensiones de empresa?

En resumen

¿Cuánto IRPF se paga al cobrar el plan de pensiones de empresa? Todo lo que cobre tributa como rendimiento del trabajo, sumado a su pensión pública, a su tipo marginal: entre el 19 y el 47 por ciento en la escala general. Rescatar 60.000 euros de golpe con una pensión de 20.000 cuesta unos 22.700 euros de IRPF; repartido en cinco años, unos 17.900.

¿Cuánto IRPF se paga al cobrar el plan de pensiones de empresa?

Cuánto cuesta

IRPF adicional por cobrar un plan de empleo, con una pensión pública de 20.000 euros al año y la escala general estatal más autonómica tipo.

EjemploOrientación
Rescate de 60.000 euros en capital en un solo añounos 22.700 euros de IRPF adicional
Los mismos 60.000 euros en cinco años de 12.000unos 17.900 euros de IRPF adicional
Renta de 3.000 euros al añounos 900 euros de IRPF al año, tipo del 30 por ciento
Parte de aportaciones anteriores a 2007 cobrada en capital a tiempotributa solo el 60 por ciento
Cotizaciones a la Seguridad Social sobre la prestación0 euros

Cálculo propio con la escala general estatal y una escala autonómica tipo de 2026, sin otras deducciones.

Su comunidad puede tener otros tipos.

No es asesoramiento fiscal; si lo desea, le ayudamos a pedir la simulación a la gestora.

Ejemplo de cálculo

Pensión pública de 20.000 euros, plan de empresa de 60.000 euros

Dos formas de cobrar el mismo plan, sin aportaciones anteriores a 2007. Cálculo propio con la escala general.

Todo en capital el primer añobase de 80.000 euros
IRPF adicional por el rescateunos 22.700 euros, el 38 por ciento
En renta, 12.000 euros al año durante cinco añosbase de 32.000 euros cada año
IRPF adicional por añounos 3.600 euros
IRPF adicional en totalunos 17.900 euros, el 30 por ciento

Repartir el cobro ahorra unos 4.800 euros. Cuanto más baja sea su pensión pública, más se nota la diferencia.

Cómo se calcula el impuesto

Lo que reciba del plan de pensiones de empleo, sea en capital, en renta o de forma mixta, se suma a sus demás rendimientos del trabajo de ese año, incluida la pensión pública. No hay un tipo fijo: paga a su tipo marginal, el que corresponde al último euro que gana.

La escala combina un tramo estatal y otro de su comunidad. En la escala general el tipo va del 19 por ciento para los primeros 12.450 euros hasta el 45 por ciento entre 60.000 y 300.000 euros, y algo más en algunas comunidades.

La gestora le aplica una retención al pagar. Esa retención es un anticipo: la cuenta final se hace en la declaración de la renta.

Base liquidable del añoTipo marginal aproximado
Hasta 12.450 euros19 por ciento
De 12.450 a 20.200 euros24 por ciento
De 20.200 a 35.200 euros30 por ciento
De 35.200 a 60.000 euros37 por ciento
De 60.000 a 300.000 euros45 por ciento
Más de 300.000 euros47 por ciento

Capital, renta o mixto

En capital cobra todo de una vez. Es cómodo, pero el importe entero se suma a un solo año y puede subirle varios tramos.

En renta cobra cantidades periódicas, por ejemplo cada mes o cada año. Cada año tributa solo lo cobrado, normalmente a un tipo más bajo. La forma mixta combina un pago inicial con una renta posterior.

Si sigue trabajando el año en que cobra, el sueldo y el rescate se suman. Suele compensar esperar a dejar de trabajar.

La reducción del 40 por ciento

Solo la parte que procede de aportaciones hechas hasta el 31 de diciembre de 2006, con su rentabilidad, puede cobrarse en capital con un 40 por ciento de reducción. El resto tributa entero.

El plazo es corto: el año en que se jubila y los dos siguientes. Si se jubiló en 2024, la reducción se pierde a partir del 1 de enero de 2027. Si tiene aportaciones antiguas, organice el cobro a tiempo.

Lo que no tiene que pagar

Al cobrar el plan no se pagan cotizaciones a la Seguridad Social sobre la prestación. Las contribuciones de la empresa sí cotizaron cuando se hicieron.

Si su pensión pública es baja y cobra el plan en pequeñas rentas, buena parte puede quedar en los primeros tramos o incluso sin impuesto gracias al mínimo personal, que sube a partir de los 65 años.

Paso a paso

  1. Pedir a la gestora el certificado con la parte de aportaciones anteriores y posteriores a 2007.
  2. Calcular su base del año con la pensión pública y otras rentas.
  3. Decidir si cobra en capital, renta o mixto con una simulación por años.
  4. Si tiene aportaciones antiguas, cobrarlas en capital en el plazo de la reducción.
  5. Evitar cobrar el plan el año en que todavía tiene sueldo.
  6. Revisar la retención y el borrador de la renta cada año.

Lista de control

  • Parte anterior a 2007 conocida
  • Plazo de la reducción del 40 por ciento anotado
  • Simulación de capital frente a renta hecha
  • Año de cobro elegido sin sueldo
  • Retención revisada
  • Beneficiarios designados

Errores frecuentes

  • Cobrar todo en capital el año de la jubilación sin calcular el tramo
  • Dejar pasar el plazo de la reducción del 40 por ciento
  • Pensar que la retención es el impuesto definitivo
  • Cobrar el plan mientras todavía se cobra un sueldo

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Tributa igual el plan de empresa que el individual?

Sí. Ambos tributan al cobrar como rendimiento del trabajo, con las mismas reglas de reducción para aportaciones anteriores a 2007.

¿Pago Seguridad Social al cobrar el plan?

No. La prestación solo tributa en el IRPF.

¿Cuánto me retienen al rescatar?

Depende del importe y de su situación personal. La gestora calcula la retención como en una nómina; la cuenta final se hace en la declaración.

¿Es mejor cobrarlo en renta?

En la mayoría de los casos sí, porque reparte el importe en varios años. En capital solo compensa la parte con reducción del 40 por ciento o si el importe es pequeño.

¿Qué pasa si fallezco antes de cobrarlo?

Lo cobran sus beneficiarios, y para ellos también tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF, no en el Impuesto sobre Sucesiones.

¿Puedo cobrar una parte y dejar el resto?

Sí, la mayoría de los planes permiten cobros parciales o disposiciones cuando usted lo pida tras la jubilación.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

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