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¿Qué es un accidente in itinere?

En resumen

Es el accidente que sufre al ir al trabajo o al volver de él. El artículo 156.2.a de la Ley General de la Seguridad Social lo trata como accidente de trabajo: asistencia sin copago, baja del 75 por ciento de la base reguladora desde el día siguiente y, si queda secuela, incapacidad permanente. En 2025 estos accidentes subieron un 2,9 por ciento.

¿Qué es un accidente in itinere?

Cuánto cuesta

Cifras de la normativa, de la estadística oficial y de precios publicados en España.

EjemploOrientación
Su propia cotización por contingencias profesionales como asalariado0 euros, la paga la empresa
Baja con base reguladora de 2.000 euros al mesunos 1.500 euros al mes, el 75 por ciento
Incapacidad permanente parcial con base reguladora de 2.000 euros24 mensualidades, unos 48.000 euros de una vez
Seguro de accidentes privado básico, 24 horasunos 50 a 100 euros al año

Valores orientativos, octubre de 2026. La baja se calcula sobre la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior. El precio privado procede de precios publicados y depende de la edad, la profesión y los capitales.

Ejemplo de cálculo

Caída en bici, una vez en el trayecto y otra en una parada privada

Una empleada con base reguladora de 2.000 euros al mes va al trabajo en bicicleta y se fractura la muñeca. Está de baja ocho semanas.

Caso 1: caída en su trayecto habitualaccidente in itinere, atiende la mutua
Día del accidentelo paga la empresa
Baja desde el día siguiente75 por ciento, unos 1.500 euros al mes
Caso 2: caída tras desviarse una hora para ir de comprascontingencia común, no accidente de trabajo
Baja en el caso 2nada los tres primeros días, el 60 por ciento del día 4 al 20 y el 75 por ciento desde el 21
Con seguro de accidentes privadopaga en ambos casos según el baremo de la póliza si queda secuela

El trayecto habitual está bien protegido; un desvío privado cambia la prestación y la hace más baja. Un seguro privado paga en ambos casos si queda una secuela.

Los cuatro requisitos

La ley solo dice que es accidente de trabajo el que se sufre al ir o volver del lugar de trabajo. Los tribunales han concretado cuatro requisitos que deben darse a la vez.

El primero es que el trabajo sea el motivo del desplazamiento. El segundo, que ocurra en el trayecto habitual entre su domicilio y el trabajo. El tercero, que suceda en un tiempo razonable respecto a la entrada o la salida. El cuarto, que use un medio de transporte normal y adecuado.

Situación¿Accidente in itinere?
Trayecto habitual de casa al trabajo, a pie, en bici, en coche o en transporte públicosí
Accidente una hora después de salir, por un atasco o una despedida brevepuede serlo, el Supremo ha aceptado demoras razonables
Dejar a compañeros en su casa antes de volver a la suyapuede serlo, si el desvío es razonable
Parada larga para ir al gimnasio o de comprasnormalmente no
Viaje a una segunda residencia el fin de semananormalmente no, no es el trayecto habitual
Conducir con una tasa de alcohol muy altano, si se considera imprudencia temeraria
Exceso de velocidad o despistesí, la imprudencia habitual no excluye la cobertura

Qué rompe la cobertura

Un desvío o una parada por motivos privados puede romper la relación con el trabajo. Los tribunales lo miran caso por caso: una gestión breve y razonable no siempre la rompe, una actividad de ocio de varias horas sí.

La ley excluye el accidente debido a dolo o imprudencia temeraria del trabajador. En cambio, la imprudencia profesional, la que nace de la confianza en una tarea habitual, no lo excluye. Conducir bajo los efectos del alcohol puede considerarse temerario.

Qué prestaciones recibe

La asistencia sanitaria la presta normalmente la mutua colaboradora con la Seguridad Social de su empresa, sin copago de medicamentos. El día del accidente lo paga la empresa como día trabajado. Desde el día siguiente cobra la baja por incapacidad temporal, el 75 por ciento de la base reguladora, que muchos convenios completan hasta el 100 por ciento.

Si queda una secuela, puede tener derecho a incapacidad permanente: parcial con una cantidad única de 24 mensualidades, total con el 55 por ciento de la base reguladora, o absoluta con el 100 por ciento. Las lesiones permanentes que no incapacitan se indemnizan con una cantidad fija según un baremo oficial.

Autónomos

Los trabajadores autónomos también están protegidos por accidente in itinere desde la reforma de 2017 y 2018, siempre que coticen por contingencias profesionales. El trayecto cubierto es el que va al lugar donde ejercen su actividad, por eso conviene que esté declarado.

Cuándo no necesita un seguro privado adicional

Para el trayecto al trabajo no le hace falta una póliza propia: como asalariado ya está bien protegido. Un seguro de accidentes privado tiene sentido para el tiempo libre y el hogar, donde la Seguridad Social no le da esta protección y donde ocurren la mayoría de los accidentes.

Paso a paso

  1. Diga en urgencias o en la mutua que el accidente ocurrió yendo o volviendo del trabajo.
  2. Avise a la empresa el mismo día para que comunique el accidente.
  3. Guarde pruebas: hora, lugar, testigos, fotos, parte de tráfico si lo hay.
  4. Si la mutua lo califica como contingencia común, reclame la determinación de contingencia ante el INSS.
  5. Si tiene un seguro de accidentes privado, comunique también allí el siniestro.

Lista de control

  • Accidente comunicado como in itinere, no como enfermedad común
  • Trayecto habitual y hora razonable que pueda demostrar
  • Motivo de cualquier desvío anotado
  • Parte de accidente de trabajo emitido por la empresa
  • Como autónomo, cotización por contingencias profesionales comprobada
  • Seguro privado para el tiempo libre revisado

Errores frecuentes

  • Ir al centro de salud sin decir que fue yendo al trabajo
  • Pensar que cualquier parada en el camino está cubierta
  • No reclamar cuando la mutua lo trata como contingencia común
  • Creer que la Seguridad Social cubre también los accidentes del fin de semana

Preguntas y respuestas

Preguntas frecuentes

¿Está cubierto el trayecto en bici o patinete?

Sí, si es un medio habitual y adecuado y la empresa no lo ha prohibido.

¿Qué pasa si paro a dejar a mis hijos en el colegio?

Los tribunales lo valoran caso por caso. Un desvío corto y habitual suele aceptarse, pero no hay una regla fija en la ley.

¿Está cubierto el accidente si salgo tarde del trabajo?

Puede estarlo. El Supremo ha aceptado demoras razonables, como un atasco o una breve despedida de compañeros.

¿Necesito haber cotizado un tiempo mínimo?

No. Para las contingencias profesionales no se exige período previo de cotización.

¿Paga la mutua los daños de mi coche?

No. Los daños materiales son cosa del seguro del vehículo o del responsable del accidente.

¿Estoy cubierto como autónomo?

Sí, si cotiza por contingencias profesionales y el trayecto va al lugar donde ejerce su actividad.

Fuentes

NAMMERT corredor de seguros

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